Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2004 (11/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2004

Articulo Unico.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA a la senorita MORDAZA MORDAZA Del Rio MORDAZA - Registro Nº 6270. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Intendente (e) 04944 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 057-2004/SUNAT Mediante Oficio Nº 089-2004-1A0000 la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 057-2004/SUNAT, publicada en la edicion del 3 de marzo de 2004. Pagina: 263846, 2da. Columna, fila Nº 135, 136 y 137. DICE: Nasca Pagina: 263846, 2da. Columna, fila Nº 135, 136 y 137. DEBE DECIR: Nazca 04894

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Solicitan al OSINERG la revision y reduccion de tarifas electricas en las ciudades de Chachapoyas, Luya-Lamud, Bagua y Bagua Grande
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2004-CR/GRA. Chachapoyas, 3 de marzo del 2004 POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la Ley Nº 25844 y D.S. Nº 00993-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional como Organo normativo del Gobierno Regional, expresan la decision sobre asuntos de interes social, publico e institucional; Que, la Ley Nº 25844 y D.S. Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, autoriza la venta de energia a los concesionarios, asi como la distribucion en base a tarifa de barra;

Que, el suministro de energia electrica a las ciudades de Chachapoyas, Luya-Lamud, provienen de la Central Hidroelectrica de Caclic (4.8 MW), mientras que la energia electrica de las ciudades de Bagua Grande y Bagua son suministrados por la Central Hidroelectrica de El Muyo (5.4 MW), conducidas por las empresas ELECTRO ORIENTE y ELECTRO NORTE, generadora y comercializadora de energia electrica en la Region Amazonas; Que, asimismo, es de precisar que el 75% de la poblacion de la Region Amazonas, es de extrema pobreza, no estando en condiciones de pagar un elevado costo de energia electrica de S/. 0.4402 x KWH, mientras que en MORDAZA y otras ciudades es de S/. 0.033 x KWH para usuarios BT5, no guardando ninguna relacion entre los precios ni las condiciones socioeconomicas de la colectividad; Que, las ciudades de Chachapoyas, Luya-Lamud, Bagua y Bagua Grande (Utcubamba) al ser abastecidos por centrales hidroelectricas y teniendo en cuenta que el 75% de la poblacion se encuentra en extrema pobreza, que tambien son usuarios, la Comision Investigadora para la Evaluacion del Sistema Electrico en la Region Amazonas, al realizar el estudio de costos comparativos, han llegado a la conclusion que los costos de tarifas electricas, no guardan ninguna relacion de equidad, por lo que siendo asi, es procedente la revision del pliego tarifario y la subsecuente reduccion del importe por KWH por consumo de energia electrica para las ciudades de la Region Amazonas; Que, en aplicacion de la Ley Nº 25844 y su Reglamento D.S. Nº 009-EM, es conveniente solicitar al Presidente del Consejo Directivo, Organismo Supervisor de la Inversion de Energia - OSINERG, la revision y reduccion de la tarifa electrica en la Region Amazonas, esto en aplicacion del MORDAZA de equidad, senalado en la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, en salvaguarda de los intereses economicos y sociales de la colectividad en general, con las atribuciones conferidas por la MORDAZA y con la aprobacion del Pleno del Consejo Regional. ACUERDA: Articulo Primero.- Al MORDAZA de la Ley Nº 25844 de Concesiones Electricas - D.S. Nº 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y otros dispositivos vigentes sobre la materia, solicitar al senor Presidente del Consejo Directivo, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, la REVISION y REDUCCION de las tarifas electricas en las ciudades de Chachapoyas, LuyaLamud, Bagua y Bagua Grande, que permitan mayor acceso a los usuarios y puedan incursionar en las actividades que fomenten el desarrollo de la mediana y pequena industria de nuestra Region. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de OSINERG, el INFORME FINAL, las Recomendaciones y Conclusiones de la Comision Investigadora para la Evaluacion del Sistema Electrico de la Region Amazonas, asi como del Acuerdo de fecha 3-6-2003 que declara en situacion de emergencia la linea de media tension de 22.9 KV de la MORDAZA de maquinas de la Central Hidroelectrica Caclic - Chachapoyas. Articulo Tercero.- Transcribir y comunicar el presente Acuerdo con sus considerandos a las empresas ADINELSA, ELECTRO ORIENTE, ELECTRO NORTE, asimismo a los senores Alcaldes Provinciales de Chachapoyas, Luya, Utcubamba, Bagua y Direccion Regional de Energia y Minas, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion del presente Acuerdo en el diario La Republica y el Diario Oficial El Peruano, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 04960

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