Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 280110 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de noviembre de 2004 Que, mediante Anexo Nº 8481-2002, la Municipalidad Distrital aludida, comunica que, en atención a lo resueltomediante Resolución de Alcaldía Nº 6697 de 20 de mar-zo de 2002, se ha aprobado los estudios de Planea-miento Integral de las Parcelaciones Semirrústicas "SantaTeresa", "El Derby de Monterrico", "Fundo MonterricoChico", "Lima Polo and Hunt Club", "Huertos de San An-tonio", "Pampas de Santa Teresa" y "Club Golf Los In-cas", mediante Ordenanza Nº 116-MSS publicada en elDiario Oficial El Peruano el día 11 de octubre de 2002; Que, mediante Informe Nº 280-2002-MML-DMDU- DHU-DRD, de fecha 8 de noviembre de 2002, se opinaque la Municipalidad Distrital tantas veces mencionadaal emitir la Ordenanza Nº 116-MSS referente al Planea-miento integral de las secciones viales y los aportesreglamentarios de las Parcelaciones Semirrústicas desu jurisdicción, ha cumplido con lo solicitado en la Reso-lución de Alcaldía Nº 6697; Que, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urba- na, mediante Acuerdo Nº 02, tomado en Sesión Nº 023-2002, de fecha 11 de noviembre de 2002, recomendóRatificar la Resolución de Alcaldía Nº 609-2001-RASS,de fecha 20 de setiembre de 2001; Con el visto bueno de la División de Revisión y Dise- ño, Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la UnidadTécnico Legal, con lo recomendado por la Oficina Gene-ral de Asuntos Jurídicos mediante Informe Nº 1756-2003-OGAJ-MML y la Dirección Municipal de Desarrollo Ur-bano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica Nº 27972, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273,Decreto de Alcaldía Nº 055 y Edicto Metropolitano Nº021; RESUELVE:Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución de Al- caldía Nº 609-2001-RASS, de fecha 20 de setiembre de2001, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiagode Surco. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco, y a la Oficina Registral de Lima y Callao, para losfines pertinentes. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la admi-nistrada, dentro de los 30 días siguientes de notificada lamisma. Comuníquese, regístrese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 20189 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Marco del RØgimen Tributa- rio de los Arbitrios de Limpieza Pœbli- ca y Parques y Jardines Pœblicos para el Ejercicio 2005 ORDENANZA Nº 135-C/MC Comas, 23 de octubre de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de octubre del 2004, el Dictamen de la Comisión de Ad-ministración, Planificación, Economía, Finanzas y Asun-tos Legales, relacionado con el Informe Nº 080-2004-GAT/MC, de la Gerencia de Administración Tributaria,por el cual expone los fundamentos técnico-legales parala determinación de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines, Cronograma de pago del ImpuestoPredial y de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines para el ejercicio Fiscal del año 2005, así comoel otorgamiento de Beneficios por el pago adelantado delos mencionados tributos, así como los derechos poremisión, que correspondan; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artícu- lo 196º, numerales 2 y 3 de la Constitución Política delPerú, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de ReformaConstitucional, son bienes y rentas de las Municipali-dades, los tributos creados por Ley a su favor y lascontribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechoscreados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley; Que, el segundo párrafo del Artículo 74º de la Cons- titución Política del Perú y la Norma IV del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF y modificado por el DecretoLegislativo Nº 953, establecen que los gobiernos loca-les, pueden crear, modificar y suprimir contribucionesy tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdiccióny con los límites que señala la Ley; Que, por artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, sustituido por Art. 24ºdel Decreto Legislativo Nº 952, vigente a partir del 1 deenero del 2005, se ha establecido que los arbitrios, secalcularán dentro del último trimestre de cada ejerciciofiscal anterior a su aplicación en función al costo efec-tivo que demande el servicio a prestar y su manteni-miento; Que, por el informe de Visto, se est proponiendo al Concejo Municipal, que mediante la correspondienteOrdenanza se establezca el Régimen Tributario aplica-ble a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jar-dines Públicos para el Ejercicio Fiscal 2005 del distritode Comas, la cual recoge criterios técnicos y legalespara la determinación de los mismos y guarda concor-dancia con los principios de administración eficiente delos servicios públicos, garantizando la simplificación dela Administración Tributaria y una distribución equitati-va entre los contribuyentes del distrito de Comas; Que, el cálculo y determinación de los mismos es- tán sustentados en el Informe Técnico elaborado por elórgano ejecutivo del Comité de Trabajo, (Anexo Nº 1)para la Determinación de Arbitrios del ejercicio 2005,designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 773-2004-A/MC; tal estudio técnico elaborado mediante elInforme Nº 010-2004-TRLR-CCALP-GAT/MC, recogecomo fundamento principal los lineamientos estableci-dos en las Resoluciones, Nº 008 y Nº 009- 2003-CAM-INDECOPI, y la Sentencia del Tribunal Constitucionalrecaída en el Expediente Nº 918-2002; Que, por Informe Nº 080-2004-GAT/MC, se ha pro- puesto establecer una política de incentivos para elbuen contribuyente a fin de elevar el nivel de cumpli-miento, y de civismo, de manera coherente con losobjetivos de la Política Tributaria; Que, los incisos a) y b) del Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, esta-blecen las formas de pago del Impuesto Predial, preci-sándose que el pago al contado podrá realizarse hastael último día hábil del mes de febrero de cada año y enforma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestra-les; Que, de acuerdo a la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Munici-pal, las Municipalidades que brinden el servicio de emi-sión mecanizada de actualización de valores, determi-nación de impuestos y recibos de pago correspondien-tes, quedan facultados a cobrar por dichos servicios,no más del 0,4% de la UIT vigente al 1 de enero decada ejercicio, en cuyo caso ésta valorización sustitu-ye la obligación de presentación de Declaraciones Ju-radas; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 77- 2003-C/MC, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 151de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se conservóel monto que deberían de abonar los contribuyentespor concepto del derecho de emisión mecanizada ydistribución de los estados de cuenta de arbitrios de