Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2004 (26/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de junio de 2004

mismo el articulo 111º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que estan exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para ello se ha tenido en cuenta como requisito esencial las cualidades personales del locador, tales como sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, el mismo que debe formalizarse a traves de la resolucion del titular del Pliego, conforme a lo dispuesto en el articulo 115º del Reglamento de dicha Ley; Estando a la autorizacion del Comite Directivo de INVERMET contenido en el Acuerdo Nº 675/3.2 de fecha 7.6.04, al contar con la Disponibilidad Presupuestal senalada en los Informes Nºs. 067-2004-OAF y 073-2004-APP de la Oficina de Administracion y Finanzas y el Area de Planeamiento y Presupuesto, con la conformidad de la Oficina de Asesoria Juridica contenido en el Informe Nº 0662004-OAJ y en uso de las facultades conferidas en el articulo 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la contratacion del Estudio Santistevan de MORDAZA & MORDAZA Abogados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, para que preste servicios de apoyo legal en la solucion a las controversias surgidas en el Concurso Publico Internacional de Proyectos Integrales Nº 001-97, para la Concesion de la Ejecucion del Eje Vial de las Avs. MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA y Fauccett. De acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion; por la causa de servicios personalisimos prevista en el inciso h) del articulo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM, concordado con lo dispuesto en el articulo 111º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. 2.- Autorizar la contratacion del Estudio Santistevan de MORDAZA & MORDAZA Abogados, Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, como consultor externo, para apoyo legal en la solucion de las controversias surgidas en el Concurso Publico Internacional de Proyectos Integrales Nº 00197, para la Concesion de la Ejecucion del Eje Vial de las Avs. MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA y Fauccett, por servicios personalisimos, a traves del procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; por el monto de S/. 100,000.00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), mas el I.G.V. 3.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y su comunicacion a la Contraloria General de la Republica, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento. 4.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la implementacion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General Permanente 12014

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que el MORDAZA provincial o distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo del concejo dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que la fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, el articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, en ambos casos el monto es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 068 de fecha 31 de marzo del 2004, se aprobo la dieta que mensualmente percibiran los senores regidores para el ejercicio fiscal 2004; asimismo mediante Acuerdo de Concejo Nº 069 de fecha 31 de marzo del 2004, se aprobo la remuneracion mensual del senor MORDAZA para el ejercicio fiscal 2004; en tal sentido es conveniente publicar un texto unico de ambos acuerdos; Que, es menester precisar que la remuneracion mensual del senor MORDAZA para el ejercicio presupuestal 2004, ha sido reducido en comparacion a la del ejercicio 2003. Asimismo que la dieta de los regidores ha sido ratificado en los mismos montos teniendo en cuenta la UIT, en comparacion a la del ano 2003, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la sesion ordinaria de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR, un texto unico de los Acuerdos de Concejo Nºs. 068 y 069, en los siguientes terminos: - "RATIFICAR, para el Ejercicio Fiscal 2004, el Acuerdo de Concejo Nº 068 de fecha 31 de marzo del 2004, que fija el monto de la dieta a percibir mensualmente por cada uno de los senores regidores; abonandose por un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes. - REDUCIR, para el Ejercicio Fiscal 2004, el monto de la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme lo establece el Acuerdo de Concejo Nº 069 de fecha 31 de marzo del 2004". Articulo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Planificacion, Gerencia de Administracion y Subgerencia de Tesoreria. Articulo 3º.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 11978

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban texto unico de los Acuerdos Nºs. 068 y 069 referentes a montos de dieta de regidores y remuneracion de MORDAZA distrital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 094 Ate, 25 de MORDAZA de 2004

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