Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2004 (14/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2004

SKY S.R.L., por el plazo establecido en la RAP 141.18 numeral 2, el mismo que se computa a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, autorizacion que expira al final del mes del MORDAZA ano en que fue otorgado. Articulo Segundo.- Aprobar el Curso de Piloto Privado y el Curso de Convalidacion para Piloto Privado de acuerdo a lo descrito en las Especificaciones de Entrenamiento. Para el dictado de cualquier curso adicional a los MORDAZA mencionados, es necesaria la previa aprobacion por parte de la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo Tercero.- Cualquier modificacion que se realice a la documentacion e informacion presentada y/o aprobada, debera ser comunicada a la Direccion General de Aeronautica Civil para su respectiva aprobacion, dentro de los treinta (30) dias calendario anteriores a su realizacion. Articulo Cuarto.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la declaracion, informacion o en la documentacion presentada por el administrado, la Direccion General de Aeronautica Civil, al MORDAZA del articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 considerara no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerarquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaracion, informacion o documento; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento del Ministerio Publico para que interponga la accion penal correspondiente. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada o suspendida de inmediato en forma automatica cuando el peticionario no cumpla con las exigencias y plazos senalados por la Direccion General de Aeronautica Civil o incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion y las que establece la Ley de Aeronautica Civil del Peru y la reglamentacion correspondiente. Articulo Sexto.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion a la Escuela de Pilotos de la empresa MASTER OF THE SKY S.R.L.. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil, a su Reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Aeronautica Civil y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 20300

VIVIENDA
Autorizan credito suplementario en el presupuesto institucional del ministerio para el Ano Fiscal 2004 en el MORDAZA del Acuerdo de Gestion Institucional del Fondo de Desarrollo Peru - Canada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 282-2004-VIVIENDA MORDAZA, 12 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo suscrito el 16 de MORDAZA de 2001 por los Gobiernos del Peru y Canada, se creo el Fondo de Desarrollo Peru Canada (FDPC), cuyo Comite Bilateral esta integrado por un representante de la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI) y un representante de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI); Que, dicho Comite Bilateral en su Sesion N° 2 de fecha 24 de marzo del 2003, acordo asignar los recursos financieros del Fondo de Desarrollo Peru-Canada a los sectores prioritarios de Agricultura, Salud, Educacion y Agua y Saneamiento;

Que, el 04 de MORDAZA del ano 2003, la Embajada de Canada en MORDAZA y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, suscribieron el documento denominado "Acuerdo de Gestion Interinstitucional" para ejecutar el Acuerdo en referencia, estableciendose que el destino de los fondos asignados y los intereses que estos generen, se orientaran al financiamiento de la Contrapartida Local de los proyectos o programas, en los sectores prioritarios que cuenten con financiamiento parcial del Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo y/o agencias financieras bilaterales; encargandosele a la Direccion General de Programacion Multianual ­ DGPM y a la Direccion General del Tesoro Publico ­ DGTP del Ministerio de Economia y Finanzas, la ejecucion de dicho Acuerdo de Gestion Interinstitucional por la suma de VEINTIOCHO MILLONES DE DOLARES (US$ 28 000 000,00); Que, el 17 de junio del 2004, en el MORDAZA del Acuerdo de Gestion MORDAZA citado, se ha suscrito el "Convenio de Financiamiento Fondo de Desarrollo Peru ­ Canada Nº 002-2004-EF/68.01", entre el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EMSAPUNO, para financiar con recursos del Fondo de Desarrollo Peru-Canada la Contrapartida Local requerida en el Contrato de Prestamo celebrado entre el Gobierno del Peru y la Kreditanstalt fur Wiederaufbau (KFW), que financia la ejecucion del Proyecto Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de MORDAZA hasta por la suma de US$ 1 395 801,00, equivalente al monto de S/. 4 969 052,00; Que, la Direccion Nacional de Saneamiento, mediante Memorando Nº 838-2004/VIVIENDA/VMCS-DNS, de fecha 26 octubre ultimo, informa que la EPS EMSAPUNO ha programado para financiar la contrapartida local del presente ano, el uso de recursos por el monto de US$ 122 640,00, equivalente a la suma de S/. 436 598.00 Que, es necesario que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento incorpore en su presupuesto la suma de S/. 436 598,00 equivalente a US$ 122 640,00 a fin de efectuar la respectiva transferencia de recursos a la EPS EMSAPUNO en el MORDAZA del Acuerdo de Gestion Institucional del Fondo de Desarrollo Peru-Canada. Ademas en el numeral 1.7 de la Clausula Primera del Acuerdo MORDAZA citado, se senala que la Unidad Ejecutora 003: Construccion y Saneamiento del MVCS sera la encargada de cumplir entre otras, con incorporar los recursos de la donacion en el presupuesto y transferirlos a la EPS EMSAPUNO; Que el articulo 9º de la Ley Nº 28129 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, a incorporar en sus respectivos presupuestos, mediante la resolucion correspondiente, los mayores ingresos respecto a los previstos, entre otros, los provenientes de las MORDAZA de financiamiento distintas a las de "Recursos Ordinarios" y "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito" que se produzcan durante el ano fiscal; Que, de acuerdo al literal d) del numeral 5 del articulo 16º de la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004, hace referencia que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, la misma que consignara la fuente donante y el destino de estos recursos. Dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco Unidades Impositivas Tributarias; Con las opiniones favorables de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y con el Visto MORDAZA del responsable de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Ley Nº 28129 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, y la Directiva N° 001-2004-EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico del Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministe-

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