Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 264005

SALUD
Designan Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 249-2004/MINSA
MORDAZA, 4 de marzo del 2004 Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1563-2002-SA/ DM se designo al licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA COUTO como Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha de la presente Resolucion la designacion del licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA COUTO, como Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud PARSALUD, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATANO, como Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 04655

Articulo Unico.- MODIFICAR el articulo 19º del Reglamento General de Provision de Plazas para Profesionales Medicos del Ministerio de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 076-2004/MINSA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 19º.- La calificacion de la prueba escrita se MORDAZA inmediatamente despues de concluida, procediendose acto seguido a la publicacion de los resultados, en el lugar indicado en las bases del concurso." Registrese y comuniquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 04656

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen reiniciar inscripciones en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias de personas naturales y juridicas que presten servicio de transporte publico automotor terrestre
DECRETO SUPREMO Nº 010-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Modifican articulo del Reglamento General de Provision de Plazas para Profesionales Medicos del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 250-2004/MINSA MORDAZA, 4 de marzo del 2004 Visto el Oficio Nº 6-2004-CCCM/MINSA de la Comision Central de Concurso para la Provision de Plazas para Profesionales Medicos del Ministerio de Salud -por el que se remite el Acta de Sesion Nº 8 de la Comision- y el Informe Nº 306-2004-OGAJ/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 076-2004/ MINSA, del 28 de enero de 2004, se aprobo el Reglamento General de Provision de Plazas para Profesionales Medicos del Ministerio de Salud, el mismo que en su articulo 19º regula una etapa impugnatoria contra los resultados de la prueba escrita; Que, en el Acta de Sesion Nº 8 de la Comision Central de Concurso para la Provision de Plazas para Profesionales Medicos del Ministerio de Salud, se senala que habiendo una etapa impugnatoria contra los resultados finales del concurso, y considerando que independientemente del resultado de la prueba escrita, todos los postulantes acceden a las demas etapas del concurso, no cabe establecer una etapa impugnatoria parcial, diferente a la regulada en el articulo 26º del Reglamento; Que, estando a lo recomendado por la Comision Central de Concurso para la Provision de Plazas para Profesionales Medicos del Ministerio de Salud en el Acta de Sesion Nº 8, y lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en el Informe Nº 306-2004-OGAJ/ MINSA; y, De conformidad con lo previsto en la Resolucion Ministerial Nº 076-2004/MINSA, la Resolucion Ministerial Nº 1283-2003-SA/DM, el Decreto Legislativo Nº 559 "Ley de Trabajo Medico", y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001-SA;

Que, mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2003-MTC, se suspendio a partir del 19 de MORDAZA del 2003 las inscripciones en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias de las personas naturales y juridicas que desarrollen la actividad del transporte publico automotor terrestre de mercancias, asi como de los vehiculos destinados a dicho servicio; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 026-2003-MTC, se reiniciaron las inscripciones materia de suspension a partir del 2 y hasta el 20 de junio del 2003 y posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 047-2003-MTC, se reiniciaron nuevamente las inscripciones materia de suspension a partir del 11 de agosto y hasta el 31 de diciembre del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2004-MTC, se consideraron casos especiales en los cuales el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias permanecera abierto, tales como la inmatriculacion de vehiculos, transferencia de propiedad vehicular para acto entre vivos, transferencia de propiedad por sucesion intestada o testamentaria y adquisicion de propiedad mediante resolucion judicial o administrativa; permaneciendo cerrado el Registro para los demas casos; Que, si bien la medida de suspension de las inscripciones se sustento en la existencia de sobreoferta de vehiculos en el MORDAZA del transporte terrestre de mercancias, asi como en la necesidad de reordenar dicho servicio, causas que a la fecha persisten, resulta atendible abrir temporalmente y de manera extraordinaria, el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias, que permita que los transportistas informales que aun no se han inscrito puedan hacerlo dentro de un termino perentorio; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; DECRETA: Articulo 1º.- Reiniciese por un periodo de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, las inscripciones en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias de las personas naturales y juridicas que desarrollen la actividad de transporte publico automotor terrestre de mercancias, asi como de los vehiculos destinados a dicho

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