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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 24 de junio de 2004 nicipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metro- politana de Lima, de conformidad con lo dispuesto por laOrdenanza Nº 341, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, o con la norma que la modi- fique o sustituya. Para la ratificación de montos a cobrar por estacio- namiento en playas del litoral, se deberá presentar ade- más un informe con opinión favorable, expedido por laDirección Municipal de Servicios a la Ciudad de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a la Orde- nanza Nº 073-94-MLM, que establece disposiciones re-feridas al uso de las playas de la provincia de Lima o con la norma que la modifique o sustituya. En los casos de estacionamientos establecidos en vías o zonas distintas de las señaladas en los literales anteriores, las Municipalidades Distritales deberán pre- sentar constancia emitida por la Dirección Municipal deTransporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que acredite que los mismos, no se encuentran ubicados en vías arteriales, en vías colectoras o en zo-nas de playas. 4.6. Reglas aplicables para el redondeo de cifrasLas cifras relativas a los montos o importes a cobrar, que determinarán los ingresos, así como los valores uni-tarios empleados para la especificación de los costos, deberán ser presentados en formato numérico conside- rando sólo dos (2) decimales, para lo cual, el redondeode las cifras será necesariamente hacia abajo. Esto evi- tará que los ingresos superen los costos por efectos de redondeo. Por ejemplo, si las cifras resultantes son15.4398, 78.6551, 105.5687, entonces las cifras redon- deadas deberán ser 15.43, 78.65 y 105.56 respectiva- mente. 4.7. Adecuación a las disposiciones de la Directi- va Las solicitudes de ratificación que se presenten para ejercicios posteriores al 2004, deberán adecuarse a lasdisposiciones contenidas en la presente Directiva. 5. VIGENCIA:La presente Directiva entrará en vigencia el día si- guiente de su publicación y será aplicada según los pla-zos establecidos en la Sexta Disposición Final de la Or- denanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributariaro (10) por el del casillero (11). En el casillero (13) "Pro- medio de prestaciones anuales", consignar el númeropromedio de prestaciones anuales, calculado a partir de las cifras indicadas al inicio de la ficha para los dos últi- mos años. Finalmente el casillero (14) "Margen de con-tribución", será el resultado de dividir el dato del casille- ro (12) entre el del (13), obteniendo el margen de contri- bución correspondiente a una prestación del servicioadministrativo analizado. - Bajo el título "Costo de una prestación del servicio administrativo" indicar, en el casillero (9), el valor ya ob-tenido del "Costo variable de una prestación del servicio administrativo", en el casillero (14), el valor obtenido para el "Margen de contribución", para finalmente consignaren el último casillero (15), la suma de ambos conceptos que será el costo de una prestación del servicio admi- nistrativo revisado. - El resultado obtenido en el casillero (15) constituye el valor del derecho a cobrar por el servicio administrati- vo brindado y deberá ser expresado como un porcentajede la UIT vigente. 4.5.3. En el caso de Tasa de Estacionamiento Ve- hicular: Las solicitudes de ratificación deben contener o ser presentadas según lo siguiente: Estructura desagregada y detallada de los costos derivados de la prestación del servicio, indicando las can- tidades y valores unitarios empleados por cada rubro de costo, así como período considerado. La estructura de costos podrá contener única y ex- clusivamente aquellos costos vinculados directamente con la prestación del servicio, tales como la mano deobra, materiales, costos de implementación, manteni- miento, señalización, entre otros. No deberá considerar- se como parte de dicha estructura, los costos correspon-dientes a la prestación de servicios alternos como servi- cios higiénicos, servicios médicos, guardianía, u otros, que no guarden relación con el servicio de estaciona-miento, menos aún si es que por éstos se realiza algún cobro de manera independiente. (Ver cuadro E1). Número de espacios habilitados para prestar el ser- vicio. Horario y días de la semana en los que se prestará el servicio. Porcentaje de uso de los espacios habilitados para el horario y días de la semana señalados en el punto anterior. Estimación del ingreso mensual calculado de acuer- do a la estructura de montos a cobrar definidos. En el caso que se establezcan estacionamientos en vías arteriales y colectoras, deberá presentarse la co- rrespondiente autorización expedida por la Dirección Mu- REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU