Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2004 (11/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2004

Articulo 7º.- La tasa de estacionamiento vehicular se MORDAZA efectivo en las zonas destinada exclusivamente para el servicio e incluye senalizacion eficiente, ocupacion de espacios, limpieza y mantenimiento de las zonas. Articulo 8º .- Rendimiento del Tributo El rendimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular constituye renta de la Municipalidad de Lurin y sera destinada exclusivamente al equipamiento, como mantenimiento, implementacion y mejoramiento del servicio. Articulo 9º .- Inafectaciones Se encuentran inafectos al pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular, los conductores que se encuentren cumpliendo sus funciones en vehiculos de propiedad de: Institutos Armados - Fuerzas Policiales - Bomberos - Ambulancia - Municipalidad de Lurin - Vehiculos que se encuentren atendiendo cualquier emergencia de atencion medica o primeros auxilios.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF se determina el valor de la UIT en S/. 3,200.00 nuevos soles para el ejercicio fiscal del ano 2004.y siendo necesario establecer los montos por derechos de emision para el ejercicio 2005; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º y el numeral 5) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION

Articulo 1º.- FIJESE en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) el monto que debera abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2005. Por cada Predio adicional se abonara S/. 3.00 (Tres y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Articulo 2º.- FIJESE en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) anuales o S/. 0.50 mensuales el monto que debera abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspondientes al ejercicio ano 2005, por cada predio. Articulo 3º.- Incentivo por Pago Puntual - Los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 31 de Diciembre del ano 2004, y cancelen el integro de sus obligaciones tributarias del ejercicio 2005, tendran un descuento del 15% del monto insoluto de sus Arbitrios Municipales del ano 2005. - Los contribuyentes que se encuentren al dia en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 31 de diciembre del ano 2003, y cancelen de manera puntualmente sus obligaciones tributarias del ejercicio 2005, tendran un descuento del 10% del monto insoluto de sus Arbitrios Municipales del ano 2005; de no cumplir con el pago puntualmente perdera automaticamente el beneficio, por las cuotas restantes. Articulo 4º.- Encarguese el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria y Su Gerencia de Informatica. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 20225

Primera.- Las exoneraciones genericas otorgadas o que se otorguen, no comprende la tasa a que se refiere la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias pertinentes. Tercera.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 20224

Fijan montos por conceptos de derechos de emision mecanizada, actualizacion de valores y determinacion del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2005
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 093/ML

Lurin, 19 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo de Lurin, en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 19 de octubre de 2004, de conformidad con el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 776, en su Cuarta Disposicion Final establece, que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuestos y de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de la declaracion Jurada;

Establecen Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 094/ML

Lurin, 19 de octubre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurin en Sesion Ordinaria de fecha 19 de octubre; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo de la Municipalidad de Lurin ejerce su funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo estableci-

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