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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2004 (29/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G33/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de mayo de 2004 4. El nombramiento del personal administrativo se efec- tuará en estricto cumplimiento de las plazas autorizadas en el Anexo 01 del Decreto Supremo Nº 167-94-EF. 5. El nombramiento como personal de servicio para que atienda las áreas de guardianía, portería y limpie- za será en el Grupo Ocupacional Auxiliar y el nivel ini- cial “E”. 6. La acción administrativa de nombramiento, se efectuará en el Centro Educativo donde se encuentre laborando el servidor a la fecha de vigencia de la LeyNº 28128, siempre que haya sido contratado en el mar- co de la Ley Nº 26359, a partir de 1995. 7. Las Direcciones Regionales de Educación, que- dan encargadas bajo responsabilidad administrativa, de identificar previamente el número de plazas asignadas a nivel de sus Unidades de Gestión Educativa Localpara que estas procedan a la expedición de la Resolu- ción correspondiente. 8. Los contratos que se hayan efectuado en fecha posterior a la establecida por disposición expresa de las Leyes de Presupuesto vigentes en la fecha, no se encuentran comprendidos en este proceso de nombra-mientos. 9. Considerando que el personal ha sido seleccio- nado y calificado para ser contratado inicialmente duran-te el año 1995, así como las evaluaciones anuales que han determinado el desempeño satisfactorio del servi- dor de acuerdo a la disposición establecida por el artí-culo 1º del Decreto Supremo Nº 167-94-EF, no se apli- cará prueba de evaluación o concurso alguno para el proceso de nombramiento. 10. Las personas que reúnen los requisitos para ser nombrados deberán presentar certificado de gozar bue- na salud y certificado de no tener antecedentes poli-ciales y judiciales. 11. Las Unidades de Gestión Educativa Local, que cuentan con Programa Presupuestal, de acuerdo a lasfunciones que le asigna los artículos 73º y 74º de la Ley General de Educación Nº 28044, expedirán las Resoluciones Administrativas de Nombramiento. 12. El servidor administrativo que desde el año 1995 y en forma consecutiva año tras año viene laborando en condición de contratado a la fecha de vigencia de laLey de Presupuesto para el Año Fiscal 2004, el nombra- miento será vigente a partir del 1 de enero del 2004; para lo cual se deberá dejar sin efecto el contrato efec-tuado desde el 1 de enero de 2004 y las remuneracio- nes pagadas como contratado se deducirán del monto que corresponde como nombrado. VI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El tiempo de servicios prestado en la con- dición de contratado, de acuerdo al artículo 15º del De- creto Legislativo Nº 276, son válidos para todos susefectos. Segunda.- El nombramiento progresivo, no interrum- pe ni suspende el proceso de reasignaciones del per-sonal administrativo, establecido por la Directiva Nº 033- 2002-ME/SG-OA_UPER, por cuanto se trata de regularizar la situación laboral del personal de guardia-nía, portería y limpieza que viene ocupando la plaza como contratado en el marco de la Ley Nº 26359. Tercera.- La Unidad o Área de Escalafón de las Uni- dades de Gestión Educativa Local, queda autorizada para actualizar con la documentación correspondiente el legajo personal de los servidores nombrados. Cuarta.- No habrá nombramiento si en la revisión del Legajo personal del servidor contratado, se hallara do- cumentación adulterada o faltase algunos de los requisi-tos requeridos para nombramiento. En tanto se efectúe la investigación con relación al caso, el Director de la UGEL, bajo responsabilidad dejará en suspenso el trá-mite de nombramiento del servidor comprendido en di- cha investigación, debiendo adoptar simultáneamente las acciones pertinentes para garantizar el normal desarro-llo de las actividades del Centro Educativo. Quinta.- El Órgano de Control Institucional de cada Unidad de Gestión Educativa Local, quedan encarga-dos de velar por el estricto cumplimiento de la presente Directiva. San Borja, marzo de 2004. 10154/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G2D /G74/G75/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G52/G65/G64/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G43/G6F/G70/G61/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G46/GFA/G74/G62/G6F/G6C/G32/G30/G30/G34/G22 VICEMINISTERIO DE GESTIÓN PEDAGÓGICA DINESST DIRECTIVA Nº 015-2004-VMGP-DINESST/UDCREES CONCURSO NACIONAL DE REDACCIÓN “COPA AMÉRICA DE FÚTBOL 2004”, PARA ALUMNOS Y ALUMNAS DE 3º, 4º Y 5º AÑOS DE EDUCACION SECUNDARIA 1. FINALIDAD Normar el proceso de participación de los estudiantes de 3º, 4º y 5º años de Educación Secundaria, en el Con- curso Nacional de Redacción “Copa América de Fútbol 2004”. 2. OBJETIVO 2.1. Promover en los educandos de 3º, 4º y 5º años de Educación Secundaria del país, el desarrollo la creativi- dad, el juicio crítico y la expresión escrita sobre la “CopaAmérica de Fútbol 2004”. 2.2. Desarrollar las capacidades comunicacionales para acceder a nuevos aprendizajes, en concordancia con elPrograma de Emergencia Educativa 2.3. Fortalecer la identidad nacional y la conciencia de- portiva en los estudiantes de educación secundaria, me-diante la práctica de actitudes favorables para la revalora- ción del deporte y la cultura física en nuestro país. 3. ALCANCE - Dirección Nacional de Educación Secundaria y Supe- rior Tecnológica. - Direcciones Regionales de Educación. - Unidades de Gestión Educativa Local.- Instituciones Educativas de Educación Secundaria. 4. BASE LEGAL- Ley Nº 28044, Ley General de Educación. - Decreto Supremo Nº 006-2004-ED, “Aprueba Linea- mientos Políticos Específicos de Política Educativa, Abril 2004-Diciembre 2006”. - Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, “Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local”. - Resolución Ministerial Nº 019-2004-ED, Aprueba el Diseño Curricular Básico de Educación Secundaria para el 2004. - Resolución Ministerial Nº 030-2004-ED, “Orientacio- nes para el Desarrollo de las Actividades Educativas del Año 2004”. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Concurso Nacional de Redacción “Copa Améri- ca de Fútbol 2004”, se llevará a cabo en cuatro niveles de gestión, constituyendo cada uno de ellos una etapa. - Primera etapa : CONCURSO A NIVEL INSTITUCIONAL - Segunda etapa : CONCURSO A NIVEL LOCAL. - Tercera etapa : CONCURSO A NIVEL REGIONAL- Cuarta etapa : CONCURSO A NIVEL NACIONAL 5.2. El tema central del concurso es el Campeonato “Copa América de Fútbol 2004”. 5.3. Podrán participar todos los estudiantes de 3º, 4º y 5º años - varones y mujeres - de las instituciones educati-vas, públicas y privadas, de Educación Secundaria. 5.4. Los textos serán redactados en prosa y pueden ser de carácter descriptivo, narrativo o de tipo periodístico.En ningún caso se dará cabida a textos que atenten contra la dignidad de los deportistas, que los ofendan, difamen o calumnien. 5.5. Los textos tendrán una extensión mínima de una página y máxima de dos páginas. Serán presentados digi-