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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G33/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de mayo de 2004 Regional respectivamente y ratificar las dietas de los Con- sejeros Regionales en 1.5 de la Unidad Impositiva Tributa- ria; Que, las funciones del titular del pliego y del Vice- presidente son de alta responsabilidad, administran más de quince unidades ejecutoras, con más de veintidós mil servidores públicos; el Departamento de Junín esel quinto y más grande técnico y administrativamente de la nación y en correspondencia a ello, es ratificado; Que, de conformidad con las atribuciones conferi- das por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º Inc. f) y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Regla-mento Interno, el Consejo Regional ha tomado el si- guiente acuerdo: PrimerPrimerPrimerPrimerPrimero.-o.-o.-o.-o.- Ratificar el sueldo bruto mensual del Presi- dente Regional y Vicepresidente, vigente a diciembre del año 2003, que es de S/. 18,930.00 y S/.12,600.00 nuevossoles respectivamente. Segundo.-Segundo.-Segundo.-Segundo.-Segundo.- Ratificar la dieta mensual de los Consejeros Regionales, en 1.5 de la U.I.T . vigente a la fecha del acuer- do. Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL DUARTE VELARDE Presidente 0904609046090460904609046 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPMUNICIPMUNICIPMUNICIPMUNICIP ALIDALIDALIDALIDALIDADADADADAD METRMETRMETRMETRMETROPOLITOPOLITOPOLITOPOLITOPOLIT ANANANANANA DE LIMAA DE LIMAA DE LIMAA DE LIMAA DE LIMA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G2D /G6C/G6F/G20/G31/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G32/G2D/G30/G34/G2D/G4D/G4D/G4C/G2F/G44/G4D/G54/G55 /G79/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G2D /G64/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G75/G74/G61/G2C/G20/G72/G65/G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G64/G65/G72/G6F/G20/G79/G6F/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN DIRECTRESOLUCIÓN DIRECTRESOLUCIÓN DIRECTRESOLUCIÓN DIRECTRESOLUCIÓN DIRECT ORAL MUNICIPORAL MUNICIPORAL MUNICIPORAL MUNICIPORAL MUNICIP ALALALALAL Nº 0129-04-MML/DMTUNº 0129-04-MML/DMTUNº 0129-04-MML/DMTUNº 0129-04-MML/DMTUNº 0129-04-MML/DMTU Lima, 11 de mayo de 2004 CONSIDERANDO:Que el artículo 1º de la Resolución Directoral Munici- pal Nº 092-04-MML/DMTU, del 22 de marzo del 2004,dispuso la depuración del Padrón Individual de Vehícu- los Inscritos - PIVI, otorgando un plazo de 30 días na- turales, que venció el 23 de abril del 2004, para que laspersonas jurídicas concesionarias o autorizadas a pres- tar servicio público de transporte regular de pasajeros incluyan o sustituyan vehículos de su flota con los ve-hículos registrados en el PIVI, de acuerdo a lo señala- do en la ficha técnica de la ruta y los procedimientos establecidos; pues una vez vencido dicho plazo, la Di-rección de Estudios, Autorizaciones y Registro debía proceder de oficio al retiro definitivo de los vehículos registrados en el PIVI que no estén incluidos en unaflota determinada o que no hayan aprobado la constata- ción de características en los últimos 12 meses; Que por otro lado, es necesario tener presente la existencia de un procedimiento de ampliación de autori- zaciones, actualmente en curso, de conformidad con el Decreto de Alcaldía Nº 193, del 22 de diciembre del2003; por lo que esta Dirección Municipal de Transpor- te Urbano considera conveniente ampliar el plazo otor- gado mediante el artículo 1º de la citada ResoluciónDirectoral Municipal Nº 092-04-MML/DMTU, de tal ma- nera que las empresas que se encuentren incursas en los alcances del Decreto de Alcaldía antes menciona-do, puedan incluir o sustituir, en su flota, vehículos que se encuentren registrados en el PIVI;Que asimismo, es necesario suspender de manera provisional el ingreso de solicitudes para modificación de rutas en tanto se concluya el proceso de evaluación de expedientes para los efectos de la ampliación de lasautorizaciones del servicio de transporte público; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipali- dades, las Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 104 y 131,la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el Decreto de Alcaldía Nº 193, del 22 de diciem- bre del 2003, y demás normas modificatorias y comple-mentarias; SE RESUELVE: ArArArArArtículo 1º.-tículo 1º.-tículo 1º.-tículo 1º.-tículo 1º.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 1º de la Resolución Directoral Municipal Nº 092-04-MML/DMTU, del 22 de marzo del 2004, hasta el penúltimo día del plazo en que las personas jurídicas comprendidas en los alcances del Decreto de AlcaldíaNº 193, del 22 de diciembre del 2003, puedan presen- tar sus solicitudes de ampliación de autorización, de conformidad con la Resolución Directoral Municipal Nº001-04-MML/DMTU, del 8 de enero del 2004 y demás normas modificatorias y complementarias. ArArArArArtículo 2º.-tículo 2º.-tículo 2º.-tículo 2º.-tículo 2º.- Suspender la recepción de solicitudes y expedientes relacionados con la modificación de ruta, reubicación de paradero, ampliación de recorrido de ruta, asignación de servicio presentado por empresasde transporte e incremento de flota requerida de la ruta, hasta 15 días hábiles posteriores al término de evalua- ción del proceso de verificación de requisitos para laampliación de las autorizaciones del servicio de trans- porte público, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía Nº 193, la Resolución Directoral Municipal Nº001-04-MML/DMTU del 8 de enero del 2004 y demás normas modificatorias y complementarias. ArArArArArtículo 3º.-tículo 3º.-tículo 3º.-tículo 3º.-tículo 3º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. ArArArArArtículo 4º.-tículo 4º.-tículo 4º.-tículo 4º.-tículo 4º.- Encargar a la Dirección General de Transportes, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 0905909059090590905909059 MUNICIPMUNICIPMUNICIPMUNICIPMUNICIP ALIDALIDALIDALIDALIDAD DE LA AD DE LA AD DE LA AD DE LA AD DE LA VICTVICTVICTVICTVICTORIAORIAORIAORIAORIA FE DE ERRAFE DE ERRAFE DE ERRAFE DE ERRAFE DE ERRA TTTTTASASASASAS ORDENANZA Nº 021-04-MDLORDENANZA Nº 021-04-MDLORDENANZA Nº 021-04-MDLORDENANZA Nº 021-04-MDLORDENANZA Nº 021-04-MDL VVVVV Mediante Oficio Nº 067-04-SG/MDLV, la Municipalidad de La Victoria solicita se publique Fe de Erratas de la Or- denanza Nº 021-04-MDLV, publicada en nuestra edición del día 30 de abril de 2004. En la página 267605; DICE:DICE:DICE:DICE:DICE: ANEXO IIANEXO IIANEXO IIANEXO IIANEXO II TIPO ARBITRIOTIPO ARBITRIOTIPO ARBITRIOTIPO ARBITRIOTIPO ARBITRIO UBICAUBICAUBICAUBICAUBICA CIÓNCIÓNCIÓNCIÓNCIÓN USO PREDIO USO PREDIO USO PREDIO USO PREDIO USO PREDIO TTTTTASA ANUASA ANUASA ANUASA ANUASA ANU AL (m2)AL (m2)AL (m2)AL (m2)AL (m2) ZONA A Casa habitación 1.75678 Limpieza Pública Comercio 2.10637 ZONA B Casa habitación 2.32582 Comercio 2.78865 Parques y Jardines ZONA A No aplicab le 0.08042 ZONA B No aplicable 0.58777 ZONA A Casa habitación 0.75465 Serenazgo Comercio 0.90558 ZONA B Casa habitación 1.14192 Comercio 1.37031