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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 74

PÆg. 279784 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de Jesús María ha publicado las Ordenanzas Nº 132-MJM y Nº 133-MJM en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero de 2004; Que, no obstante debe tenerse presente que en aplicación del artículo 40º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria ex- pedidas por las municipalidades distritales entraránen vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo ratificatorio; por lo que su aplicación antes de la ratificación resulta de responsabilidad exclusiva delos funcionarios de la Municipalidad Distrital respecti- va; Que, en atención a lo expuesto en los párrafos precedentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 132- MJM y Nº 133-MJM se encuentran conforme a la nor- matividad vigente contenida en la Ley Orgánica deMunicipalidades, aprobada por la Ley Nº 27972; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; y, la Ley deTributación Municipal, aprobada por el Decreto Legis- lativo Nº 776; Que, a través de la Ordenanza, materia de ratifica- ción, la Municipalidad Distrital estableció que las tasas por servicios públicos serían las mismas a las esta- blecidas en el año 2003. Asimismo también indicó quelos criterios de determinación serían los precisados en la Ordenanza Nº 103-2003/MJM; Que, revisadas estas consideraciones, dentro del proceso de Ratificación de la Ordenanza Nº 133-MJM, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), efectuó algunas observaciones técnicas referidas al envío decuadros de estimación de ingresos, estructura de cos- tos y el uso de la UIT del período anterior en los tres servicios; Que, el SAT analizó el cumplimiento de los requisi- tos técnicos para la ratificación de la Ordenanza en cuestión. Así, de acuerdo a la información remitidapor la Municipalidad Distrital, se verificó que el servi- cio de limpieza pública, que involucra la recolección domiciliaria de residuos sólidos, barrido de la vía pú-blica, recojo de desmonte, servicios de transporte y disposición final de desechos sólidos, genera un cos- to de S/. 7,413.121 Nuevos Soles, conforme se mues-tra en el Anexo 1 del informe del SAT; Que, de igual modo, el servicio de parques y jardi- nes, consiste en el mantenimiento de parques, riego,implementación, recuperación, mejora de jardines de uso público y administración del vivero municipal, ge- nera un costo de S/. 2,047,184 Nuevos Soles, confor-me se muestra en el Anexo Nº 2 del informe del SAT; Que, a su vez, la prestación del servicio de segu- ridad ciudadana, que implica el servicio de Serenaz-go, Policía Municipal y Defensa Civil, genera un costo de S/. 3,462,240 Nuevos Soles, conforme se aprecia en el Anexo Nº 3 del Informe del SAT; Que, para verificar el financiamiento de dichos cos- tos y a partir de la información presentada por la Mu- nicipalidad Distrital de Jesús María, se ha efectuadola estimación de los ingresos potenciales por cada servicio, teniendo en cuenta lo establecido en la Or- denanza Nº 133-MJM, así como el número de prediosafectos para cada caso; Que, de este modo, el ingreso estimado por el ser- vicio de limpieza pública para el año 2004, asciende aS/. 7,413,107.83 Nuevos Soles, tal como se muestra en el Anexo Nº 4. Por el arbitrio de parques y jardines se estima un ingreso anual de S/. 2,047,174.32 Nue-vos Soles y por el servicio de seguridad ciudadana se estima un ingreso equivalente a S/. 3,462,208.20 Nue- vos Soles, tal como se aprecia en los Anexos Nº 5 yNº 6 respectivamente; Que, del análisis se determina que la recaudación potencial del servicio de limpieza pública, permitirá ala Municipalidad Distrital de Jesús María, financiar para el ejercicio 2004, prácticamente el 100.00% de los costos incurridos en la prestación de dicho servi-cio, con un déficit mínimo de 13,17 Nuevos Soles que será financiado con otros recursos municipales. Asi-mismo, la recaudación potencial por el servicio de parques y jardines, permitirá financiar prácticamenteel 100.00% de los costos derivados de la prestación de este servicio, verificándose un déficit mínimo de 9,68 Nuevos Soles; y finalmente, la recaudación delservicio de seguridad ciudadana permitirá el finan- ciamiento de casi el 100.00% del costos de dicho servicio, entendiéndose que la diferencia, equivalen-te a 31.80 Nuevos Soles, será cubierta con otros recursos municipales. Ver Anexo Nº 7 del Informe del SAT; Que, cabe señalar, que con Acuerdo de Concejo Nº 144, la Municipalidad Metropolitana de Lima ratifi- có la Ordenanza Nº 103-2003/MJM que estableciólas tasas de los arbitrios municipales para el ejerci- cio 2003, en el cual se menciona que el costo de los servicios asciende a 15,713,666.98 Nuevos Soles yque los ingresos estimados cubren casi el 100.0% de los costos. De ello, se tiene la siguiente observa- ción: utilizando las mismas tasas, en el año 2003 suestimación de ingresos fue de 15,713,555.09 Nue- vos Soles mientras que en el presente año su esti- mación de ingresos es de 12,922,490.35 NuevosSoles; Que, por otro lado, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 133-MJM indica que el monto que deberán abonarlos contribuyentes por concepto de emisión mecani- zada será igual a lo del período anterior, sin embargo de los documentos sustentatorios enviados por laMunicipalidad Distrital, el monto anual por arbitrios que cobra es de 14.40 Nuevos Soles, siendo mayor al monto permitido de 0.4% de la UIT vigente, deacuerdo a la cuarta disposición final del Decreto Le- gislativo Nº 776, no cumpliendo con los requisitos técnicos. Ver Anexo Nº 8 del Informe del SAT; Que, en atención a lo expuesto en los párrafos precedentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 132-MJM y Nº 133-MJM, se encuentran conforme ala normatividad vigente contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por la Ley Nº 27972; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aproba-do por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributación Municipal, aprobada por el Decreto Le- gislativo Nº 776; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organiza- ción en su Dictamen Nº 137- 2004-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar las Ordenanzas Nº 132-MJM y Nº 133-MJM, mediante las cuales la Mu- nicipalidad Distrital de Jesús María establece el régi-men tributario y los importes de los arbitrios munici- pales de limpieza pública, parques y jardines públi- cos y seguridad ciudadana, así como el derecho dela emisión mecanizada correspondientes al ejercicio 2004 en su jurisdicción. Artículo Segundo .- Invocar a la Municipalidad Dis- trital de Jesús María, que para la aprobación y ratifi- cación de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005, deberá tomar en cuenta los parámetros y crite-rios de la estructura de costos y distribución que ha establecido la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Servicio de Administración Tributaria - SATmediante la Directiva Nº 001-006-00000001 “Sobre determinación de costos de los servicios y procedi- mientos administrativos que dan origen a tributos paraefectos de ratificación de Ordenanzas Distritales” en cumplimiento de la Ordenanza Nº 607, que “Regula el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distri-tales para la provincia de Lima”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 19857