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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2004 (05/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 Que, el numeral 8.2 del artículo 8 Reglamento de la Condecoración "Orden al Mérito de la Mujer", aprobadomediante Resolución Nº 090-2004-MIMDES de fecha 11de febrero de 2004, establece que es facultad del Consejode la Orden al Mérito de la Mujer proponer modificacionesal citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mu-jer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, ymodificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES,en el Decreto Supremo Nº 005-2003-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el artículo 4 del Reglamento de la Condecoración "Orden al Mérito de la Mujer", apro-bado mediante Resolución Ministerial Nº 090-2004-MI-MDES, con el siguiente texto: "Artículo 4º.- "La Orden" se otorgará a las mujeres que destaquen en algunos de los siguientes campos:(...) (...) "La Orden" se otorgará a las mujeres que hayan sido seleccionadas por una trayectoria o acción notable-mente meritoria en el campo de su profesión o a favor de lacomunidad, mostrando valores como honestidad, esfuer-zo, tenacidad, liderazgo, espíritu de lucha, valor, des-prendimiento y superación personal, con carácter ejemplarpara la sociedad." Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 04681 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G61/G70/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6E/G69/G2D /G63/G68/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G20 /G42/G61/G71/G75/GED/G6A/G61/G6E/G6F/G20/G79/G20/G43/G61/G2D /G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DEL CALLAO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 006-2004-SBP-C/P Callao, 17 de febrero de 2004VISTO:El Informe Nº 093-2004-SBP-C-SCSF-GPAS, emiti- do por la Sección Cementerio y Servicios Funerarios,en el que se solicita el requerimieinto para la comprade materiales de construcción para la elaboración detapas para los nichos del Cementerio Baquíjano y Ca-rrillo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencial Nº 012-2004- SBP-C-GG, se aprobó el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Sociedad de Beneficencia Pú-blica del Callao para el Ejercicio 2004, en el cual se haconsiderado efectuar en el mes de mayo del presenteEjercicio el Proceso de Selección respectivo para la ad-quisición de Materiales de Construcción durante el Ejer-cicio 2004; Que, por informe de visto, se solicita la adquisición de los materiales de construcción requeridos por re-sultar necesaria e indispensable para el adecuado cum-plimiento de los Objetivos y Metas Institucionales, prin-cipalmente en la inhumación de cadáveres que la insti-tución realiza diariamente dentro de los Servicios Fu-nerarios que ofrece; Que, mediante Informe Nº 048-2004-SBP-C-OA, la Ofi- cina de Administración emite el informe técnico respectivomediante el cual solicita se declare la Situación de Urgen-cia para la adquisición de materiales de construcción parala elaboración de tapas para nichos en el Cementerio Ba- quíjano y Carrillo; Que, mediante Memorándum Nº 021-2004-SBP-C-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable so-bre el particular, en concordancia con lo dispuesto en elartículo 113º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Informe Nº 025-2004-SBP-C-OP, la Ofi- cina de Planificación informa que existe la DisponibilidadPresupuestal requerida para el caso en la Asignación Es-pecífica correspondiente; Que, de conformidad con el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las exoneraciones se aprobarán por Resolución delTitular del Pliego; Que, el artículo 21º del TUO de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado señala que: "Se considerasituación de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de un bien o servicio compromete en formadirecta e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la entidad tie-ne a su cargo. Dicha situación faculta a la entidad a la ad-quisición o contratación de los bienes, servicios u obrassólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesa-rios para llevar a cabo el proceso de selección que corres-ponda"; Que, estando a los márgenes señalados por el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, la medida adoptada permitirá la conti-nuidad de funciones y la consecución de los fines y objeti-vos institucionales; Estando a lo informado y con las visaciones de los Titu- lares de la Gerencia General, Gerencia de Producción yAsistencia Social, Oficina de Administración, Oficina deAsesoría Jurídica y la Oficina de Planificación, y con cargoa dar cuenta al Directorio; En uso de las facultades conferidas mediante Resolu- ción Ministerial Nº 359-2002-PROMUDEH, de fecha 26 dejunio del 2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia la ad- quisición de Materiales de Construcción para la elabora-ción de tapas para nichos en el Cementerio Baquíjano yCarrillo de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callaopor el período comprendido por los meses de enero a mayodel 2004, en tanto se efectúe el proceso selectivo corres-pondiente. Artículo 2º.- Exonerar del proceso selectivo correspon- diente y proceder a su contratación a través de un Procesode Adjudicación de Menor Cuantía, por Valor Referencialde S/. 2,342.00 (Dos Mil Trescientos Cuarentidós y 00/100Nuevos Soles), de acuerdo a lo señalado en el artículo 20ºdel TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado. Artículo 3º.- Encargar al Comité Especial Permanente de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao la se-lección del(los) Proveedor(es) a los que se adquirirá losmateriales requeridos, por el período señalado en el artí-culo 1º de la presente Resolución, de acuerdo a la Norma-tividad vigente. Artículo 4º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada a la ContraloríaGeneral de la República, de acuerdo a Ley. Regístrese y comuníquese.MIRTHA ELSA CRUZ RAMOS Presidenta del Directorio 04611 PRODUCE /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G73/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G64/G65/G72/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G49/G6C/G6F/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 089-2004-PRODUCE Lima, 3 de marzo del 2004