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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2004 (26/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 133

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G35/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 26 de marzo de 2004 nalidad y la forma", concordante con la Jurisprudencia Nacional expedida por la Segunda Sala Civil de la CorteSuperior de Lima, Expediente Nº 1640-91, la misma querefiere: "Para que el acto jurídico tenga existencia jurídicaes necesario la presencia de elementos tales como la ma-nifestación de la voluntad, la capacidad, el objeto, la finali-dad y la forma, que viene a constituir requisitos esencialespara su validez, que la carencia de uno de estos requisitoses la que conduce a la nulidad de dicho acto; que merituanuestro ordenamiento civil ..."; Que, el Acuerdo de Concejo fue suscrito por el Conce- jo en pleno de la Gestión 1999-2002, el mismo que no te-nía atribuciones para la suscripción del referido instrumen-to, toda vez que las funciones de los aludidos represen-tantes está prevista en el artículo 36º de la Ley Nº 23853Ley Orgánica de Municipalidades, Norma vigente a la sus-cripción del cuestionado Acuerdo y donde no se adviertela atribución del Concejo para suscribir dicho Acuerdo, porconsiguiente dicho acto administrativo es Nulo de puro de-recho y el agravio que causa a esta Municipalidad es comosigue: Transgrede el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pú-blico y su Reglamento aprobado por el Decreto SupremoNº 005-90-PCM, que en su artículo 41º señala: "...El rein-greso a la Carrera Administrativa procede a solicitud departe interesada y sólo por necesidad institucional y siem-pre que exista plaza vacante presupuestada, en el mismonivel de carrera y otro inferior al que ostentaba al momentodel cese, antes que la plaza vacante se someta a concur-so de ascenso. Se produce previa evaluación de las califi-caciones y experiencia laboral del ex servidor. El reingre-so no requiere de concurso si se produce dentro de losdos (2) años posteriores al cese, siempre que no existaimpedimento legal o administrativ o en el ex servidor..."; Viola así mismo la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto para el Ejercicio Presupuestal 2002, la misma que prohíbeefectuar nombramientos, recategorizar o modificar, asimis-mo, contraviene la Ley Nº 24041, la misma que prohíbecrear plazas en el sector público, como es el caso de laMunicipalidad San Martín de Porres; Trastoca la Ley Nº 27452, la misma que dispone la crea- ción de la Comisión Especial encargada de la Revisión delos ceses colectivos efectuados en las empresas del Esta-do sometidas a procesos de promoción privada, como esel caso de autos, usurpando las funciones de la misma ydecretando la reincorporación ilegal de la servidora Muni-cipal; Infringe la Ley Nº 27806 la misma que regula comple- mentariamente las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encarga-das de revisar los ceses colectivos efectuados en las em-presas del Estado sujetas a procesos de promoción de lainversión privada y en entidades del sector público y go-biernos locales, ley que debía reincorporar a los ex traba-jadores comprendidos en el ámbito de la ley que se en-cuentren debidamente registrados, que cuenten con pla-zas presupuestadas vacantes y previa calificación; Estando a lo Informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 270-2004-GAJ/MDSMP , deconformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de laConstitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537,con las facultades conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, y el artículo 11º de la LeyNº 27584 - "Ley que Regula el Proceso ContenciosoAdministrativo" el Concejo Municipal aprobó por mayo-ría con siete (7) votos a favor efectuadas por el señorAlcalde Lucio Jorge Campos Huayta y de los señoresRegidores Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Fe-rrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda,Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo de la CruzMartínez, Carlos Alberto Castillo Vidalon; y con seis(6) abstenciones de los señores Regidores Jesús Al-varo Veliz Duarte, Luis Caballero Sabino, Pedro CarlosCasanova Saavedra, María Guadalupe García Barrio-nuevo, Carlos Enrique Calderón Carvajal, RobertoAsunción Castillo Paulino y con dispensa de lectura yaprobación de Acta el siguiente; ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal, a interponer la demanda Contencioso Admi-nistrativo de Nulidad de Acuerdo de Concejo Nº 59-2002/MDSMP del 21.10.2002, que aprueba la incorporación desus labores a la señora FELICITA IVONNE MOORE ORE-LLANA, en la Municipalidad de San Martín de Porres.Artículo Segundo.- Encargar a la Procuraduría Muni- cipal, informar respecto a las acciones que se han de im-plementar, así como el estado de los mismos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 05971 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G64/G6F/G20/G79 /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2004-ALC/MDSA Santa Anita, 19 de marzo de 2004EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITACONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 006-2004-MDSA, de fe- cha 13 de febrero de 2004, se autoriza la emisión masivade actualización de valores, determinación del ImpuestoPredial del ejercicio 2004, de los predios ubicados en eldistrito de Santa Anita; Que, en su artículo quinto, establece el vencimiento para el pago del Impuesto Predial, de conformidad conel artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley deTributación Municipal, indicando como fecha de venci-miento al contado y la primera cuota el 28 de febrero,respectivamente; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2004-MDSA, se prorrogó hasta el 19 de marzo de 2004 el vencimiento del pago al contado y primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2004; Que, en mérito a los innumerables pedidos de los con- tribuyentes que no han podido cumplir con sus obligacio-nes de pago, es necesario ampliar la fecha de vencimientode pago del Impuesto Predial hasta el 19 de marzo de 2004; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipali-dades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2004 el vencimiento del pago al contado y primera cuotadel Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2004. Artículo Segundo.- Dar cuenta al Concejo y encár- guese el cumplimiento del presente Decreto a la Gerenciade Rentas, Gerencia de Administración y Subgerencia deInformática, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 05997 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G2D /G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 134-2004-GDU-GCDL-MSS Expediente Nº 011146-2003 M-2 Santiago de Surco, 5 de marzo de 2004 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO