Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese, en el Diario Oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de febrero del 2004, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese.

Primero.- DESIGNAR, a la Abog. MORDAZA MORDAZA Cosmopolis MORDAZA MORDAZA, Secretaria General del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, responsable de brindar informacion requerida por los ciudadanos en aplicacion del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM - T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. Segundo.- DESIGNAR, al Ing. MORDAZA MORDAZA Bitocchi, Jefe de la Division de Mercadotecnia del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, como responsable del diseno e ingreso de la informacion al MORDAZA de la institucion en aplicacion del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM - T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su Reglamento. Registrese y comuniquese.

MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 05001

MORDAZA COELLO MORDAZA Presidente Ejecutivo 05042

INICTEL
Designan funcionarios responsables de brindar informacion requerida por ciudadanos y del ingreso de informacion al MORDAZA de la institucion
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y CAPACITACION DE TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 020-2004-MTC/INICTEL-PE San MORDAZA, 24 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, se entiende por entidades de la Administracion a las senaladas en el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - "Ley de Procedimiento Administrativo General"; Que, siendo el INICTEL un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se encuentra dentro de los alcances del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el Art. 8º del T.U.O. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece que las entidades obligadas a brindar informacion, deben de identificar, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar informacion; caso contrario las responsabilidades administrativas y penales recaeran en el Secretario General de la institucion o quien haga sus veces; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM - Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece que la designacion del funcionario o funcionarios responsables de entregar informacion y del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, la que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano"; Que, en consecuencia, es necesario designar a los funcionarios responsables de brindar informacion y del diseno e ingreso de la informacion al MORDAZA del INICTEL, de conformidad con la normativa MORDAZA senalada; Con las visaciones de la Direccion General, de la Oficina de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Legal; En uso de las facultades conferidas por el articulo 24º inciso o) del Estatuto del INICTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-MTC de 23 de MORDAZA de 2001 y modificado por Decreto Supremo Nº 042-2001-MTC de 6 de setiembre de 2001;

OSIPTEL
Autorizan viaje de Gerente General para participar en el I Foro Internacional e-Panama
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 020-2004-PD/OSIPTEL MORDAZA, 9 de marzo del 2004 MATERIA : Participacion de la Gerente General, MORDAZA MORDAZA V. de MORDAZA, en el I Foro Internacional e-Panama, organizado por la Comision e-Panama en la MORDAZA de Panama los dias 6 al 7 de MORDAZA de 2004. VISTA: La carta de invitacion cursada al Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), por el Presidente del Comite Organizador del I Foro Internacional ePanama, para que participe como expositor en dicho evento, organizado por la Comision e-Panama, que se celebrara en la MORDAZA de Panama, los dias 6 al 7 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, el evento tiene por objeto discutir e intercambiar experiencias sobre temas como la Agenda de Conectividad, el desarrollo economico y la brecha digital, las Tecnologias de la Informacion y de la Comunicacion (TICs) para el desarrollo y la sociedad de la informacion y la economia del conocimiento; Que, en el MORDAZA de dicho evento OSIPTEL expondra el tema "Experiencias de los Organismos Reguladores y la Agenda de Conectividad" dentro de la sesion denominada "Conectividad y la Sociedad de la Informacion"; Que, los temas materia de discusion forman parte de la agenda de OSIPTEL, por lo que es de interes institucional la participacion de la doctora MORDAZA MORDAZA V. de MORDAZA, Gerente General de OSIPTEL, en el evento mencionado; Que, entre los panelistas invitados se encuentran representantes de importantes organizaciones internacionales como la Comision Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Instituto de Conectividad de las Americas (ICA), la Organizacion de Naciones Unidas (ONU), entre otros, asi como representantes de organizaciones gubernamentales de MORDAZA, MORDAZA y Europa; Que, la asistencia de la Gerente General de OSIPTEL al referido evento, no generara gasto alguno al Estado Peruano, por cuanto la entidad organizadora del evento cubrira los gastos ocasionados por pasajes aereos, viaticos y hospedaje;

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