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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2004 (03/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G37/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de mayo de 2004 Terry, quien fuera ilustre Magistrado del Tribunal Constitu- cional y su Presidente en el período setiembre a diciembrede 2002; Que el Artículo 247º de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, aplicable supletoriamente en virtud de lo prescrito enel Artículo 63º de la Ley Nº 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional, establece que no hay Despacho Judicial, entre otros, los días de duelo judicial; y, Estando a lo acordado por el Pleno del Tribunal Consti- tucional; y en uso de las facultades previstas en la LeyOrgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar duelo en el Tribunal Constitucio- nal, el 3 de mayo del 2004, día de las exequias del señordoctor Guillermo Rey Terry. Artículo 2º.- Izar, a media asta, el Pabellón Nacional el día de las exequias, en el local de la sede legal del Tribunal Consti-tucional de la ciudad de Arequipa, como en el de la ciudad deLima. Artículo 3º.- Rendir honores póstumos al señor doctor Guillermo Rey Terry, que correspondan a la investidura del cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional. Artículo 4º.- Suspender el Despacho Jurisdiccional del Tribunal Constitucional, el 3 de mayo del 2004, día de lasexequias del referido ex Magistrado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 08428 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G6D/G75/G74/G75/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G61/G6C/G6F/G2D /G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G53/GFA/G70/G65/G72/G20/G52/G65/G6E/G74/G61/G20/G56/G49/G50/G20/G46/G4D/G49/G56 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 043-2004-EF/94.11 Lima, 29 de abril de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004/008616 iniciado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el In-forme Nº 158-2004-EF/94.55 de fecha 29 de abril de 2004,presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV Nº 618-97-EF/94.10 del 23 de septiembre de 1997 se autorizó a ContinentalS.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inver- sión en Valores y Fondos de Inversión, hoy denominada Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, paraadministrar fondos mutuos de inversión en valores; Que, por Resolución Gerencia General Nº 033-2002- EF/94.11 de fecha 22 de mayo de 2002 se dispuso la ins-cripción del fondo mutuo de inversión en valores denomi- nado Súper Renta VIP FMIV, en la sección correspondien- te del Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito presentado el 22 de marzo de 2004, complementado el 15 de abril de 2004, ContinentalS.A. Sociedad Administradora de Fondos solicita y presentala documentación requerida para que se realice el trámitecorrespondiente a la inscripción de la modificación del Re- glamento de Participación del fondo mutuo de inversión envalores Súper Renta VIP FMIV; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que se ha cumplido con presentar los requi-sitos previstos en el artículo 38º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Adminis- tradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos de CONASEV, Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; Que, el procedimiento de modificación del Reglamento de Participación implica la modificación en el cálculo de la comisión de rescate, que podría traer consigo un incre- mento en la comisión a ser cobrada a los partícipes, por loque resultan de aplicación los artículos 40º y 41º del Re-glamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y susSociedades Administradoras, que prevé para estos casosque a los partícipes del fondo mutuo les asiste el derecho de optar por el rescate de sus cuotas sin estar afectos a comisión por esta operación; Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso j) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA-SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como por elartículo 37º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inver- sión en Valores y sus Sociedades Administradoras; y, en aplicación de las facultades delegadas al Gerente Generalmediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institu-ción reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de la modificación al Reglamento de Participación del fondo mutuo de inversión envalores denominado Súper Renta VIP FMIV, en la sección co-rrespondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Continental S.A. Sociedad Administrado- ra de Fondos deberá notificar a los partícipes del fondo a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, den-tro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada la pre-sente resolución, el nuevo texto del Reglamento de Partici-pación y, posteriormente, publicar la modificación realiza-da y un resumen explicativo de la misma en el Diario Ofi- cial El Peruano y en otro de circulación nacional. Artículo 3º.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos deberá otorgar un plazo de quince (15) días hábi-les contados desde la última publicación a que alude el artí-culo anterior, para que los partícipes del fondo señalado en elartículo 1º de la presente Resolución puedan optar por el res- cate de sus cuotas sin estar afectos a comisión de rescate. Artículo 4º.- La modificación al Reglamento de Partici- pación surtirá todos sus efectos vencido el plazo a que serefiere el artículo anterior. Artículo 5º.- La inscripción a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del mencionado fon- do mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad ocalidad del mismo. Artículo 6º.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar elmencionado fondo mutuo no debe inducir a error o confu- sión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversiónen Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 7º.- Continental S.A. Sociedad Administrado- ra de Fondos deberá remitir a CONASEV dos (2) ejempla-res (uno en forma impresa) del Reglamento de Participa- ción del fondo mutuo de inversión en valores denominado Súper Renta VIP FMIV, en el plazo de quince (15) días há-biles siguientes a la notificación de la presente resolución. Artículo 8º.- Transcribir la presente Resolución a Conti- nental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BBVABanco Continental en su calidad de Custodio del fondo mutuo antes mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SILVA WITHMORY Gerente General 08352