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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G37/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de mayo de 2004 las condiciones de una economía de mercado en lo que respecta a la manufactura, la producción y la venta de tal producto (...)" En efecto, carece entonces de fundamento lo indicado por la Embajada de China respecto de la supuesta viola- ción a los términos ya negociados al momento de su Adhe-sión China a la OMC, pues precisamente dicho supuesto estaba expresamente contemplado en el protocolo. En consecuencia, debe confirmarse la Resolución ape- lada en el extremo en que empleó los precios de exporta- ción de Corea destinados al mercado interno peruano a efectos de estimar el valor normal. III.5.2.2 Cálculo del v alor normal El valor normal para los neumáticos originarios de China fue calculado a partir de los precios de exporta- ción de los neumáticos investigados originarios de Coreay de Ecuador - para los neumáticos de medida 1200 x 20-16 - destinados al mercado peruano. Cuadro 3 Estimación del valor normal de neumáticos para automóviles, camionetas y camiones originarios y/o procedentes de China Valor normal (US$/unidad) No Automóviles 1 Radial 12 15,6 2 175/70 R13 14,3 3 185/70 R13 16,64 185/70 R14 19,25 205/70 R14 25,4 No Camionetas 6 y 8 700x15 34,7 7 y 11 750x16 47,6 9 600x14 21,4 10 650x14 28,9 No Camiones 12 y 15 1100x20-16 111,8 13 y 16 1200x20-16 123,9 14 y 17 1200x20-18 136,7Tipo de neumático Fuente: ADUANAS Elaboración: ST-CDS/INDECOPI III.5.3 Determinación del margen de dumping En concordancia con lo determinado por la Comisión y según lo expuesto en los acápites anteriores, se ha determinado el margen de dumping - expresado como porcentaje del precio de exportación - como se muestraa continuación: Cuadro 4 Determinación del margen de dumping (Hankook) Valor normal Precio FOB Margen de (US$/unidad) (US$/unidad) Dumping (%) No Automóviles 1 Radial 12 15,6 11,9 31,4% 2 175/70 R13 14,3 11,8 21,0% 3 185/70 R13 16,6 15,0 10,8%4 185/70 R14 19,2 14,8 29,6% 5 205/70 R14 25,4 16,0 58,6% No Camionetas 6 y 8 700x15 34,7 35,9 - 7 y 11 750x16 47,6 48,4 - 9 600x14 21,4 23,5 - 10 650x14 28,9 26,2 10,2% No Camiones 12 y 15 1100x20 - 16 111,8 108,9 2,7% 13 y 16 1200x20 - 16 123,9 - - 14 y 17 1200x20 - 18 136,7 108,5 26,0%Tipo de neumático Fuente: ADUANAS Elaboración: ST-CDS/INDECOPICuadro 5 Determinación del margen de dumping (Triangle) Valor normal Precio FOB Margen de (US$/unidad) (US$/unidad) Dumping (%) No Automóviles 1 Radial 12 15,6 10,3 51,8% 2 175/70 R13 14,3 - -3 185/70 R13 16,6 - -4 185/70 R14 19,2 - -5 205/70 R14 25,4 - - No Camionetas 6 y 8 700x15 34,7 23,6 47,1% 7 y 11 750x16 47,6 30,4 56,5% 9 600x14 21,4 13,4 60,0% 10 650x14 28,9 15,3 88,7% No Camiones 12 y 15 1100x20 - 16 111,8 84,4 32,5% 13 y 16 1200x20 - 16 123,9 - -14 y 17 1200x20 - 18 136,7 96,4 41,8% Fuente: ADUANASElaboración: ST-CDS/INDECOPITipo de neumático Cuadro 6 Determinación del margen de dumping (Hangzhou) Valor normal Precio FOB Margen de (US$/unidad) (US$/unidad) Dumping (%) No Automóviles 1 Radial 12 15,6 - - 2 175/70 R13 14,3 - - 3 185/70 R13 16,6 - -4 185/70 R14 19,2 - - 5 205/70 R14 25,4 - - No Camionetas 6 y 8 700x15 34,7 23,9 45,3% 7 y 11 750x16 47,6 30,2 57,5% 9 600x14 21,4 - - 10 650x14 28,9 13,6 112,3% No Camiones 12 y 15 1100x20 - 16 111,8 73,5 52,1% 13 y 16 1200x20 - 16 123,9 - - 14 y 17 1200x20 - 18 136,7 75,3 81,5% Fuente: ADUANAS Elaboración: ST-CDS/INDECOPITipo de neumático Con relación al margen de dumping para las demás empresas -diferentes de Hankook, Triangle y Hangzhou-,debe indicarse que el margen calculado para los neumá- ticos para camiones de las medidas 1100 x 20; 1200 x 20 considerado por la Comisión debe ser modificado, de-biendo especificarse para ello el lonaje correspondiente a dichas medidas, según se identificó en la denuncia pre- sentada por Lima Caucho. Ello, debido a que en la defini-ción de producto similar establecida en el acápite III.4, se identificó al número de lonas como una característica importante a efectos de determinar la similitud entre elproducto nacional y el denunciado, razón por la cual re- sultaba necesario efectuar las comparaciones entre el precio de exportación y el valor normal en lo referido alproducto especificado en la denuncia que originó la pre- sente investigación. En la solicitud de inicio de investigación, se mencionó entre los productos denunciados a los neumáticos para camiones de las medidas 1100 x 20-16; 1200 x 20-16 y 1200 x 20-18, vale decir a los neumáticos de las medidas1100 x 20; 1200 x 20, especificando el número de lonas de cada modelo, es decir, 16 y 18 lonas. Por tanto, la determinación del margen de dumping debe ceñirse alas especificaciones indicadas en la solicitud de inicio de investigación, teniendo en cuenta que se ha determina- do que el número de lonas es una característica relevan-te a efectos de determinar la similitud de los productos investigados respecto de los nacionales.