Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004
DECRETA:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Aprobacion Apruebase el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior que consta de dos (2) Titulos, seis (6) Capitulos, veintiocho (28) articulos y seis (6) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno al primer dia del mes de marzo del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 370, LEY DEL MINISTERIO DEL INTERIOR TITULO I DEL AMBITO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley determina el ambito, la organizacion y funciones del Ministerio del Interior. Articulo 2º.- Actividades que comprende el ambito del Ministerio del Interior El ambito del Ministerio del Interior comprende las actividades relativas a: - Gobierno Interior - Seguridad Interna - Funcion Policial - Identificacion - Movimiento Migratorio - Naturalizacion - Otras que la Ley le asigne. Articulo 3º.- Definicion del Ministerio del Interior El Ministerio del Interior es el organismo publico rector de las actividades senaladas en el articulo anterior, en MORDAZA con las disposiciones constitucionales y la politica general del Estado. TITULO II DE LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Articulo 4º.- Estructura del Ministerio del Interior Para el cumplimiento de sus actividades el Ministerio del Interior contara con la siguiente estructura: a) Alta Direccion - Ministro. - Viceministro - Secretaria General b) Organo Consultivo - Consejo Consultivo. c) Organo de Control, de Asuntos Internos, de Representacion Judicial y Defensa Oficina de Control Institucional. Oficina de Asuntos Internos. Procuraduria Publica. Defensoria del Policia.

- Oficina General de Planificacion. - Oficina General de Asesoria Juridica. - Oficina General de Defensa Nacional. e) Organos de Apoyo - Oficina General de Administracion. - Oficina General de Comunicacion Social. - Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones. - Oficina de Personal. f) Organos de Linea - Direccion General de Gobierno Interior. - Direccion General de Inteligencia. - Direccion General de la Policia Nacional del Peru. - Direccion General de Migraciones y Naturalizacion. - Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil. El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio establece la estructura de cada uno de los Organos del Sector y las funciones de cada una de sus dependencias. CAPITULO I DE LA ALTA DIRECCION Articulo 5º.- Del Ministro del Interior El Ministro del Interior es el Jefe del Ministerio y Titular del Pliego Presupuestal respectivo. Compete al Ministro del Interior: a) Planear, formular, dirigir, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar la politica del Ministerio, en concordancia con la Constitucion, las Leyes y la politica general del Estado. b) Dirigir, conducir y controlar la accion de las Autoridades Politicas. c) Estructurar, dirigir y controlar la accion y organizacion de la Policia Nacional del Peru. d) Preservar, mantener y restablecer el Orden Interno y el Orden Publico. e) Velar por el cumplimiento de las Leyes, la Seguridad y los Patrimonios Publico y Privado. f) Dirigir el control migratorio de nacionales y extranjeros; expedir pasaportes comunes y salvoconductos; y desarrollar las acciones orientadas a la naturalizacion de los extranjeros que lo soliciten. g) Prevenir y combatir la delincuencia, e investigar y denunciar los delitos y faltas. h) Ejercer las funciones que la Ley le senale. El Ministro podra delegar sus facultades y atribuciones salvo las que especificamente le senala la Constitucion. Articulo 6º.- Del Viceministro El Viceministro es la autoridad inmediata al Ministro, dirige y supervisa por encargo de este, la politica del Sector. El Viceministro tiene las siguientes atribuciones: a) Coordinar y supervisar la ejecucion de las politicas y actividades del Ministerio. b) Proponer al Ministro los planes, programas y proyectos que requieran su aprobacion, asi como el presupuesto anual del Sector. c) Expedir Resoluciones Viceministeriales y Directivas de acuerdo a su competencia. d) Las demas funciones que le encargue el Ministro. Articulo 7º.- Del Secretario General El Secretario General apoya al Ministro y al Viceministro en la gestion del Ministerio, coordinando y ejecutando aquellas actividades que se le deleguen. Tiene a su cargo la gestion administrativa y documentaria del Ministerio. Supervisa el funcionamiento de los organos de apoyo del Ministerio. La Secretaria General tiene las siguientes funciones: a) Conducir el adecuado funcionamiento y mejora de los procedimientos de tramite documentario del Ministerio. b) Proponer lineamientos de politica de gestion tales como seleccion y contratacion de personal, de viajes, capacitacion, austeridad, entre otros.

d) Organos de Asesoramiento - Comision Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior.

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