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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 280111 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de noviembre de 2004 limpieza pública parques y jardines, que frente a la con- tinua crisis económica, se considera que se hace ne-cesario conservar el monto citado de tal derecho; Que, por Informe Nº 0932-2004-GAL/MC, la Geren- cia de Asesoría Legal, evaluando la propuesta paraestablecer el Régimen Tributario aplicable a los Arbi-trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicospara el Ejercicio Fiscal 2005 del distrito de Comas, ma-nifiesta su conformidad con tal propuesta, por cuantoconsidera que la misma se encuentra concordante conlas disposiciones legales enunciadas en los conside-randos precedentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades, después de las delibera-ciones respectivas, el Pleno del Concejo por Mayoríaaprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR, el Marco del Régi- men Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública yParques y Jardines Públicos para el Ejercicio 2005, enla jurisdicción del distrito de Comas, el cual consta de15 Artículos y Tres Disposiciones Finales y el Anexo Nº1 - Informe Técnico, constituido por: 1 Objetivo, 2 Ante-cedentes y 3 Criterios para la determinación del Arbitrio(Grupos: 1, 2, 3, 4 y Cuadros 1, 2 , 3), que adjuntoforman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MANTENER, en S/. 6.00 (Seis Nuevos Soles y 00/100 ), el monto que deberán abonarlos contribuyentes por concepto de Derecho de emi-sión de estado de cuenta y otros de los Arbitrios deLimpieza Pública y Parques y Jardines Públicos para elEjercicio 2005, monto que será distribuido a razón deS/. 0.50 (Cincuenta Céntimos de Nuevo Sol) por mes,derecho que fuera aprobado por Ordenanza Nº 077-2003-C/MC y ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 151de la Municipalidad de Lima Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- ESTABLECER, el Cronograma de Pagos de los Arbitrios de Limpieza Pública y Par-ques y Jardines Públicos para el Ejercicio 2005, de lasiguiente manera: FORMA DE PAGO VENCIMIENTO Pago al Contado Anual 28 de febrero del 2005 PAGO MENSUAL Enero 28 de febrero del 2005 Febrero 28 de febrero del 2005 Marzo 31 de marzo del 2005 Abril 30 de abril del 2005 Mayo 31 de mayo del 2005 Junio 30 de junio del 2005 Julio 31 de julio del 2005 Agosto 31 de agosto del 2005Setiembre 30 de setiembre del 2005 Octubre 31 de octubre del 2005Noviembre 30 de noviembre del 2005 Diciembre 31 de diciembre del 2005 Artículo Cuarto.- ESTABLECER, el PROGRAMA DE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, conforme a lossiguientes términos: 1. Los contribuyentes que no tengan deudas por con- cepto de impuestos y arbitrios al 31 de diciembre del2004 tendrán un descuento del 10% sobre el pago de losArbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines delEjercicio Fiscal del 2005, tal y como lo establece la polí-tica del BUEN CONTRIBUYENTE, establecida en la Or-denanza Nº 082-C/MC. 2. Los contribuyentes que paguen al contado el total de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines del Ejercicio Fiscal del 2005 al 28 de febrerodel 2005 tendrán un descuento del 20%, sobre talmonto total. 3. Los contribuyentes que paguen al contado el total de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesdel Ejercicio Fiscal del 2005 al 31 de marzo del 2005,tendrán un descuento del 15% sobre tal monto total4. Los contribuyentes que paguen al contado el total de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesdel Ejercicio Fiscal del 2005 al 30 de abril del 2005, ten-drán un descuento del 10%. 5. Los contribuyentes que se encuentren comprendi- dos en el numeral uno (1) del presente artículo, podránacumular cualquiera de los beneficios establecidos enlos numerales 2, 3, y 4 del presente artículo, según co-rresponda 6. Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes del Ejercicio Fiscal del 2005 generarán interesesmoratorios a partir del primer día hábil siguiente al venci-miento establecido en el numeral cinco (5) del presenteartículo. Artículo Quinto.- La Gerencia de Administración y Finanzas brindará el apoyo financiero, logístico y otros ala Gerencia de Administración Tributaria y a la Subge-rencia de Imagen Institucional, para que faciliten la orien-tación al contribuyente y la publicidad y difusión a lapresente Ordenanza. Artículo Sexto.- DISPENSAR, del trámite de lectura y aprobación del Acta, para su remisión a la Municipali-dad Provincial de Lima para su ratificación, de conformi-dad con el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-ca de Municipalidades. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde MARCO DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS PARA LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE COMAS - EJERCICIO 2005 CAPÍTULO I DE LA RELACION JURÍDICA Y OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Por la presente Ordenanza se establece en la juris- dicción del distrito de Comas, el marco legal del NuevoRégimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines, del Ejercicio Fiscal del 2005 . Artículo 2º.- DEL CONTRIBUYENTE Son contribuyentes de los Arbitrios regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predioscuando los habitan, desarrollen actividades en ellos, seencuentren desocupados o cuando un tercero use elpredio bajo cualquier título. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, adquirirá la calidad de contribuyente elposeedor del predio. Asimismo son contribuyentes laspersonas naturales debidamente autorizadas que ha-gan uso de área pública establecida por la Municipalidadpara realizar actividades de comercio ambulatorio. Artículo 3º.- CONDICIÓN DE CONTRIBUYENTE La condición de contribuyente se configura desde el primer día de cada mes al que corresponda la obligacióntributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, la obliga- ción tributaria para el nuevo propietario nacerá el primerdía del mes siguiente al que adquirió la condición depropietario. Artículo 4º.- DEFINICIÓN DEL PREDIO Entiéndase por predio, para efecto de la aplicación de la presente Ordenanza a todo inmueble construidocomo vivienda o unidad habitacional, local, oficina o te-rreno. Artículo 5º.- PERIODICIDAD Y DETERMINACIÓN Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes Públicos son de periodicidad mensual estando fa-cultada la Administración Tributaria a poder cobrar condistinta periodicidad . Para el caso excepcional de ambu-