Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Informe Nº 176-2003-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por la empresa RADIO DIFUSORA SENORIAL E.I.R.L., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO DIFUSORA SENORIAL E.I.R.L., autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas que se consignan en el Anexo Tecnico, que forma parte integrante de la presente resolucion. La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiocomunicacion correspondientes. El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias calendario previos a la terminacion de dicho periodo, la titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejara sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RADIO DIFUSORA SENORIAL E.I.R.L., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion de acuerdo con las caracteristicas tecnicas indicadas en el Anexo Tecnico, estando impedida de modificarlas sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
ANEXO TECNICO RAZON SOCIAL : RADIO DIFUSORA SENORIAL EIRL. SERVICIO : FM FRECUENCIA : 90.9 MHz INDICATIVO : OCQ-4Z EMISION : 256KF8E POTENCIA NOMINAL DEL TRANSMISOR : 0.25 KW 7. UBICACION DE LA ESTACION: Estudios Direccion : JR. MORDAZA Nº 207 Distrito : TARMA Provincia : TARMA Departamento : MORDAZA Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste: 75° 41' 6" Latitud Sur: 11° 25' 3" Planta Direccion : SECTOR SAN MORDAZA S/N Distrito : TARMA Provincia : TARMA Departamento : MORDAZA Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste: 75° 40' 29" Latitud Sur: 11° 24' 53" 8. MORDAZA DE SERVICIO : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m 1. 2. 3. 4. 5. 6.

VIVIENDA
Declaran como situacion de urgencia la contratacion de supervision de obra de mejoramiento y ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la provincia de Pasco
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-2004-VIVIENDA
MORDAZA, 27 de febrero de 2004 Vistos el Informe Tecnico Nº 001-2004-VIVIENDA/ VMCS/PARSSA/DI, el Informe Legal Nº 001-2004-VIVIENDA/VMCS/PARSSA y el Memorandum Nº 011-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/UP; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el Decreto Supremo Nº 004-2002-VIVIENDA, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - PARSSA esta adscrito al Viceministerio de Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica y administrativa; Que, por Decreto Supremo Nº 059-2003-PCM de fecha 13 de junio del 2003, el Supremo Gobierno declaro en emergencia los servicios de Agua Potable y Saneamiento de la provincia de Pasco, por las precarias condiciones sanitarias del agua potable que consume la poblacion, disponiendo la ejecucion de las obras del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Cerro de Pasco; Que, con fecha de 20 de agosto del 2003, PARSSA contrato los servicios de la asociacion CONSORCIO PASCO para la ejecucion de las obras de Ampliacion y Mejoramiento del sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la MORDAZA de Cerro de Pasco, bajo el sistema Suma Alzada y la modalidad Llave en Mano. La primera etapa del contrato corresponde a la Elaboracion del Expediente Tecnico y la MORDAZA etapa a la ejecucion de la Obra y puesta en marcha; Que, para la contratacion de la Supervision de la Obra, PARSSA por R.D. Nº 125-2003/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE de fecha 28 de octubre del 2003, designo el Comite Especial que se encargo del MORDAZA de seleccion; Que, con R.D. Nº 149-2003/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE de fecha 22 de diciembre del 2003 se declaro la Nulidad de Oficio del Concurso C.P.N. Nº 0002-2003/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA para la contratacion de la Supervision, habiendose designado mediante Resolucion Directoral Nº 152-2003/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/ DE, de fecha 31 de diciembre de 2003 la Comision Ad Hoc encargada de deslindar responsabilidades por los actos administrativos que ocasionaron la declaratoria de nulidad del citado Concurso Publico; Que, como indica la Direccion de Ingenieria del PARSSA, conforme al Calendario de la Obra, CONSORCIO PASCO debe entregar el Expediente Tecnico Definitivo a mas tardar el 25 de enero del 2004, el mismo que debe ser aprobado por PARSSA a fin de iniciar la ejecucion de las obras los primeros dias del mes de febrero; Que, el Informe Tecnico de Visto de la Direccion de Ingenieria del PARSSA senalo que el MORDAZA de seleccion de la firma supervisora, en el MORDAZA MORDAZA, implicara en tiempo cuando menos tres meses, lo que significara la postergacion del inicio de la ejecucion de la obra declarada en emergencia por el D.S. Nº 059-2003PCM, dando lugar, ademas del problema social que ello implica, el pago al contratista de los mayores gastos generales que resulten de la ampliacion del plazo que se genere; Que, con los Informes Tecnico, Legal y de existencia de disponibilidad presupuestal de Vistos, el PARSSA propone declarar como situacion de urgencia la contratacion temporal de la Supervision de la Obra de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la provincia de Pasco, por un costo ascendente a S/. 104 288,05 Nuevos Soles, por el plazo que MORDAZA realizar el correspondiente MORDAZA de Seleccion para la contratacion definitiva de la Supervision;

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