Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2004 (13/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2004 DEBE DECIR:
MENSUAL ANALITICO MENSUAL ANEXO II UBICACION MORDAZA UBICACION ARBITRIO Limpieza Publica MORDAZA B Parques y Jardines Serenazgo MORDAZA A MORDAZA B MORDAZA A MORDAZA B MORDAZA A USO PREDIO ANUAL TASA ANUAL (Soles/m2) 1.75678 2.10637 2.32582 2.78865 0.08042 0.58777 0.75465 0.90558 1.14192 1.37031

NORMAS LEGALES

Pag. 268383

TASA MENSUAL MENSUAL (Soles/m2) 0.146398 0.175531 0.193818 0.232388 0.006702 0.048981 0.062888 0.075465 0.09516 0.114193

MORDAZA habitacion Comercio MORDAZA habitacion Comercio No aplicable No aplicable MORDAZA habitacion Comercio MORDAZA habitacion Comercio

09078

MUNICIPALID ALIDAD MUNICIPALIDAD DE BAR ART SAN MORDAZA
Ordenan demolicion de construcciones ilegales efectuadas sobre lote ubicado en el distrito
RESOLUCION GERENCIAL Nº 013-2004-GDUO/MDSB San MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Expediente Nº 640-04 presentado con fecha 26 de marzo del 2004 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual solicita Reconsideracion de la Resolucion Gerencial Nº 006-2004-GDUO/MDSB del 7-2-2004 de fecha 16-12-2003 que declara nula la Licencia de Obra Nº 021-2003 sobre el inmueble ubicado en la Av. Las Espumas, Lote 33, Mza. V, urbanizacion Casco MORDAZA San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA y entre otros; CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso Recurso Impugnatorio Administrativo de Reconsideracion contra la Resolucion Gerencial Nº 006-2004/GDUO/MDSB de fecha 7 de febrero del 2004, que declaro de Oficio la Nulidad de Licencia de Obras Nº 021-03 de fecha 16 de diciembre del 2003 y entre otros fundamentando su solicitud en los siguientes hechos; Que, existe un Acta de Remate de fecha 5 de setiembre del ano 1981, tambien es MORDAZA que es una forma inexplicable e inaudita que una subasta de una entidad publica se pague un porcentaje de saldo a tres letras, que supuesto sea MORDAZA esta subasta se debio cumplir con lo estipulado, quiere decir que cancelar el total del precio de la subasta para que genere las formalidades de ley, si no se cumplio quiere decir que dicha subasta deviene en nulidad de puro derecho: Que, el administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito copias fedateadas de los pagos realizados en la cual tambien menciona refinanciacion de una de las letras, por lo cual se acredita que no ha llegado a cancelar la totalidad del precio subastado en la Mza. V, Lt. 33, San MORDAZA, valga de redundancia que el adjudicado no ha cumplido con las normas y reglamentos de remates o subastas publicas de organismo del Estado, tal como lo establece el Codigo Civil vigente de modo que deviene en una subasta irregular que el Municipio debio tambien haber declarado de Oficio la nulidad de dicha subasta; Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha reaccionado despues de 23 anos aduciendo haber comprado el terreno indicado a raiz que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, luego de adquirir el mismo de buena fe, comenzo a construir tenien-

do presente que el Sr. MORDAZA nunca formalizo dicha adjudicacion, sino a partir del inicio de su tramite de construccion, es que se acerca al Municipio a regularizar dicha subasta que deviene en nula desde el momento que nunca llego a cancelar el total del precio de la venta y/o de la subasta, tal como se puede acreditar por el dicho de la misma Municipalidad de San MORDAZA en su Resolucion Nº 008-2004/GDML/MDB en la parte resolutiva, Art. 2º, que dispone el Otorgamiento de la Escritura Publica ante el Notario Publico y asimismo indica para la cancelacion del saldo pendiente a pagar el precio fijado en la subasta de fecha 5 de setiembre de 1981 se MORDAZA como referencia al MORDAZA de cambio de la moneda y actualizacion del precio relacionado con el valor, por tanto quiere decir que el Municipio ha otorgado Minuta de Compraventa sin haber cancelado el valor real y quiere regularizar dicha compra despues de 23 anos por lo cual MORDAZA con el apoyo del Municipio; Que, dicho terreno se encuentra inscrito en el Registro Predial MORDAZA a favor de COFOPRI, no obstante la Municipalidad de San MORDAZA otorga Minuta de Compraventa para que sea elevada a escritura publica ante Notario en via de Regularizacion segun acuerdo de Concejo, lo que deviene tambien en Nulo e Irregular, puesto que desde el momento que se indica otro supuesto propietario en el Lote 33 Mza. V, y al parecer el MORDAZA y Regidores se estan extralimitando en sus obligaciones y/o responsabilidades por contravenir la Ley de Procedimientos Administrativos; Que, incluye como fundamentacion agravio de Derecho, que no se dan los presupuestos legales del Procedimiento de la Ley de Procesos Administrativos Nº 27444; que el presente MORDAZA de solicitud de nulidad de otorgamiento no ha sido de conocimiento asi como tambien el inicio de la solicitud donde se pide la Nulidad de Licencia de Obras, simplemente me notifica cuando el MORDAZA esta culminado con su Resolucion que declara la Nulidad de dicha Resolucion, contraviniendo el Art. 20.2 y 20.3 de la Ley de Procedimientos Administrativos ­modalidades de notificacion personal, donde especifica que la autoridad no puede suplir alguna modalidad con otra, bajo sancion de nulidad y que se respete los citatorios, emplazamientos, requerimientos y de otros actos que segun su caso, no se han cumplido; agrega ademas como Naturaleza del Agravio, que la Municipalidad al expedir la Resolucion no ha tenido en cuenta haber notificado de acuerdo a ley y asi poder ejercer su derecho de defensa, ademas ha agraviado sus intereses de inversion ya que es un comprador de buena fe; solicitando se reforme la Resolucion Nº 006-2004-GDUO/MDSB; Que, la Reconsideracion del Administrado Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras mediante Informe Nº 060-2004-MDSB/GDUO solicito Opinion Legal a la oficina de Asesoria Legal, quien mediante Informe Legal de fecha 13 de MORDAZA de 2004 opina que debe declararse INFUNDADO la Reconsideracion por cuanto la Resolucion Gerencial Nº 006-2004-GDUO/MDSB materia de reconsideracion fue expedida al MORDAZA del articulo 202º de la Ley Nº 27444 al declarar de oficio la nulidad de la Licencia de Obra Nº 021-2003 de fecha 16/12/2003, impone una multa al administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de tres UIT, y se ordena la paralizacion inmediata de la obra de construccion, solicitando el apoyo a la Policia Nacional, bajo las consideraciones que se precisan como fundamento; Que, mediante el testimonio de Compraventa de fecha 26-6-1997 el administrado adquiere el lote controvertido a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inscrito en la ficha 2562840 as. C-2 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA de fecha 28-11-2003, verificandose que dicho instrumento adolece de una serie de irregularidades insalvables que lo convierte en ineficaz, debido que la vendedora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA lo compro directamente el terreno al Concejo Distrital de San MORDAZA en fecha 22/1/ 1991 prescindiendo y transgrediendo las normas de procedimiento de la Ley de Subasta Publica, por ser un inmueble de la Municipalidad perteneciente al sector publico del Estado, procedimiento de caracter obligatorio que lo exige; Que, la venta del terreno realizado el 22/1/1991 se realizo cuando este se encontraba adjudicado al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la Junta de Almonedas de la Municipalidad de fecha 5/9/1981 mediante subasta publica conforme la Ley lo exigia; que el testimonio de Compraventa realizado entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el administrado de fecha 26/6/1997 aparece que su inscripcion en el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA mediante ficha 2562840 as. C-2 adolece de una grave irregularidad e ilegal, por no pertenecer la ficha al predio

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