Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2004 (20/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2004

lor referencial de S/. 1'269,986.83; en virtud de ello se exonero al INABIF de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, autorizando realizar dicha adquisicion mediante Adjudicacion de Menor Cuantia; Que conforme lo indica el Art. 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, la referida Situacion de Urgencia permitio contar con el tiempo necesario para incluir una Licitacion Publica en el Plan Anual del Ano 2003 y llevarlo a cabo como MORDAZA principal para la adquisicion y contratacion definitiva de alimentos, lo que no ocurrio al vencerse el ejercicio presupuestal 2003, incurriendo en responsabilidad las Unidades Organicas involucradas asi como los funcionarios y servidores encargados de asegurar la continuidad de las actividades que desarrolla el INABIF, mediante la oportuna programacion, adquisicion y abastecimiento de alimentos a las Unidades Operativas; Que el Art. 47º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 dispone que los funcionarios y servidores que participan en los procesos de adquisicion de bienes son responsables del cumplimiento de sus normas, y senala las sanciones a aplicarse en caso de incumplimiento; Que por otro lado, mediante Resolucion Presidencial Nº 016 de fecha 30 de enero de 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano 2004, dentro del cual se encuentra considerada la Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos y a traves de la Resolucion de Gerencia General Nº 008 del 25 de febrero de 2004 se designa a los miembros del Comite Especial encargado de llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion, el mismo que se realizaria en el transcurso de dos meses aproximadamente; Que mediante el Informe Nº 262-2004-INABIF-OA-UL fecha 4 de marzo de 2004, la Unidad de Logistica informa que desde que se declaro la Situacion de Urgencia en el mes de noviembre pasado, aun no se ha contratado con la empresa proveedora, lo que afectaria la provision y stock de alimentos destinados a la poblacion objetivo de la Institucion, presentandose una situacion extraordinaria, por lo que recomienda ampliar la situacion de urgencia declarada mediante Resolucion Presidencial Nº 358 del 10 de noviembre de 2003; Que al no haberse contratado aun al proveedor que suministre alimentos a la Unidades Operativas del INABIF como consecuencia de la no inclusion del MORDAZA principal en el Presupuesto del Ano 2003, se ha generado una situacion extraordinaria e imprevisible, que no permitiria contar de manera inmediata con los alimentos a partir de la MORDAZA semana de marzo de 2004; situacion que afectaria y acarrearia riesgo a la poblacion objetivo del INABIF; Que mediante Informe Nº 262-2004-INABIF-OA-UL de la Unidad de Logistica e Informe Nº 167-2004-INABIF-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, se indica que la exoneracion permitira adoptar acciones inmediatas acordes con la oportunidad y necesidad de los servicios; y permitira ahorro en los costos que normalmente demanda un MORDAZA de seleccion identificando a los proveedores que presenten su propuesta en concordancia con los intereses de la Institucion y la calidad requerida; asimismo, se podra contar con una cantidad suficiente de alimentos que permitira realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que el Art. 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, y el Art. 108º Inc. 2) de su Reglamento, preveen la situacion de urgencia como una medida temporal ante la ausencia extraordinaria e imprevisible de un bien que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones que la Entidad tiene a su cargo, determinando una accion rapida a fin de adquirir o contratar los bienes indispensables para paliar la urgencia, y por el tiempo o cantidad necesaria para llevar a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion; Que el Art. 19º Inc. c) del T.U.O. de la Ley Nº 26850 establece que las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; en este caso, conforme a lo dispuesto por el Art. 20º de la misma ley, tales adquisiciones y contrataciones se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que la solicitud de ampliar la situacion de urgencia para la adquisicion de alimentos, por el valor referencial de S/. 789,866.43 referidos en el numeral III.1 del Informe Nº 2622004-INABIF-OA-UL emitido por la Unidad de Logistica, se adecua a lo previsto en las normas sobre contrataciones y adquisiciones;

Que por las consideraciones expuestas, se encuentra evidenciada la necesidad de prorrogar la situacion de urgencia conforme al T.U.O. de la Ley Nº 26850, y por lo tanto procederia la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo; debiendose expedir el acto resolutivo pertinente conforme a lo dispuesto por el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 concordante con el articulo 113º de su Reglamento; Que atendiendo a las consideraciones expuestas, mediante los documentos del visto se sustenta la necesidad de prorrogar la Situacion de Urgencia para la adquisicion de alimentos, por la cantidad y monto que se precisa en dichos documentos, exonerandolo del respectivo MORDAZA de seleccion; con lo que se podra contar con una cantidad suficiente de alimentos que permitira realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Con las visaciones de la Unidad de Logistica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia General y la Oficina de Asesoria Juridica, y estando a lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y el inciso c) del Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 830; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la Situacion de Urgencia declarada por Resolucion Presidencial Nº 358 de fecha 10 de noviembre de 2003, para la adquisicion de alimentos en el INABIF, atendiendo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, conforme al siguiente detalle:
OBJETO VALOR REFERENCIAL (S/.) S/. 789,866.43 PERIODO OBSERVACIONES FUENTE DE FINANCIAMIENTO

ADQUISICION DE ALIMENTOS

Del 9 de marzo de 2004 al 30 de MORDAZA de 2004.

UNIDADES RECURSOS OPERATIVAS ORDINARIOS

Articulo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, EXONERESE a la Institucion de llevar cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, debiendo realizarse por Adjudicacion de Menor Cuantia por las cantidades y montos indicados, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y su Reglamento. Articulo Tercero.- Designar el Comite Especial encargado de organizar y conducir el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia a que se refiere el articulo MORDAZA de la presente Resolucion, el cual estara conformado por las siguientes personas. MIEMBROS TITULARES: - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ysusqui, quien la presidira. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Unidad de Contabilidad. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia de Promocion Familiar. MIEMBROS SUPLENTES: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Oficina de Administracion. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Area de Almacen. - Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia de Promocion Familiar. Articulo Cuarto.- La Oficina de Control de la Entidad debera determinar las responsabilidades de las Unidades Organicas involucradas asi como de los funcionarios y servidores que no cumplieron con realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de alimentos durante el periodo de duracion de la Situacion de Urgencia. Articulo Quinto.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion, asi como sus informes tecnico y legal que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias calendario siguientes.

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