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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

PÆg. 280117 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de noviembre de 2004 do en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú y de la Norma IV del Título Preliminar delCódigo Tributario; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que son Atribu-ciones del Concejo Municipal las de aprobar, modificar oderogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuer-dos. Así mismo el numeral 9) del mismo cuerpo legalestablece que son atribuciones del concejo la de crearmodificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, ar-bitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, conforme al Artículo 2º de la Ley Nº 26725 nor- ma que agrega el Artículo 69ºA al Decreto Legislativo Nº776, que dice ”concluido el ejercicio fiscal a más tardar el30 de abril del año siguiente las Municipalidades publica-rán sus Ordenanzas aprobando el monto por las tasaspor Arbitrios Municipales explicando el costo efectivoque demanda el servicio, según el número de contribu-yentes y los criterios que justifiquen el incremento de serel caso. Que, es política de esta Administración no incremen- tar la carga económica de los vecinos y contribuyentesde la Municipalidad de Lurín, por lo que se ha determina-do el costo que demanda la prestación del servicio deforma equitativa entre todos los administrados; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 hadado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 1º. - Aplíquese, las disposiciones estableci- das en la presente Ordenanza que regula el sistema delRégimen Tributario de Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines y de Seguridad Ciudadana dentro de lajurisdicción del distrito de Lurín. Artículo 2º.- En uso de la potestad Tributaria Munici- pal prevista en la Constitución Política del Perú y leyescomplementarias, se establece en la jurisdicción del dis-trito de Lurín el Régimen Tributario de Arbitrio de Limpie-za Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. Artículo 3º. - Son contribuyentes del Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciu-dadana regulados por la presente Ordenanza los pro-pietarios de los predios cuando los habiten, desarrollenactividades en ellos, se encuentren desocupados o cuan-do un tercero use el predio bajo cualquier título. Excepcionalmente, cuando la existencia del propie- tario no pueda ser determinada, adquirirá la calidad decontribuyente el poseedor del predio. En los casos, en que existiera más de un propietario, es decir condominio, se acotará los Arbitrios Municipa-les conforme a su porcentaje de participación; sólo demanera expresa se acotará los Arbitrios Municipales auno de los condóminos. Así mismo, precísese en lo que respecta a los predios de propiedad del Estado Peruano que hayan sido afecta-dos en uso a diferentes personas naturales o jurídicas,se consideran contribuyentes para efectos del pago delos Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ySeguridad Ciudadana a los ocupantes de los mismos. Artículo 4º.- La condición de contribuyente se confi- gura al primer día de cada mes al que corresponde laobligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier trans-ferencia, la obligación tributaria para el nuevo propietarionacerá el primer día del mes siguiente al que se adquirióla condición de propietario. Artículo 5º.- Entiéndase por predio, para efecto de la aplicación de la presente Ordenanza, a toda unidad in-mobiliaria, indistinta del uso que pudiera tener. Así mis-mo, los predios que tengan usos distintos se afectaránsegún la presente Ordenanza la Tasa Mensual del usoque tenga la mayor área construida. Artículo 6º.- El Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana comprende el cobropor el servicio de recolección de deshechos sólidos,barrido de calles, mantenimiento de los parques, seguri-dad, vigilancia, patrullaje de calle y reordenamiento delcomercio informal, respectivamente.Artículo 7º.- Para determinar el Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana seha tomado en consideración el costo total del serviciodividido entre el total de contribuyentes, tomando lossiguientes criterios: a) La cantidad de metros cuadrado de área construida. b) El uso o actividad desarrollada en el predio. Artículo 8º.- Para el ejercicio 2005 se aprueba la Tarifa Social de Arbitrio de Limpieza, Parques, Jardinesy Seguridad Ciudadana, de la siguiente manera: ZONA ÁREA USO DEL LIMPIEZA PARQUES SEGURIDAD CONSTRUIDA PREDIO PÚBLICA Y JARDINES CIUDADANA “C”20.00m2 CASA 2.50 0.50 2.00 “D”20.00m2 CASA 2.50 0.50 2.00 “E”20.00m2 CASA 2.50 0.50 2.00 Artículo 9º.- DETERMINACIÓN DE LOS ARBI- TRIOS.- En aplicación de los criterios señalados en elartículo precedente, se establece, el importe mensualde los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Seguridad Ciudadana destinados a financiar los servi-cios de la siguiente manera: IMPORTE DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES, SEGURIDAD CIUDADANA USO CASA HABITACIÓN Y TERRENO SIN CONSTRUIR Y COLEGIOS PARTICULARES COD SECTORES NÚMERO INGRESO MENSUAL 2005 “A” DE LIMPIEZA PARQUES SEGURIDAD LOTES PÚBLICA JARDINES CI UDADANA ZONA A Km. 40 Nuevo Lurín 1 AAHH José Olaya Balandra 125 6.50 1.00 5.00 2 AAHH Km. 40 I Nuevo Lurín 593 6.50 3.00 5.00 3 AAHH Km. 40 II Nuevo Lurín 596 6.50 2.00 5.00 4 AAHH Km. 40 III Nuevo Lurín 314 6.50 1.50 5.00 5 AAHH Km. 40 IV Nuevo Lurín 182 6.50 1.50 5.00 6 AAHH Los Jardines 57 6.50 1.00 5.00 7 Urb. Jahuay 867 6.50 1.00 5.00 8 Urb. Prolongación Jahuay 484 6.50 1.00 5.00 9 Urb. Los Suspiros 356 6.50 1.00 5.00 10 Urb. Los Claveles 857 6.50 1.00 5.00 11 Urb. Las Velas 34 6.50 1.00 5.00 12 Urb. La Barca 68 6.50 1.00 5.00 13 Urb. El Barco 92 6.50 1.00 5.00 14 Urb. La Capilla 18 6.50 1.00 5.00 15 P.S.R. Santa Genoveva 106 6.50 1.00 5.00 16 P.S.R. Las Praderas de Lurín 27 6.50 1.00 5.00 17 Urb. Las Praderas 31 6.50 1.00 5.00 18 C.P. Santa Rosa 16 6.50 1.00 5.00 19 Agrup. Familiar Santa 71 6.50 1.00 5.00 Genoveva ZONA “B” Lurín Cercado 1 Lurín Cercado 924 5.00 3.00 5.00 2 AA.HH. Víctor R. Haya de la 162 5.00 1.00 4.00 Torre 3 C.P.R. Cesar Vallejos 29 5.00 1.00 4.00 4 C.P.R. Guadulfo Silva 55 5.00 1.00 4.00 5 C.P.R. Vicente Morales 25 5.00 1.00 4.00 6 Urb. Nuevo Lurín I Etapa – 191 5.00 1.50 4.00 Las Salinas 7 Urb. Las Virreinas 99 7.00 2.00 5.00 8 Asociación Las Virreynas 23 7.00 1.50 4.00 9 C.P.R. 08 de Octubre 28 5.00 1.00 4.00 10 C.P.R. Sto. Domingo de 55 5.00 1.00 4.00 Huarangal 11 C.P.R. Huarangal 35 5.00 1.00 4.00