TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 cha 13 de abril del 2004, y la petición de vacancia del Re- gidor Walter Chanel Auqui Zambrano realizada por el Regi-dor Armando Tarcicio Jurado Yauyo, con fecha 19 de abril del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la previsión contenida en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipali- dades Distritales, en los asuntos de su competencia como órganos de gobierno local tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa; Que, como tales en virtud de lo establecido en el segun- do párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Or-gánica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972, la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobier- no, administrativos y de administración, con sujeción al or-denamiento jurídico vigente; Que, conforme a la previsión contenida en el artículo 2º numeral 20 de la Constitución Política del Perú toda perso-na en forma individual y/o colectiva tiene garantizada el irrestricto "Derecho a Pedir". En efecto mediante escrito de fecha 19 de abril del 2004, el señor Armando TarcicioJurado Yauyo solicita que se declare la vacancia del Regi- dor Walter Chanel Auqui Zambrano motivado la causal de "inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias deconcejo, de forma consecutiva" y fundamentado en el nu- meral 7 del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipali- dades vigente por Ley Nº 27972; Que, la opinión legal de la Asesoría Legal Externa de la Municipalidad Distrital de Pomacocha de fecha 13 de abril del 2004, vierte sobre procedencia de la vacancia del Re-gidor; Que, con el objeto de pronunciarse sobre el pedido se convoca a Sesión Extraordinaria de Concejo que se lleva acabo el 27 de abril del 2004, como se podrá ver en las actas de folios del 22 hasta el 24, para cuyo acto son noti- ficados personalmente los miembros del concejo munici-pal incluido el Regidor Walter Chanel Auqui Zambrano a efectos de que este último ejerza el "derecho de defensa" que le concede la ley, notificación que se hizo con la debi-da antelación con fecha 19 de abril del 2004; Que, vista el contenido de la solicitud de vacancia y los medios probatorios aparejados a ella se tiene en efectoque el Regidor Walter Chanel Auqui Zambrano no concu- rrió injustificadamente a 3 sesiones ordinarias de concejo de forma consecutiva las convocadas para el 4 de marzo,17 de marzo y 25 de marzo del 2004 respectivamente como se podrá ver las actas de sesiones ordinarias de concejo de folios 124 al 129, del 129 al 136 y del 137 al 144 en lasque constan su inasistencia, pese de estar debidamente convocado y notificado para la asistencia de las mismas; Que, el Regidor Walter Chanel Auqui Zambrano pese a estar debidamente notificado a la Sesión Extraordinaria de Concejo en referencia, no asistió - como consta en actas - que consiguientemente, votada que fuere el pedido de va-cancia cuatro de cinco regidores votan aprobando la va- cancia por la causal de "inconcurrencia consecutiva injus- tificada a 3 sesiones ordinarias de concejo, de forma con-secutiva" prevista y sancionada con ella en el numeral 7 del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades vi- gente por Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y aprobado por cuatro votos con- forme, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de abril del 2004, y en uso de las facultades conferidas enel numeral 10 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Munici- palidades vigente por Ley Nº 27972, párrafo primero del artículo 23º de la citada, por la causal establecida en elnumeral 7 del artículo 22º de la Ley 27972 y artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR LA VACANCIA del Re- gidor Walter Chanel Auqui Zambrano, quien fue proclama-do por la agrupación Política Independiente "Movimiento Independiente de Campesinos y Profesionales" MINCAP como segundo regidor para conformar el Concejo Munici-pal de la Municipalidad Distrital de Pomacocha, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Artículo Segundo.- Que COMUNÍQUESE al Jurado Nacio- nal de Elecciones, el Acuerdo de Concejo de declaratoria de va- cancia a efectos de que se proceda conforme a sus atribuciones,sin perjuicio de notificarse al vacado conforme a Ley y en cumpli- miento del "Principio de Publicidad" publicarse la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE AGUIRRE PARIONA Alcalde 12245 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ACUERDO MUNICIPAL Nº 046-2004/MDP Pomacocha, 5 de mayo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMACOCHA POR CUANTO:EN CONCEJO DISTRITAL DE POMACOCHA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 5 de mayo del 2004; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades tienen por objeto representar a sus pobladores, promover la adecuada prestación de ser-vicios públicos locales, fomentar el bienestar de los veci- nos como el desarrollo integral y armónico de las circuns- cripciones de su jurisdicción; Que, con la promulgación de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, se hace necesaria la adecuación de los de los órganos de gobierno y de administración de laMunicipalidad, conforme a lo señalado por la Vigésima Dis- posición Complementaria de dicha Ley; Que, asimismo, para efectos de agilizar el proceso de Transferencia de Fondos y Programas de Asistencia So- cial, es requisito adecuar toda institución Municipal a la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, lo que implica re-plantear su estructura orgánica y actualizar sus principa- les Documentos de Gestión Interna; Que, en uso de las facultades conferidas al Concejo Municipal por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Munici- palidades vigente por Ley Nº 27972, con voto unánime del pleno del Concejo que lo integran; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA ADMINISTRATIVA a la Municipalidad Distrital de Pomaco- cha, provincia de Acobamba, departamento de Huancave-lica, por un plazo máximo de cuarenta y cinco días, de- biéndose efectuar la publicación de Ley. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Despacho de Alcal- día a emitir los actos administrativos necesarios a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo Municipal. Artículo Tercero.- Dar cuenta a Alcaldía y demás ofici- nas y comisiones respectivas para los fines corres- pondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE AGUIRRE PARIONA Alcalde 12246