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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2004-MINCETUR/DM Lima, 24 de febrero de 2004 Vistos, el Informe Nº 011-2004-MINCETUR/SG/OGA/ OASA, de la Oficina de Abastecimientos, Seguridad y Ser-vicios Auxiliares, de la Oficina General de Administración,y el Informe Nº 034-2004-MINCETUR/SG/OAJ, de la Ofi-cina General de Asesoría Jurídica, relativos a la contrata-ción de los servicios de asesoramiento legal del EstudioSantistevan de Noriega & Gutiérrez Abogados, al amparodel inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normasmodificatorias. CONSIDERANDO: Que, el señor Juan José Gastañeta Carrillo de Albor- noz, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministe-rial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha sidodenunciado ante la 34º Fiscalía Provincial Penal de Lima,por su presunta participación en calidad de cómplice, enlos Delitos de Usurpación de Funciones y Concusión en lamodalidad de patrocinio ilegal; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 062-2004-MIN- CETUR/DM se ha concedido al citado funcionario los be-neficios establecidos en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, en consecuencia se requiere contratar los serviciosde una asesoría legal especializada para que se encarguede su defensa; Que, la denuncia interpuesta tiene un alto grado de com- plejidad en temas relacionados con las áreas de derechoconstitucional, derecho procesal constitucional, derechopenal, derecho tributario y derecho administrativo, por tan-to es necesario contratar a un estudio de abogados quecuente con experiencia y especialización en las citadasmaterias; Que, según el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y normas modificatorias, están exonera-dos de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen paraservicios personalísimos, de acuerdo a lo que establez-ca el Reglamento; Que, asimismo, conforme al artículo 111º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, se encuentran exonera-dos del proceso de selección los contratos de locaciónde servicios celebrados con personas naturales o jurídi-cas cuando para dicha contratación se haya tenido encuenta y como requisito esencial la persona del locador,ya sea por sus características inherentes, particulares oespeciales o por su determinada calidad, profesión, cien-cia, arte u oficio; las mismas que deben ser evaluadasen forma objetiva y en función de la naturaleza de lasprestaciones a su cargo; Que, de la evaluación efectuada al Estudio Santiste- van de Noriega & Gutiérrez Abogados, resulta que setrata de un grupo de profesionales de reconocido presti-gio, que acreditan tener especialización en las áreas re-queridas, y cuentan con una amplia experiencia de másde 10 años brindando un servicio integral de asesora-miento y patrocinio a funcionarios públicos, además tie-ne como parte de su cartera de clientes a importantesentidades públicas; razón por la cual califica dentro delsupuesto de servicios personalísimos previsto en el in-ciso h) del artículo 19º del TUO de la Ley Nº 26850; Que, no es posible determinar el tiempo exacto que durará la contratación del mencionado Estudio, por cuantolos resultados de la denuncia interpuesta ante el MinisterioPúblico podría extenderse; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, me- diante Memorándum Nº 008-2004-MINCETUR/SG/OGPPD, informa que se cuenta con disponibilidad pre-supuestaria para efectuar la contratación del citado estudio de abogados; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo el Texto Único Ordenado de la Ley deAdquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y normas modifica-torias, Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, la DirectivaNº 011-2001-CONSUCODE-PRE, aprobada por Resolu-ción Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la contratación del Estudio Santistevan de Noriega & Gutiérrez Abogados, comoservicios personalísimos, de conformidad con el incisoh) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normasmodificatorias. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Comercio Ex- terior y Turismo del proceso de Adjudicación DirectaSelectiva para la contratación de los servicios legalesespecializados que brindará el Estudio Santistevan deNoriega & Gutiérrez Abogados, disponiendo que la mis-ma se efectúe mediante el proceso de selección deAdjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación a la que se refiere los artículos precedentes será realizada por la OficinaGeneral de Administración, hasta por el importe de S/.52 500,00 (Cincuenta y Dos Mil Quinientos y 00/100Nuevos Soles) incluido el IGV, y por el plazo que dureel proceso ante la 34º Fiscalía Provincial Penal de Lima;dicha contratación será financiada con recursos ordina-rios del Pliego 035 MINCETUR, Unidad Ejecutora 001. Artículo 4º.- La Secretaría General queda encarga- da de remitir copia de la presente Resolución Ministe-rial, así como de los Informes Nºs. 011-2004-MINCE-TUR/SG/OGA/OASA, de la Oficina de Abastecimien-tos, Seguridad y Servicios Auxiliares, de la OficinaGeneral de Administración y 034-2004-MINCETUR/SG/OAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, a laContraloría General de la República dentro de los diez(10) días calendario siguientes a la fecha de aproba-ción de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04498 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G52/GDA/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G72/G69/G61 /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G2D /G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2004-MINCETUR/DM Lima, 4 de marzo de 2004Vista la Carta Nº C.157.2004/PP.GG de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú - PROM-PERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPE- RÚ es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutarlas políticas y estrategias de promoción del turismo inter-no y receptivo, así como de promover y difundir la imagendel Perú en materia de promoción turística; Que, acorde con sus funciones PROMPERU ha ges- tionado la designación del Perú como país anfitrión en laFeria Internacional de Turismo “Internationale TourismusBorse - ITB”, a realizarse del 12 al 16 de marzo del presen-te año, en la ciudad de Berlín, República Federal de Ale-mania; Que, la Feria mencionada es considerada en el ám- bito turístico la más importante a nivel internacional, seencuentra dirigida a profesionales en turismo y públicoen general, tiene previsto congregar a cerca de 10,000exhibidores representantes de aproximadamente 181países de todo el mundo y 130,000 visitantes dentro de