Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2004 (30/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de junio de 2004

cha 13 de MORDAZA del 2004, y la peticion de vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA realizada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 19 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la prevision contenida en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Distritales, en los asuntos de su competencia como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa; Que, como tales en virtud de lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972, la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, conforme a la prevision contenida en el articulo 2º numeral 20 de la Constitucion Politica del Peru toda persona en forma individual y/o colectiva tiene garantizada el irrestricto "Derecho a Pedir". En efecto mediante escrito de fecha 19 de MORDAZA del 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita que se declare la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA motivado la causal de "inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias de concejo, de forma consecutiva" y fundamentado en el numeral 7 del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972; Que, la opinion legal de la Asesoria Legal Externa de la Municipalidad Distrital de Pomacocha de fecha 13 de MORDAZA del 2004, vierte sobre procedencia de la vacancia del Regidor; Que, con el objeto de pronunciarse sobre el pedido se convoca a Sesion Extraordinaria de Concejo que se lleva a cabo el 27 de MORDAZA del 2004, como se podra ver en las actas de folios del 22 hasta el 24, para cuyo acto son notificados personalmente los miembros del concejo municipal incluido el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a efectos de que este ultimo ejerza el "derecho de defensa" que le concede la ley, notificacion que se hizo con la debida antelacion con fecha 19 de MORDAZA del 2004; Que, vista el contenido de la solicitud de vacancia y los medios probatorios aparejados a MORDAZA se tiene en efecto que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no concurrio injustificadamente a 3 sesiones ordinarias de concejo de forma consecutiva las convocadas para el 4 de marzo, 17 de marzo y 25 de marzo del 2004 respectivamente como se podra ver las actas de sesiones ordinarias de concejo de folios 124 al 129, del 129 al 136 y del 137 al 144 en las que constan su inasistencia, pese de estar debidamente convocado y notificado para la asistencia de las mismas; Que, el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pese a estar debidamente notificado a la Sesion Extraordinaria de Concejo en referencia, no asistio - como consta en actas que consiguientemente, votada que fuere el pedido de vacancia cuatro de cinco regidores votan aprobando la vacancia por la causal de "inconcurrencia consecutiva injustificada a 3 sesiones ordinarias de concejo, de forma consecutiva" prevista y sancionada con MORDAZA en el numeral 7 del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto y aprobado por cuatro votos conforme, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de MORDAZA del 2004, y en uso de las facultades conferidas en el numeral 10 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972, parrafo primero del articulo 23º de la citada, por la causal establecida en el numeral 7 del articulo 22º de la Ley 27972 y articulos 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972; ACUERDA:

pal de la Municipalidad Distrital de Pomacocha, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica. Articulo Segundo.- Que COMUNIQUESE al MORDAZA Nacional de Elecciones, el Acuerdo de Concejo de declaratoria de vacancia a efectos de que se proceda conforme a sus atribuciones, sin perjuicio de notificarse al vacado conforme a Ley y en cumplimiento del "Principio de Publicidad" publicarse la presente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12245

Declaran en emergencia administrativa a la municipalidad distrital
ACUERDO MUNICIPAL Nº 046-2004/MDP Pomacocha, 5 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMACOCHA POR CUANTO: EN CONCEJO DISTRITAL DE POMACOCHA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 5 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen por objeto representar a sus pobladores, promover la adecuada prestacion de servicios publicos locales, fomentar el bienestar de los vecinos como el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, con la promulgacion de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se hace necesaria la adecuacion de los de los organos de gobierno y de administracion de la Municipalidad, conforme a lo senalado por la Vigesima Disposicion Complementaria de dicha Ley; Que, asimismo, para efectos de agilizar el MORDAZA de Transferencia de Fondos y Programas de Asistencia Social, es requisito adecuar toda institucion Municipal a la Nueva Ley Organica de Municipalidades, lo que implica replantear su estructura organica y actualizar sus principales Documentos de Gestion Interna; Que, en uso de las facultades conferidas al Concejo Municipal por el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades vigente por Ley Nº 27972, con MORDAZA unanime del pleno del Concejo que lo integran; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA ADMINISTRATIVA a la Municipalidad Distrital de Pomacocha, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, por un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco dias, debiendose efectuar la publicacion de Ley. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Despacho de Alcaldia a emitir los actos administrativos necesarios a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo Municipal. Articulo Tercero.- Dar cuenta a Alcaldia y demas oficinas y comisiones respectivas para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Articulo Primero.- DECLARAR LA VACANCIA del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fue proclamado por la agrupacion Politica Independiente "Movimiento Independiente de Campesinos y Profesionales" MINCAP como MORDAZA regidor para conformar el Concejo Munici-

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