Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2004 (20/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 264970

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2004

tante del Ministerio de Salud ante la Sociedad de Beneficencia Publica de Chincha, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 05595

Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 05602

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan representantes del ministerio ante la Comision Multisectorial Ad Hoc constituida mediante la R.S. Nº 0112000-PROMUDEH
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2004-TR MORDAZA, 16 de marzo del 2004 VISTO: El Oficio Nº 101-2004-MTPE/DVMPEMPE, de fecha 9 de febrero de 2004, del Despacho Viceministerial de Promocion del Empleo y de la Micro y Pequena Empresa; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 001-2000-PROMUDEH, de fecha 1 de febrero de 2000, se aprobo el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2000-2005, con la finalidad de garantizar a mediano plazo politicas publicas que logren cambios en los patrones culturales y que legitimen la igualdad como un valor social y una practica cotidiana entre hombres y mujeres; Que, por Resolucion Suprema Nº 011-2000-PROMUDEH, de fecha 5 de MORDAZA de 2000, se constituye la Comision Multisectorial Ad Hoc, encargada de las acciones de seguimiento del citado Plan, asi como del diseno de un sistema de monitoreo y evaluacion a nivel nacional, regional y local para verificar sus resultados; Que, la Comision a que hace referencia el considerando anterior, estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del E m p l e o, e l m i s m o, q u e p o d r a c o n t a r c o n u n Representante o Miembro Alterno, designado por Resolucion Ministerial; Que, conforme a los considerandos expuestos, es necesario emitir el acto administrativo que designe al representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la referida Comision Multisectorial Ad Hoc; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Ar ticulo 1º.- Designase, a la senora MORDAZA MORDAZA O'BRIEN, Coordinadora Nacional de la Red Sil - Proempleo, y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de Promocion del Empleo (e) de la Direccion de Promocion del Empleo de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, como representantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respectivamente, ante la Comision Multisectorial Ad Hoc encargada del seguimiento y evaluacion del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2000-2005, constituida por Resolucion Suprema Nº 011-2000-PROMUDEH.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 196-2004-MTC/02 MORDAZA, 19 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialicad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes tecnicos, se evalua, a traves de chequeos tecnicos en simulador de vuelo y en la aeronave; Que, con Carta GOP-042-2003-CDP, del 5 de marzo del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.