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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 81

PÆg. 279791 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 zación y Mercados el cabal cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 19834 Disponen aplicar disposiciones y mon- tos establecidos en ordenanzas queregulan la tasa de estacionamiento ve-hicular en la Zona Urbana del distrito ORDENANZA Nº 075-MDCH Chorrillos, 28 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que el Artículo 192º inciso 3) de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo dispuestoen la Norma IV, del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, establece que los Gobiernos Locales, median-te Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos y Licencias y exo- nerar dentro de su jurisdicción y con los límites queseñala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 016-99-MDCH, de fecha 15 de abril de 1999, se creó la Tasa por Estacio-namiento Vehicular en la zona urbana del distrito de Chorrillos; Que, mediante Ordenanza Nº 063-MDCH de fecha 4 de marzo del 2004, se modificó el artículo 5º de la referida Ordenanza, siendo ratificado dicho dispositi- vo por la Municipalidad Metropolitana de Lima medianteAcuerdo de Concejo Nº 277 de fecha 28 de setiembre del 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de octubre del 2004; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Estado señala que los Gobiernos Locales al crear, modificar o suprimir contribuciones y tasas, o exone-rar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; deben respetar los principios de reserva de la Ley y los de igualdad y respeto de losderechos fundamentales de la persona; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículos 74º y 192º de la Constitución Política delEstado, Norma IV del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y apro-bación del acta y contando con el voto aprobatorio por Unanimidad de los señores Miembros del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APLICAR para el ejercicio fis- cal correspondiente al año 2005 las disposiciones ylos montos establecidos en las Ordenanzas Nº 016- 99-MDCH del 15 de abril de 1999, modificada por la Ordenanza Nº 063-MDCH de fecha 4 de marzo del2004, y que fue debidamente ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 277 del Concejo Metropolita- no de Lima del 28 de setiembre del 2004 y publicadaen el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de octubre del mismo año; la misma que regula la Tasa de Esta-cionamiento Vehicular en la Zona Urbana del distrito de Chorrillos. Artículo Segundo.- Remitir la siguiente Ordenan- za a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su correspondiente ratificación en virtud a lo dispuestoen la Ordenanza Nº 607-MML. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Secretaría General del Concejo y a la División de Comerciali-zación y Mercados el cabal cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 19835 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Modifican artículo de la Ordenanza N” 145-MJM referente a la regularizaciónde información predial catastral y be-neficios de subsanación tributarios y administrativos ORDENANZA Nº 149-MJM Jesús María, 15 de octubre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordi- naria de la fecha, visto el dictamen Nº 020-2004-CPEP/ MJM de la Comisión de Planificación, Economía y Pre-supuesto; con el voto EN MAYORÍA de sus miembros y con dispensa del trámite de Aprobación de Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO TERCERO DE LA ORDENANZA Nº 145-MJM Artículo Primero.- Modifíquese el texto del artículo tercero de la Ordenanza Nº 145-MJM de regularización de información predial catastral y de beneficios de sub- sanación tributarios y administrativos, con la siguienteredacción: “Artículo Tercero .- Los beneficios otorgados por la presente Ordenanza son los siguientes: En materia Tributaria: - Condonación del 100% de la multa tributaria como consecuencia del proceso de levantamiento de informa- ción catastral. - Condonación del 100% de los intereses moratorios a generarse como consecuencia del proceso de levan- tamiento de información catastral, por subvaluación, para el caso del impuesto predial. - No se generará diferencias por arbitrios municipa- les a los contribuyentes que vengan tributando por este concepto a la fecha, no estando incluidos dentro de estebeneficio quienes por primera vez registran sus inmue- bles adquiriendo la calidad de contribuyente como con- secuencia del proceso de levantamiento de informacióncatastral, quienes están afectos al pago por diferencias catastrales tanto del impuesto predial como de los arbi- trios municipales. - Exonérese el pago del derecho por formatos de Declaración Jurada Hoja de Resumen (HR) y Predio