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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2004 (11/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 Que, en cuanto a la Unidad Ejecutora 200 - Trans- portes Amazonas debe seguir operando como institu-ción descentralizada, pese a no cumplir con el requisi-to que exige la norma, en razón que en la Región Ama-zonas existen distritos, caseríos y barrios productoresque no cuentan con vías de transporte accesible parapoder trasladar sus productos a los mercados, por lalejanía y la ubicación geográfica en que se encuentran;así mismo, la mencionada Unidad Ejecutora tiene fun-ciones que cumplir a través del Gobierno Regional enel mantenimiento y ampliación de las vías carrozablesen el ámbito regional, que en la actualidad está a cargoen parte de PROVÍAS DEPARTAMENTAL; Que, en los Considerandos expresados la Fusión por Absorción de las Unidades Ejecutoras en la RegiónAmazonas, no es posible su aplicación de dicho dispo-sitivo, por cuanto que geográficamente la Región Ama-zonas se encuentra en zona de frontera, de difícil ac-ceso, con múltiples necesidades, que la Fusión porAbsorción de las Unidades Ejecutoras no le daría sen-tido a la Descentralización que a ello conduce la Re-gionalización, precisando además que la realidad eco-nómica, política, social y geográfica de la Región Ama-zonas es completamente distinta a otras Regiones; porlo que siendo así, la Novena Disposición Final de laLey de Presupuesto del Sector Público Año Fiscal 2004- Ley Nº 28128, no es aplicable en esta parte de la Re-gión Amazonas; Que, estando a lo expresado y aprobado por el Ple- no del Consejo Regional de fecha 3 de marzo del 2004y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por elArt. 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales yde conformidad con los considerandos señalados; ACUERDAN: Artículo Primero.- LA NO APLICABILIDAD de la No- vena Disposición Final de la Ley de Presupuesto para elSector Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128 so-bre la Fusión por Absorción de las Unidades Ejecutoras;por ser contrario a la realidad económica, social y geográ-fica de la Región Amazonas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al Ejecuti- vo que las Unidades Ejecutoras quedan conforme fueroncreadas como Instituciones Descentralizadas. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente Acuerdo enel Diario Oficial El Peruano, disponiéndose su inclusión enel portal electrónico del Gobierno Regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente 04962 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D /G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2004-CR/RA El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se crean los Gobiernos Regionales, los que en virtud a lo dispuesto por laLey Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, modificadopor la Ley Nº 27902, la que establece en su artículo 38º que elConsejo Regional como órgano normativo del Gobierno Regio-nal tiene la atribución de aprobar la Organización del GobiernoRegional a través de Ordenanza Regional;Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, re- ferida en el considerando anterior establece en el artí-culo 12º, la organización del órgano ejecutivo del Go-bierno Regional, la misma que está estructurada enGerencias Regionales, coordinadas y dirigidas por unaGerencia General, complementada con los órganos delínea, apoyo, asesoramiento y control, conforme lo de-termine cada Gobierno Regional; Que, con Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR/RA, se aprueba la modificación del Organigrama Estructu-ral del Gobierno Regional, a fin de establecer un orde-namiento en la nueva estructura así como las funcio-nes que ejercitarán las Direcciones de Comercio Exte-rior y de la Producción; Que, no contando con recursos humanos y presu- puéstales para implementar las Oficinas de Asesora-miento Técnico, Asesoramiento Económico, Sub Geren-cia de Promoción de Inversiones, Sub Gerencia deObras y Sub Gerencia de Población, Desarrollo Sociale Igualdad de Oportunidades, se han fusionado en otrasya existentes; así mismo de acuerdo a la Ley Nº 27923Ley del Sistema de Inversión Pública y Directiva Nº 004-2003/EF/6801 en la que dispone que las Unidades For-muladoras no podrán actuar al mismo tiempo como uni-dades evaluadoras, encargándose las funciones deUnidad Formuladora a la Gerencia Regional de Infra-estructura; Que estando a lo acordado y aprobado por unani- midad mediante Acuerdo Nº 061-2004, en Sesión Ordi-naria Nº 004 del Consejo Regional del Gobierno Regio-nal Amazonas el día Dieciocho de Febrero del año dosmil cuatro, contando con el voto aprobatorio unánimede los Consejeros Regionales y en uso de las faculta-des que le otorga la Constitución Política del Estado yel artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgá-nica de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de la ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO REGIONALAMAZONAS, disponiendo a la Gerencia Regional de Pla-neamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,modifique los documentos de Gestión ROF, CAP Y MOFpara su aprobación. Documento que forma parte de la Presente Ordenan- za. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenan-za Regional en el diario encargado de las publicacionesregionales, disponiéndose su inclusión en el portal electró-nico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Amazonas para su promulgación. En la ciudad de San Juan de la Frontera de los Cha- chapoyas, a los 25 días del mes de febrero del dos milCuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Publíquese y cúmplase. Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazo-nas, a los días del mes de febrero del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regionalde Amazonas