Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2004 (11/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2004

Que, en cuanto a la Unidad Ejecutora 200 - Transportes Amazonas debe seguir operando como institucion descentralizada, pese a no cumplir con el requisito que exige la MORDAZA, en razon que en la Region Amazonas existen distritos, caserios y MORDAZA productores que no cuentan con vias de transporte accesible para poder trasladar sus productos a los mercados, por la lejania y la ubicacion geografica en que se encuentran; asi mismo, la mencionada Unidad Ejecutora tiene funciones que cumplir a traves del Gobierno Regional en el mantenimiento y ampliacion de las vias carrozables en el ambito regional, que en la actualidad esta a cargo en parte de PROVIAS DEPARTAMENTAL; Que, en los Considerandos expresados la Fusion por Absorcion de las Unidades Ejecutoras en la Region Amazonas, no es posible su aplicacion de dicho dispositivo, por cuanto que geograficamente la Region Amazonas se encuentra en MORDAZA de frontera, de dificil acceso, con multiples necesidades, que la Fusion por Absorcion de las Unidades Ejecutoras no le MORDAZA sentido a la Descentralizacion que a ello conduce la Regionalizacion, precisando ademas que la realidad economica, politica, social y geografica de la Region Amazonas es completamente distinta a otras Regiones; por lo que siendo asi, la Novena Disposicion Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128, no es aplicable en esta parte de la Region Amazonas; Que, estando a lo expresado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de fecha 3 de marzo del 2004 y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y de conformidad con los considerandos senalados; ACUERDAN: Articulo Primero.- LA NO APLICABILIDAD de la Novena Disposicion Final de la Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128 sobre la Fusion por Absorcion de las Unidades Ejecutoras; por ser contrario a la realidad economica, social y geografica de la Region Amazonas. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento al Ejecutivo que las Unidades Ejecutoras quedan conforme fueron creadas como Instituciones Descentralizadas. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 04962

Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida en el considerando anterior establece en el articulo 12º, la organizacion del organo ejecutivo del Gobierno Regional, la misma que esta estructurada en Gerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por una Gerencia General, complementada con los organos de linea, apoyo, asesoramiento y control, conforme lo determine cada Gobierno Regional; Que, con Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR/RA, se aprueba la modificacion del Organigrama Estructural del Gobierno Regional, a fin de establecer un ordenamiento en la nueva estructura asi como las funciones que ejercitaran las Direcciones de Comercio Exterior y de la Produccion; Que, no contando con recursos humanos y presupuestales para implementar las Oficinas de Asesoramiento Tecnico, Asesoramiento Economico, Sub Gerencia de Promocion de Inversiones, Sub Gerencia de Obras y Sub Gerencia de Poblacion, Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, se han fusionado en otras ya existentes; asi mismo de acuerdo a la Ley Nº 27923 Ley del Sistema de Inversion Publica y Directiva Nº 0042003/EF/6801 en la que dispone que las Unidades Formuladoras no podran actuar al mismo tiempo como unidades evaluadoras, encargandose las funciones de Unidad Formuladora a la Gerencia Regional de Infraestructura; Que estando a lo acordado y aprobado por unanimidad mediante Acuerdo Nº 061-2004, en Sesion Ordinaria Nº 004 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas el dia Dieciocho de Febrero del ano dos mil cuatro, contando con el MORDAZA aprobatorio unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades que le otorga la Constitucion Politica del Estado y el articulo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, la modificacion de la ESTRUCTURA ORGANICA DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, disponiendo a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, modifique los documentos de Gestion ROF, CAP Y MOF para su aprobacion. Documento que forma parte de la Presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los 25 dias del mes de febrero del dos mil Cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los dias del mes de febrero del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas

Aprueban modificacion de la Estructura Organica del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2004-CR/RA El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se crean los Gobiernos Regionales, los que en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, la que establece en su articulo 38º que el Consejo Regional como organo normativo del Gobierno Regional tiene la atribucion de aprobar la Organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanza Regional;

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