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PÆg. 279790 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámi- te de lectura y aprobación del Acta y el Voto Unánime delos señores asistentes miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 3º y 20º Inc. b) de la Ordenanza Nº 061-MDCH del 11 de febrero del 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero del mismo año, la misma queestablece el régimen tributario de los Arbitrios de Limpie- za Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el distri- to de Chorrillos para el año 2004, en los términos si-guientes: "Artículo 3º.- SUJETO OBLIGADO Son deudores tributarios en calidad de contribuyen- tes, los propietarios de los predios cuando éstos se encuentren desocupados, cuando los habiten o desa-rrollen actividades en ellos, cuando cedan el uso de su predio bajo cualquier título o modalidad a terceros, asu- me solidariamente la obligación al pago el propietario, elconductor o poseedor. En los predios de propiedad del Estado Peruano afectados en uso a diferentes personas naturales ojurídicas o predios pertenecientes a los Gobiernos Locales, incluso los dados en cesión de uso, se considerarán contribuyentes a los poseedores, con-ductores o usufructuarios, siendo obligados a pagar los arbitrios regulados en la presente ordenanza, de- biendo generarse su respectivo código de contribu-yente y señalando el código catastral que correspon- da al predio afectado. Los conductores de kioscos y/o similares autori- zados por la Municipalidad de Chorrillos, que ocupen la vía pública, tienen la calidad de contribuyentes del arbitrio de limpieza pública por ser usuarios de dichoservicio. Artículo 20º.- DETERMINACIÓN DE LOS ARBI- TRIOS DEL VENDEDOR INFORMAL EN VÍA PÚBLICA O MÓDULOS RODANTES ...b) En caso de kioscos y/o similares que ocupen la vía pública con una permanencia de 30 días o más se les establecerá una tasa equivalente a S/. 90.00 nuevossoles mensuales" Artículo Segundo.- DEROGAR el Inc. c) del Art. 20º de la Ordenanza Nº 061-MDCH del 11 de febrero del 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero del 2004. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Dirección de Administración, de Rentas, de Planeamiento y Presu- puesto y de Informática el cumplimiento de la presenteOrdenanza y a la Secretaría General del Concejo su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 19833 Disponen aplicar para el ejercicio diciembre 2004 - noviembre 2005 di- versas disposiciones y montos esta- blecidos sobre la Tasa de Estaciona-miento Vehicular en zonas adyacentesa playas del distrito ORDENANZA Nº 074/MDCH Chorrillos, 28 de octubre del 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 057-MDCH, del 29 de no- viembre del 2004 se aprobó la aplicación de los mon- tos establecidos en la Ordenanza Nº 04-99-MDCH, del 13 de febrero de 1999, para la temporada de Ve-rano 2004, Ordenanza que regula la Tasa por Esta- cionamiento Vehicular en las zonas adyacentes a las Playas La Herradura, Agua Dulce y La Encantadadel distrito de Chorrillos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 189 de la Munici- palidad Metropolitana de Lima, de fecha 15 de juliodel 2004, se ratifica la Ordenanza Nº 057-MDCH, del 29 de noviembre del mismo año, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº211 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la mis- ma que regula el procedimiento de ratificación de Or- denanzas; Que, el mencionado Acuerdo de Concejo Nº 189 señala en su décimo cuarto considerando que la vigencia de la tasa no sólo se circunscribe a la tempo-rada de verano sino que puede extenderse a todo el año, siendo ratificado ello con lo dispuesto en el artí- culo 4º numeral 4.4 de la Ordenanza Nº 607 de laMunicipalidad de Lima Metropolitana que señala que las tasas de estacionamiento vehicular en playas de veraneo tendrán que ser ratificadas cada año; Que, por otro lado la Ordenanza Nº 212 de la Municipalidad Metropolitana de Lima - Ordenanza Marco de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos,publicada el 12 de febrero de 1995, dispone en su Artículo 7º que las Municipalidades Distritales que establezcan Tasas por Estacionamiento Vehicular enPlayas, deberán brindar en dichas playas los servi- cios mínimos y condiciones señalados en la Ordenan- za Nº 073-94-MLM; Que, estando a lo antes expuesto, de conformi- dad con la Ordenanza Nº 073-94-MLM, mediante la cual se dictan Disposiciones referidas al uso de lasplayas del litoral de la provincia de Lima, la Ordenan- za Nº 212 - Ordenanza Marco de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos y, en ejercicio de lasfacultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y el VotoUnánime de los señores asistentes miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APLICAR para el ejercicio co- rrespondiente a diciembre 2004 a noviembre 2005 la disposiciones y los montos establecidos en las Ordenanzas Nº 004-99-MDCH del 13 de febrero de1999 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de febrero del mismo año y la Ordenanza Nº 057-MDCH del 29 de noviembre del 2003, la mis-ma que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las zonas adyacentes a las Playas del distrito de Chorrillos y que fue debidamente ratificada medianteAcuerdo de Concejo Nº 189 del Concejo Metropolita- no de Lima del 15 de julio del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de julio delmismo año. Artículo Segundo.- REMITIR la presente Orde- nanza al Servicio de Administración Tributaria de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, para su corres- pondiente ratificación conforme lo dispone la Ordenanza Nº 607 de la MML. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Secreta- ría General del Concejo y a la División de Comerciali-