Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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publicas correspondientes. Centraliza, formula y evalua los planes y programas de informacion, comunicacion e imagen institucional. Depende del Titular del Sector. Las Oficinas de Comunicacion Social, o las que MORDAZA sus veces, de los diferentes organos de ejecucion se encargaran de los aspectos propios de cada uno de dichos organos. Dependen funcionalmente de la Oficina de Comunicacion Social del Ministerio. Articulo 20º.- De la Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones La Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones es la encargada de programar, controlar, coordinar, operar y mantener los sistemas integrados de informatica y telecomunicaciones del Sector. Depende de la Secretaria General. Las Oficinas de Informatica y Telecomunicaciones de los diferentes organos de ejecucion se encargaran de los aspectos propios de cada uno de dichos organos. Dependen funcionalmente de la Oficina General de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio. Articulo 21º.- De la Oficina de Personal La Oficina de Personal es la encargada de ejecutar la politica de personal del Ministerio, en coordinacion con las orientaciones del Sistema de Personal. Depende de la Secretaria General. CAPITULO VI ORGANOS EJECUTIVOS Articulo 22º.- De la Direccion General de Gobierno Interior La Direccion General de Gobierno Interior, de conformidad con la politica correspondiente, dirige, coordina y supervisa las actividades de las Autoridades Politicas. Articulo 23º.- De las funciones generales de las Autoridades Politicas Las Autoridades Politicas representan al Poder Ejecutivo en el ambito de su jurisdiccion y velan por la ejecucion de la politica del Gobierno. Son las encargadas de cumplir y hacer cumplir la Constitucion y las Leyes. Velan por el Orden Interno, para lo cual recibiran de la Policia Nacional del Peru de su circunscripcion el apoyo que demanden. Articulo 24º.- De la denominacion de las Autoridades Politicas Las Autoridades Politicas son Prefectos Regionales en los Departamentos y Provincia Constitucional del Callao; Subprefectos en las Provincias; Gobernadores en los Distritos; y Tenientes Gobernadores en los pueblos y poblados menores. Dependen del Director General del Gobierno Interior y se rigen por el Reglamento respectivo. Los Gobernadores y Tenientes Gobernadores que trabajan como dependientes en el Sector Publico o Privado, gozan de licencia de sus centros de trabajo hasta por quince horas semanales, sin descuento en sus remuneraciones, tiempo que sera dedicado exclusivamente a las labores oficiales. No seran trasladados ni reasignados sin su consentimiento, de los cargos publicos o privados que desempenan mientras ejercen la funcion de Autoridad Politica. El empleador esta obligado a conceder la licencia semanal, bajo responsabilidad. Articulo 25º.- De la Direccion General de Inteligencia La Direccion General de Inteligencia del Ministerio: a) Dirige, coordina y centraliza toda la informacion que producen, entre otras, la Policia Nacional del Peru y las Autoridades Politicas. b) Produce la Inteligencia que requiere la Alta Direccion del Ministerio. c) Coordina con el Consejo Nacional de Inteligencia. Las Oficinas desconcentradas de Inteligencia de las distintas reparticiones del Ministerio, sin excepcion, cumpliran con los requerimientos especificos de la Direccion General de Inteligencia del Ministerio. Articulo 26º.- De la Direccion General de la Policia Nacional del Peru La Direccion General de la Policia Nacional del Peru es la encargada de la administracion, operacion y disciplina de la Policia Nacional del Peru de acuerdo a las directivas

recibidas de la Alta Direccion y cumpliendo con lo dispuesto en el articulo 23º del presente dispositivo legal. Articulo 27º.- De la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion La Direccion General de Migraciones y Naturalizacion es responsable de administrar, coordinar y controlar el movimiento migratorio de nacionales y extranjeros; expide pasaportes comunes y salvoconductos; y otorga Cartas de Naturalizacion de acuerdo con la Ley y Politica del Gobierno. Articulo 28º.- De la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil La Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil es el organo encargado de normar y controlar las actividades relacionadas con servicios y sistemas de seguridad y vigilancia en el ambito civil y la fabricacion, comercio, transporte, posesion y uso de MORDAZA, municiones y explosivos de uso civil de acuerdo a la Ley y Reglamentos respectivos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Estructura Organica de la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana sera desarrollada en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio. Segunda.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas es la encargada de la administracion de los bienes incautados y el control de las drogas e insumos quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas. Asimismo tiene a su cargo la erradicacion de los cultivos de coca, rigiendose por las leyes en la materia. Depende directamente del Ministro. Su naturaleza y estructura son desarrolladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio. Tercera.- El Ministerio del Interior queda facultado para modificar su Reglamento de Organizacion y Funciones, debiendo presentar el respectivo decreto supremo para su aprobacion, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias utiles posteriores a la publicacion de la presente Ley. Cuarta.- El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio establecera los plazos para la modificacion del respectivo Cuadro de Asignacion de Personal. Quinta.- A partir de la vigencia de la presente Ley, el Decreto Legislativo Nº 370, se denominara Ley del Ministerio del Interior. Sexta.- Derogase el articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 370, asi como cualquier disposicion normativa que contravenga la presente Ley. 04623

MIMDES
Modifican el articulo 4º del Reglamento de la Condecoracion "Orden al Merito de la Mujer"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2004-MIMDES
MORDAZA, 4 de marzo de 2004 Vistos; el Memorando Nº 001-2004-MIMDES/COMM del Secretario Permanente del Consejo de la Orden al Merito de la Mujer; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2003-MIMDES de fecha 4 de MORDAZA de 2003, se creo la Condecoracion "Orden al Merito de la Mujer", como simbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promocion de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional, y se dispuso su entrega por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, al cual a su vez se le faculto a aprobar el Reglamento de la citada condecoracion;

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