Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2004 (26/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 26 de junio de 2004

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 12076 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 101-2004-CE-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 639-2002-P-CSJHU/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y, el Informe Nº 138-2002- SEP-GP-GG de la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Pueblo Libre, distrito, provincia, departamento de Huancavelica; presentada por autoridades de dicha comunidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1485 habitantes, conjuntamente con los poblados de MORDAZA Chacra, MORDAZA MORDAZA, Tucucucho, Yannaccocha, Pumacoria y Condorsencca, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los conflictos que se presentan de naturaleza Civil: division y particion, desahucio; Penal: robo, hurto, lesiones; Familia: separacion de cuerpos, alimentos, abandono de hogar, patria potestad; teniendo en cuenta que el Centro Poblado Menor de Pueblo Libre se encuentra comprendido dentro del Trapecio MORDAZA y, esta ubicado a 8 kilometros de la capital de la provincia de Huancavelica con un recorrido en automovil por MORDAZA de trocha carrozable durante 30 minutos, generando costos que los pobladores no pueden cubrir por la situacion economica que atraviesan, por cuya razon no tienen acceso oportuno y eficaz al servicio de administracion de justicia; Que, si bien el distrito de Huancavelica, al que pertenece el Centro Poblado Menor de Pueblo Libre, cuenta con Juzgados de Paz Letrado, es del caso senalar que no existe MORDAZA expresa que MORDAZA reglamentado los requisitos para la procedencia de la creacion de Juzgados de Paz, siendo que las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial tienen caracter general pero no llegan a precisar de modo suficiente la exigencia tecnica de los necesarios presupuestos de ley; por lo que en el presente caso, tomando como referencia los factores de distancia, poblacion y situacion economica, y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta atendible la peticion que se formula; Por los fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por razones de salud; en sesion ordinaria de la fecha por unanimidad;

Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Pueblo Libre, distrito, provincia, departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, con competencia ademas en los Anexos y Caserios de MORDAZA Chacra, MORDAZA MORDAZA, Tucucucho, Yannaccocha, Pumacoria y Condorsencca. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 12077

Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina de Chachaspata
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 102-2004-CE-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 749-2001-P-CSJAY/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y, el Informe Nº 226-2002-SEP-GP-GG/PJ de la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de la Comunidad Campesina de Chachaspata, en el distrito de Ayahuanco, provincia de Huanta, departamento de MORDAZA, presentada por autoridades y pobladores de dicha comunidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1500 habitantes, y en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los conflictos que se presentan en la MORDAZA, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra en el distrito de Ayahuanco, lo que representa para los pobladores transitar a pie mas de 24 horas por MORDAZA de herradura; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de la administracion de justicia; Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: reivindicacion e interdicto; Penal: usurpacion, lesiones, robo, hurto y abigeato; Familia: abandono, filiacion, tenencia, alimentos y violencia familiar; Laboral: falta de pago; y Notarial: legalizacion y actas; y siendo el objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformi-

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