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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 24 de junio de 2004 Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto, desde la dación del presente, a laGerencia de Administración Financiera y Tributaria, a la Subgerencia de Tesorería y a la Unidad de Estadística e Informática. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 11833 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61 /G79/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 ORDENANZA Nº 115-MDL Lince, 1 de junio del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCEPOR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 024-2004- MDL-CAL de la Comi- sión de Asuntos Legales y de Economía y Administración,sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Estructura Orgánica y Manual de Or- ganización y Funciones (MOF), en cuanto correspondea la denominación, finalidad y funciones de la Oficina de Auditoría Interna; y, CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 070 de fecha 27 de mayo del 2003, se aprobó la Modificación de la Estructura Orgáni- ca, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), de la Mu-nicipalidad Distrital de Lince considerándose al Órgano de Control como Oficina de Auditoría Interna; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y la Resolu- ción de Contraloría Nº 114-2003-CG que aprueba el Re-glamento de Órganos de Control Institucional, es necesa- rio adecuar la denominación, finalidad y funciones de la Organización y Funciones (ROF) y la denominación dedicho órgano en la Estructura Orgánica y Manual de Or- ganización y Funciones (MOF) de la Municipalidad; Que, conforme a los Oficios Nº 117-2004-MDL-SG y Nº 118-2004.MDL-SG de fecha 18 de mayo del 2004, se remiten los Informes de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 119-2004-MDL-GAJ, de la Gerencia de Presupuesto yPlanificación Nº 040-2004-MDL-GPP y el Memorándum Nº 061-2004-MDL-OCI de la Oficina de Control Institu- cional, sobre modificación del Reglamento de Organiza-ción y Funciones ROF, Estructura Orgánica y Manual de Organización y Funciones (MOF) en cuanto corresponde a la denominación de la Oficina de Auditoría Interna; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura yaprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, ESTRUCTURA ORGÁNICA Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo Primero.- MODIFICAR el Capítulo V - Ór- gano de Control, del Reglamento de Organización y Fun-ciones, ROF, de la Municipalidad Distrital de Lince, en los siguientes términos: CAPÍTULO V ÓRGANO DE CONTROL La Oficina de Control Institucional, es el Órgano confor- mante del Sistema Nacional de Control regulado por laLey Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, encarga- do de ejecutar el control gubernamental interno posteriory el control gubernamental externo a que se refiere res- pectivamente el artículo 7º y 8º de la mencionada ley. OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 23º.- FINALIDAD: La Oficina de Control Ins- titucional es el Órgano de Control de la Municipalidad Dis- trital de Lince, dependiendo funcional y adminis- trativamente de la Contraloría General de la República ensu condición de Órgano Técnico Rector del Sistema de Control. Es conducida por un Funcionario designado por la Contraloría General de la República para ocupar su je-fatura, el mismo que es personal de dirección y representa al Contralor General ante la Municipalidad en el ejercicio de las funciones inherentes al ámbito de su competencia. Artículo 24º.- FUNCIONES: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la Municipalidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control,a que se refiere el Artículo 7º de la Ley Nº 27785 y el control externo a que se refiere el artículo 8º de la acota- da, por encargo de la Contraloría General. b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la Municipalidad, así como a la ges- tión de la misma, de conformidad con las pautas queseñale la Contraloría General. Alternativamente, estas auditorías podrán ser contratadas por la Municipalidad con Sociedades de Auditoría Externa, con sujeción alReglamento sobre la materia. c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Municipalidad, que disponga laContraloría General, así como las que sean requeridas por el Alcalde. Cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Con-traloría General por el Jefe de la Oficina de Control Institu- cional. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones,pronunciamientos, supervisiones y verificaciones. d) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al Órgano de más alto nivel de la Municipalidad con elpropósito de optimizar la supervisión y mejora de los pro- cesos, prácticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprome-ta el ejercicio de su función, vía el control posterior. e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como al Alcalde,conforme a las disposiciones de la materia. f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Municipalidad, se adviertan indicios razonables de ilega-lidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Alcal- de para que adopte las medidas correctivas pertinentes. g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la Municipalidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentaciónsustentatoria respectiva. h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Con- trol aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a loslineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la Municipalidad, como resultado de las ac-ciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y pla- zos respectivos. Dicha función comprende efectuar elseguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.