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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 279789 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Modifican artículos de la Ordenanza N” 041-MDCH, que aprobó RØgimenTributario de los Arbitrios de Limpie-za Pœblica, Parques y Jardines y Sere- nazgo ORDENANZA Nº 072-MDCH Chorrillos, 28 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Chorrillos, en Se- sión Ordinaria de fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artícu- los 191º y 192º establece que las Municipalidades tie- nen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de competencia, otorgando potestad tribu- taria para crear, modificar, suspender o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechosmunicipales; Que, mediante Ordenanza Nº 041-03-MDCH de fe- cha 29-1-2003 se aprobó el Régimen Tributario de losArbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Se- renazgo del distrito de Chorrillos; Que, dicho dispositivo contiene imprecisiones res- pecto a la calidad de contribuyente en el caso que en el predio se realice actividades comerciales, industriales o de servicios en general y que cuente con el respectivocertificado de funcionamiento, el mismo que es necesa- rio corregir; Que, por otro lado resulta necesario modificar el Art. 19º a efecto de establecer que los montos a pagar por concepto de servicios de Limpieza Pública en los casos que utilice las áreas de servicios públicos paradesarrollar actividades de comercio ambulatorio, de- ben ser efectuados en forma mensual y no en forma diaria como erróneamente señalaba el mencionado dis-positivo; Que, sólo por norma de igual rango se puede modifi- car o derogar una norma tributaria tal y como lo estable-ce la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Orde- nado del Código Tributario aprobado por Decreto Supre- mo Nº 135-99-EF, resultando necesario expedir la modi-ficación correspondiente; Que, estando a lo antes expuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámi- te de lectura y aprobación del Acta y el Voto Unánime de los señores asistentes miembros del Concejo Municipalse emite la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el segundo párrafo del Art. 3º de la Ordenanza Nº 041-MDCH de fecha 29- 1-03, en los términos siguientes: "Artículo 3º.- (...) En caso que el ocupante del predio realice actividad comercial, industrial o servicios en general y cuenta con el respectivo certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento, la Municipalidad emitirá la baja de liqui-dación de arbitrios y girará los recibos directamente a nombre del conductor del establecimiento para su pago,manteniendo su condición solidaria el propietario del pre- dio". Artículo Segundo.- MODIFICAR el Art. 19º de la Ordenanza Nº 041-MDCH de fecha 29-1-03 en los tér-minos siguientes: "Artículo 19º.- Establecer el monto mensual que debe- rán pagar las personas naturales que utilizan las áreas de uso público contiguo a feria, mercadillos o paraditas, para desarrollar el comercio ambulatorio, en el orden siguiente: - Canastas y similares S/. 60.00 - Triciclos c/u S/. 90.00 Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Dirección de Administración, de Rentas, de Planeamiento y Presu-puesto y de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría General del Concejo su publicación. Regístrse, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 19832 Modifican artículos de la Ordenanza N” 061-MDCH que estableció el RØgimenTributario de Arbitrios de LimpiezaPœblica, Parques y Jardines y Serenaz-go para el aæo 2004 ORDENANZA Nº 073-MDCH Chorrillos, 28 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Chorrillos, en Se- sión Ordinaria de fecha: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en los artícu- los 191º y 192º establece que las Municipalidades tie-nen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, otorgando potestad tribu- taria para crear, modificar, suspender o suprimircontribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 061-MDCH de fecha 11 de febrero de 2004 se aprobó el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2004; Que, dicho dispositivo contiene imprecisiones res- pecto a la calidad de sujeto obligado, y la responsabili- dad obligada, entre otros, siendo necesario proceder ala modificación pertinente; Que, en los arbitrios por servicios públicos los propie- tarios o poseedores bajo cualquier título, son responsa-bles solidarios por el Hecho generador, asimismo en caso de transferencia la deuda por concepto de Arbi- trios es transmisible, quedando expedito el derecho derepetición de la persona que pagó el tributo; Que, sólo por norma de igual rango se puede modifi- car o derogar una norma tributaria tal y como lo estable-ce la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Orde- nado del Código Tributario aprobado por Decreto Supre- mo Nº 135-99-EF, resultando necesario expedir la modi-ficación correspondiente; Que, estando a lo antes expuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica