Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2004 (05/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

Pag. 279790

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 2004

de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y el MORDAZA Unanime de los senores asistentes miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR los articulos 3º y 20º Inc. b) de la Ordenanza Nº 061-MDCH del 11 de febrero del 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero del mismo ano, la misma que establece el regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Chorrillos para el ano 2004, en los terminos siguientes: "Articulo 3º.- SUJETO OBLIGADO Son deudores tributarios en calidad de contribuyentes, los propietarios de los predios cuando estos se encuentren desocupados, cuando los habiten o desarrollen actividades en ellos, cuando cedan el uso de su predio bajo cualquier titulo o modalidad a terceros, asume solidariamente la obligacion al pago el propietario, el conductor o poseedor. En los predios de propiedad del Estado Peruano afectados en uso a diferentes personas naturales o juridicas o predios pertenecientes a los Gobiernos Locales, incluso los dados en cesion de uso, se consideraran contribuyentes a los poseedores, conductores o usufructuarios, siendo obligados a pagar los arbitrios regulados en la presente ordenanza, debiendo generarse su respectivo codigo de contribuyente y senalando el codigo catastral que corresponda al predio afectado. Los conductores de kioscos y/o similares autorizados por la Municipalidad de Chorrillos, que ocupen la via publica, tienen la calidad de contribuyentes del arbitrio de limpieza publica por ser usuarios de dicho servicio. Articulo 20º.- DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS DEL VENDEDOR INFORMAL EN VIA PUBLICA O MODULOS RODANTES ... b) En caso de kioscos y/o similares que ocupen la via publica con una permanencia de 30 dias o mas se les establecera una tasa equivalente a S/. 90.00 nuevos soles mensuales" Articulo Segundo.- DEROGAR el Inc. c) del Art. 20º de la Ordenanza Nº 061-MDCH del 11 de febrero del 2004 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero del 2004. Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Direccion de Administracion, de Rentas, de Planeamiento y Presupuesto y de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General del Concejo su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 19833

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 057-MDCH, del 29 de noviembre del 2004 se aprobo la aplicacion de los montos establecidos en la Ordenanza Nº 04-99-MDCH, del 13 de febrero de 1999, para la temporada de MORDAZA 2004, Ordenanza que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las zonas adyacentes a las Playas La Herradura, Agua MORDAZA y La Encantada del distrito de Chorrillos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 189 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 15 de MORDAZA del 2004, se ratifica la Ordenanza Nº 057-MDCH, del 29 de noviembre del mismo ano, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la misma que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas; Que, el mencionado Acuerdo de Concejo Nº 189 senala en su decimo MORDAZA considerando que la vigencia de la tasa no solo se circunscribe a la temporada de MORDAZA sino que puede extenderse a todo el ano, siendo ratificado ello con lo dispuesto en el articulo 4º numeral 4.4 de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana que senala que las tasas de estacionamiento vehicular en playas de veraneo tendran que ser ratificadas cada ano; Que, por otro lado la Ordenanza Nº 212 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - Ordenanza MORDAZA de la Tasa por Estacionamiento de Vehiculos, publicada el 12 de febrero de 1995, dispone en su Articulo 7º que las Municipalidades Distritales que establezcan Tasas por Estacionamiento Vehicular en Playas, deberan brindar en dichas playas los servicios minimos y condiciones senalados en la Ordenanza Nº 073-94-MLM; Que, estando a lo MORDAZA expuesto, de conformidad con la Ordenanza Nº 073-94-MLM, mediante la cual se dictan Disposiciones referidas al uso de las playas del litoral de la provincia de MORDAZA, la Ordenanz a N º 2 1 2 - O r d e n a n z a M a r c o d e l a Ta s a p o r Estacionamiento de Vehiculos y, en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y el MORDAZA Unanime de los senores asistentes miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APLICAR para el ejercicio correspondiente a diciembre 2004 a noviembre 2005 la disposiciones y los montos establecidos en las Ordenanzas Nº 004-99-MDCH del 13 de febrero de 1999 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de febrero del mismo ano y la Ordenanza Nº 057-MDCH del 29 de noviembre del 2003, la misma que regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las zonas adyacentes a las Playas del distrito de Chorrillos y que fue debidamente ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 189 del Concejo Metropolitano de MORDAZA del 15 de MORDAZA del 2004 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de MORDAZA del mismo ano. Articulo Segundo.- REMITIR la presente Ordenanza al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su correspondiente ratificacion conforme lo dispone la Ordenanza Nº 607 de la MML. Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Secretaria General del Concejo y a la Division de Comerciali-

Disponen aplicar para el ejercicio diciembre 2004 - noviembre 2005 diversas disposiciones y montos establecidos sobre la Tasa de Estacionamiento Vehicular en zonas adyacentes a playas del distrito
ORDENANZA Nº 074/MDCH Chorrillos, 28 de octubre del 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.