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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G38/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de mayo de 2004 Que, además de ello sustenta que no existe aproba- ción formal del Plan Académico Anual de 2004, sin embar-go, del Informe Nº 244-2004-AMAG-LOG, se verifica laaprobación de actividades académicas hasta el mes dejunio del año en curso, de otro lado se advierte que esrecién mediante Informe Nº 243-2004-AMAG-LOG, de fe-cha 12 de abril que se propone la conformación de un Co-mité Especial para la contratación de dicho servicio; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado mediante Resolución Nº 133-2003-AMAG-CD/P,previó la realización del Proceso de Selección para la ad-quisición de pasajes en el mes de febrero del año en curso; Que, el Comunicado Nº 002-2003-CONSUCODE-PRE, emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, precisa que la omisión de una opor-tuna convocatoria a los procesos de selección respectivosque obligue en los casos de actividades esenciales de lasEntidades, a la declaración de una situación de urgencia yposterior exoneración del proceso de selección respectivosupone necesariamente la determinación de las respon-sabilidades que correspondan, conforme a lo establecidoen los artículos 24º y 47º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, por otro lado, resulta necesario dar continuidad a las actividades esenciales de la Academia de la Magistratura, or-ganismo que por disposición constitucional imparte capacita-ción a los magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público anivel nacional, a través de sus diversos eventos académicos; Que, de conformidad con el artículo 113º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,el Informe Nº 225-2004-AMAG-AL, de la Asesoría Legal con-cluye por la necesidad de contratar el Servicio de Transporte, aefectos de no perjudicar el normal desenvolvimiento de las acti-vidades académicas de la institución próximas a ejecutarse,por lo que deviene en procedente la contratación sugerida vía laExoneración de Ley atendiendo a la situación de urgencia; Conforme al artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando porlas causas que se mencionan en el artículo 19º, se exonera lasadquisiciones o contrataciones, debe recurrirse al proceso deadjudicación de menor cuantía, debiendo tal exoneración apro-barse mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, a tenor del artículo 20º de la Ley, y el artículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba laexoneración y los informes que la sustentan deben ser re-mitidos dentro de los diez días calendario a la ContraloríaGeneral de la República, y publicada en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a lafecha de su emisión o adopción, según corresponda; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Esta-tuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Re-solución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con elmandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y con car-go a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública la contratación del Servicio deTransporte (pasajes aéreos y terrestres) para la Academiade la Magistratura, por la causal establecida en el literal c) delartículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, porcuanto ésta se presenta por la causal de urgencia, en tantose realice el proceso regular de selección, por el período com-prendido del 29 de abril al 28 de mayo de 2004, y por un valorreferencial total de S/. 20,000.00 Nuevos Soles, con cargo ala fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo Segundo.- Disponer que la Subdirección de Logística, mediante acciones inmediatas proceda a la con-tratación del Servicio de Transporte. Artículo Tercero.- Disponer que Secretaría Adminis- trativa remita copia de la presente Resolución y de los In-formes que sustentan la exoneración a la Contraloría Ge-neral de la República dentro del término de diez días ca-lendario siguiente a la fecha de aprobación, así como supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Disponer que por ante el área corres- pondiente se inicien los actos administrativos necesariospara el deslinde de responsabilidades conforme la normati-va en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELCIRA VÁSQUEZ CORTÉZ Presidenta del Consejo Directivo de laAcademia de la Magistratura 08470/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G2D /G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G61/G6C/G6C/G65/G72/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 247-2004-ANR Lima, 13 de abril de 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 305-2004-SE de fecha 12 de abril de 2004 de la Secretaría Ejecutiva de la ANR y la invita-ción cursada por el Consejo Nacional de Educación Supe-rior del Ecuador, CONESUP; y, CONSIDERANDO: Que, por Memorándum Nº 305-2004-SE de fecha 12 de abril de 2004 la Secretaría Ejecutiva comunica la invita-ción cursada al Presidente de la Asamblea Nacional deRectores, Ing. Luis Francisco Delgado de la Flor B., de partedel Consejo Nacional de Educación Superior del Ecuador,CONESUP, con motivo del Tercer Aniversario de dichoConsejo, para participar en el Taller Andino de EducaciónSuperior en Quito - Ecuador los días 10 y 11 de mayo de2004; por lo que, dispone la elaboración de la resoluciónautorizando el viaje del Ing. Delgado de la Flor; Que, mediante Oficio Nº 084-CONESUP PRC de fecha 29 de marzo de 2004, el Presidente del Consejo Nacionalde Educación Superior del Ecuador, comunica que entre lostemas a tratarse en el Taller Andino de Educación Superior,figura lo relacionado con el reconocimiento de títulos, la li-bre circulación de profesionales andinos, la homologación yequipamiento de estudios y títulos universitarios; Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú consagra el principio de la autonomía del sistema universi-tario, del cual forma parte la Asamblea Nacional de Recto-res, como ente coordinador de las Universidades del País; Que, los gastos de pasajes aéreos, tres (3) días de viáticos e impuestos de ambos aeropuertos, serán cubiertos por la Asam-blea Nacional de Rectores, debiendo viajar el señor Presidenteel día lunes 10 y retornar el día miércoles 12 de mayo de 2004; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la AsambleaNacional de Rectores y en virtud del Reglamento Generalde la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Luis Fran- cisco Delgado de la Flor Badaracco, Presidente de la Asam-blea Nacional de Rectores, a la ciudad de Quito - Ecuador,para participar con motivo del Tercer Aniversario del Con-sejo Nacional de Educación Superior del Ecuador - CO-NESUP, en el Taller Andino de Educación Superior en Qui-to, a llevarse a cabo los días 10, 11 y 12 de mayo de 2004. Artículo 2º.- La Asamblea Nacional de Rectores sufra- gará los gastos que se detalla: - Pasaje aéreo ruta: Lima - Quito $ 265.71 Quito - Lima, incluido IGV. - Viáticos de $200.00 por día (tres) $ 600.00- Impuesto Aeropuerto Lima $ 28.00 - Impuesto Aeropuerto Quito $ 25.00 Artículo 3º.- Dentro de los (15) quince días calendario si- guientes de efectuado el viaje, el Presidente de la ANR deberápresentar a la Institución un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- El egreso que el cumplimiento de la pre- sente resolución, se afectará a los Grupos Genéricos yEspecíficos del Gasto: 5.3.11.32 "Pasajes y Gastos deTransporte", 5.3.11.20 "Viáticos y Asignaciones" con car-