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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G30/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 25 de mayo de 2004 UNIVERSIDADES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6E/G72/G69/G71/G75/G65/G20/G47/G75/G7A/G6D/GE1/G6E /G79/G20/G56/G61/G6C/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN Nº 0830-2004-R-UNE Chosica, 10 de mayo del 2004 VISTO el Oficio Nº 005-2004-ADS/04-UNE, del 23 de abril del 2004, del Presidente del Comité Especial Per- manente 2004 Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2004-UNE “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE LIMPIEZA”, referido a la nulidad de Oficio del citado pro- ceso. CONSIDERANDO: Que con Resolución Nº 0148-2004-R-UNE, del 27 de enero del 2004, se designó al Comité Especial Per- manente 2004 de la Universidad Nacional de EducaciónEnrique Guzmán y Valle, la misma que tendrá a su cargo llevar a cabo los Procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía paralas adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de esta Casa Superior de Estudios en el Ejercicio Pre- supuestal 2004; Que mediante Resolución Nº 0159-2004-R-UNE, del 29 de enero del 2004, se aprobó el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Universidad Nacional deEducación Enrique Guzmán y Valle, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2004; Que con Resolución Nº 0685-2004-R-UNE, del 7 de abril del 2004, se aprobó las Bases del Proceso de Se- lección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2004- UNE “Adquisición de Materiales de Limpieza”; Que mediante Oficio Nº 003-2004-ADS-2004-UNE, del 20 de abril del 2004, el Presidente del Comité Espe- cial Permanente 2004 del Proceso de Selección de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 004-2004-UNE “AD- QUISICIÓN DE MATERIALES DE LIMPIEZA” comunica que con fecha 15-04-04- se recibe la consulta del postorPRODUCTOS DE LIMPIEZA DENISSE E.I.R.L dando a conocer la falta cometida con respecto al modo de evalua- ción, por lo cual solicita la nulidad de Oficio del citadoproceso; Que mediante Oficio Nº 173-2004-OAL-UNE, del 22 de abril del 2004, la Oficina de Asesoría Legal de la UNE,recomienda la declaración de nulidad de oficio del Pro- ceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2004-UNE, denominado “Adquisición de Materialesde Limpieza”, de conformidad con el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiéndose la publicación de la resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo precisa que dicho Proceso de Selección deberá retrotraerse a la etapa de elaboración de las bases; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Le- gal de la UNE, a lo recomendado por la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE y a lo dis-puesto por el titular del pliego, se expide la presente re- solución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º de la Ley Nº 23733-Ley Universitaria, concordante con el artículo 27º del Estatuto de la UNE, y los alcances de la Resolución Nº 06-2003-AU-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Proceso de Selección de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 004-2004-UNE, denominado “Adquisición de Materiales de Limpieza”. Artículo 2º.- DISPONER que el proceso de Selec- ción de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 004-2004- UNE, “Adquisición de Materiales de Limpieza” se retrotrai-ga a la etapa de la elaboración de bases. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Ad- quisiciones y Contrataciones para que dentro del ámbitode su competencia realice las acciones complementarias para dar cumplimiento y para que efectué la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- DAR a conocer los alcances de la presente resolución a la empresa PRODUCTOS DE LIM- PIEZA DENISSE E.I.R.L., a los postores que participaronen el citado proceso de selección y al Comité Especial con las formalidades previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) 09825 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INPE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D/G63/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G63/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72/G20/G73/G65/G63/G72/G65/G74/G6F/G20/G79/G20/G72/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G6F/G20/G79 /G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 343-2004-INPE/P Lima, 20 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, pre- vé disposiciones aplicables para promover la transpa- rencia de los actos del Estado y regula el derecho fun-damental del acceso a la información; Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM aprue- ba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública y precisa en los artículos 4º y 8º las obligaciones de la máxima autoridad de la entidad de designar a los funcionarios responsables de entregarla información y de elaborar el Portal de Transparencia en las entidades que cuenta con oficinas desconcentra- das o descentralizadas, con el objeto que las mismaspuedan tramitarse con mayor celeridad; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 567-2003- INPE/P de fecha 1 de setiembre de 2003, se designó alos funcionarios responsables del Instituto Nacional Pe- nitenciario, a que se refiere la Ley Nº 27806, los mismos que han renunciado a los cargos públicos de confianza; Que, en consecuencia resulta necesario designar a los funcionarios responsables de atender a la ciudada- nía que requieran información pública, así como al fun-cionario que se encargue de proporcionar información de carácter secreto y reservado a que se refiere el artí- culo 3º literal d) del Reglamento de la citada Ley; Contándose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y las Oficinas Genera- les de Administración y Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Resolución Minis-