TEXTO PAGINA: 35
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolita- na como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropoli-tana de Lima, ejerce las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional de conformidad con el artículo 65º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 192º de la Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capí-tulo XIV del Título IV, sobre Descentralización", correspon-de a los gobiernos regionales promover el desarrollo y la economía regional, declarándolos competentes para "fo- mentar la competitividad, las inversiones y el financiamien-to para la ejecución de proyectos y obras de infraestructu-ra de alcance e impacto regional; Que, es atribución del Consejo Regional, que en el caso equivale al Concejo Metropolitano de Lima, según el artí- culo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, "aprobar el plan de competitividad regional ..."; Que, es exigencia del Consejo Nacional de Descentrali- zación la formulación y aprobación de este plan para acredi-tar la capacidad de gestión de la Municipalidad Metropolita-na y estar apta para recepcionar las competencias regiona- les correspondientes, en virtud del cual el Programa de Go- bierno Regional de Lima Metropolitana, mediante Memo Nº079-2004-MML/PGRLL, presenta el Proyecto de Plan deCompetitividad de la Región de Lima Metropolitana, con lafinalidad de contar con un documento que permita orientarlos proyectos, acciones y planes de la ciudad, al cumpli- miento de los objetivos de modernización, desarrollo e in- corporación de la ciudad a la globalización, en donde se haanalizado el ambiente de competitivo del entorno, compa-rándolas con el bloque de países de Latinoamérica y conmayor intensidad de los países sudamericanos, e identifica-do los principales obstáculos y desarrollo de las ventajas comparativas de la Región Lima Metropolitana, establecien- do las líneas y objetivos estratégicos, así como las priorida-des para el logro de su cumplimiento; Que, el presente Plan de Competitividad, que es parte inte- grante del Plan de Desarrollo de la Región Lima Metropolitana,busca que nuestra ciudad "Capital del turismo histórico y cultural de Latinoamérica" sea competitiva, esperando que el turismo sea, la actividad ancla y motor para el desarrollo de otras actividades.El Plan de Competitividad permitirá contar con un plan guía parala formulación de planes Sectoriales de Turismo, de PromociónComercial, Desarrollo de PYME's y de Impulso de la Industria delConocimiento que dará lugar a identificar oportunidades de inver- sión y la participación del sector privado; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metro- politana de Asuntos Económicos y de Organización en suDictamen Nº 084-2004-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Único.- Aprobar el Plan de Competitividad de la Región de Lima Metropolitana, cuyo texto forma parteintegrante del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima NOTA: El Plan de Competitividad de la Región de Lima Metropolitana está publicado en la página web de la MML:www.munlima.gob.pe 11983 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G67/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G61/G70/G6F/G79/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G6C/G75/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G76/G65/G72/G73/G69/G61/G73/G20/G73/G75/G72/G67/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G2D/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G6A/G65/G20/G56/G69/G61/G6C INVERMET FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES RESOLUCIÓN Nº 029-2004-SGP Lima, 16 de junio de 2004VISTO: El Acuerdo del Comité Directivo Nº 675/3.2 de fecha 7.6.04, mediante la cual se autoriza a la Secretaría Gene-ral Permanente para contratar los servicios de una Aseso-ría Legal Externa, como apoyo para establecer la legalidad de la conciliación y demás actos tendientes a la solución de las controversias surgidas en el proceso de Seleccióndel Concurso Público Internacional de Proyectos Integra-les Nº 001-97, correspondiente a la Concesión del Eje Vialde las Avs. Javier Prado, La Marina, Fauccett; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta s/n de fecha 2-6-2004, el Ase- sor Externo Eco. Carlos Talledo Espinosa, informa que exis- ten controversias en el proceso de selección del ConcursoPúblico Internacional de Proyectos Integrales en mención,generada por la decisión del Comité de Recepción y Adju-dicación de dejar sin efecto el otorgamiento de la buenapro ganada por el postor Consorcio Javier Prado, cuya de- cisión fue confirmada por el Alcalde de Lima Metropolitana a través de la Resolución Nº 7015-2000, el mismo que re-quiere de una solución, por lo que es necesario contar conel apoyo de una asesoría legal externa especializada querealice el análisis y estudio de los antecedentes para esta-blecer la legalidad o no de arribar a una conciliación, las consecuencias de ésta, en el caso que no se realice, asi- mismo que recomiende alternativas de solución, establez-ca acciones y procedimientos internos a realizarse paratal fin, que revise y establezca la legalidad de los acuerdosque se adopten y de darse el caso, del contrato que secelebre, precisando que ha realizado coordinaciones con diferentes estudios jurídicos y que el Estudio Santistevan de Noriega & Gutiérrez Sociedad Civil de ResponsabilidadLimitada, por la calidad de los profesionales que la inte-gran, reúne las características y condiciones necesariaspara atender dicho requerimiento; Que, la Oficina de Administración y Finanzas mediante el Informe Nº 067-2004-OAF concordado con lo expuesto en el Informe Nº 073-2004-APP del Área de Planeamientoy Presupuesto, ambas de fecha 3-6-2004, informa que den-tro del presupuesto institucional se encuentra contempla-do dicho gasto, por lo que no es necesaria la modificaciónpresupuestal porque el gasto se realiza dentro del mismo proyecto, categoría y genérica, pero que se requiere incluir dicha contratación en el Plan de Acción de INVERMET,afectando la partida de proyectos varios que cuenta consaldo suficiente para atender el pago de los honorariosascendentes a la suma de S/. 100,000.00 más el I.G.V.; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Infor- me Nº 066-2004-OAJ de fecha 4-6-2004, señala que de la revisión del brochure de dicho estudio, se aprecia que elestudio en mención cuenta con áreas especializadas enDerecho Comercial y Corporativo, básicamente en el as-pecto contractual, societario, bancario y concursal; aseso-ría en materia de regulación Bancaria y Financiera; Dere- cho Tributario, Derecho Administrativo, Derecho Constitu- cional, Derecho Procesal que entre otros aspectos involu-cra la elaboración de un programa de defensa integral,Derecho Penal, Arbitraje, Protección de Inversiones, bási-camente para la contratación entre inversionistas y las en-tidades del Estado y viceversa, análisis de riesgo y meca- nismos de defensa y demás ramas del Derecho y además cuenta con un staff de abogados especialistas y con expe-riencia profesional en las diferentes ramas del derecho,habiendo desarrollado actividades dentro de la administra-ción pública y privada, resaltando la participación de unode sus socios, Dr. Jorge Santisteban de Noriega, quien es Director de la Revista Gaceta Jurídica y la Revista Diálo- go, asesor legal de South Pacific Investment, Consultor deNaciones Unidas, ex Director de ENCI y ex SecretarioGeneral del Banco Minero, etc.; en consecuencia, dichoestudio reúne las características que requiere la contrata-ción solicitada; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es-tado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM establece queestán exonerados del proceso de selección, las contrata-ciones que se realicen para servicios personalísimos; asi-