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PÆg. 280340 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de noviembre de 2004 SKY S.R.L., por el plazo establecido en la RAP 141.18 numeral 2, el mismo que se computa a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, autorización que expira alfinal del mes del segundo año en que fue otorgado. Artículo Segundo.- Aprobar el Curso de Piloto Pri- vado y el Curso de Convalidación para Piloto Privado deacuerdo a lo descrito en las Especificaciones de Entre- namiento. Para el dictado de cualquier curso adicional a los antes mencionados, es necesaria la previa aproba-ción por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo Tercero. - Cualquier modificación que se rea- lice a la documentación e información presentada y/o aprobada, deberá ser comunicada a la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil para su respectiva aprobación,dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a su realización. Artículo Cuarto.- Si la Administración verificase la existencia de fraude o falsedad en la declaración, infor- mación o en la documentación presentada por el admi- nistrado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, alamparo del artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efec-tos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquicamente superior, si lo hubiere, para que se de- clare la nulidad del acto administrativo sustentado endicha declaración, información o documento; sin perjui- cio de poner el hecho en conocimiento del Ministerio Público para que interponga la acción penal correspon-diente. Artículo Quinto.- La presente autorización será re- vocada o suspendida de inmediato en forma automáticacuando el peticionario no cumpla con las exigencias y plazos señalados por la Dirección General de Aeronáu- tica Civil o incumpla las obligaciones contenidas en lapresente resolución y las que establece la Ley de Aero- náutica Civil del Perú y la reglamentación correspon- diente. Artículo Sexto.- La autorización que se otorga por la presente Resolución a la Escuela de Pilotos de la empresa MASTER OF THE SKY S.R.L.. queda sujeta ala Ley de Aeronáutica Civil, a su Reglamento, a las Re- gulaciones Aeronáuticas del Perú, a las Directivas que dicte la Dirección General de Aeronáutica Civil y a lasdemás normas aplicables a la materia. Regístrese, comuníquese y publíqueseROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 20300 VIVIENDA Autorizan crØdito suplementario en el presupuesto institucional del ministe-rio para el Aæo Fiscal 2004 en el marcodel Acuerdo de Gestión Institucionaldel Fondo de Desarrollo Perœ - CanadÆ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 282-2004-VIVIENDA Lima, 12 de noviembre de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo suscrito el 16 de julio de 2001 por los Gobiernos del Perú y Canadá, se creó el Fondode Desarrollo Perú Canadá (FDPC), cuyo Comité Bilate- ral está integrado por un representante de la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI) y unrepresentante de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); Que, dicho Comité Bilateral en su Sesión N° 2 de fecha 24 de marzo del 2003, acordó asignar los recur- sos financieros del Fondo de Desarrollo Perú-Canadá a los sectores prioritarios de Agricultura, Salud, Educa-ción y Agua y Saneamiento;Que, el 04 de julio del año 2003, la Embajada de Ca- nadá en Lima y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, suscribieron el documento denominado “Acuer- do de Gestión Interinstitucional” para ejecutar el Acuer-do en referencia, estableciéndose que el destino de los fondos asignados y los intereses que éstos generen , se orientarán al financiamiento de la Contrapartida Local delos proyectos o programas, en los sectores prioritarios que cuenten con financiamiento parcial del Banco Mun- dial, Banco Interamericano de Desarrollo y/o agencias financieras bilaterales; encargándosele a la Dirección General de Programación Multianual – DGPM y a la Di- rección General del Tesoro Público – DGTP del Ministe-rio de Economía y Finanzas, la ejecución de dicho Acuer- do de Gestión Interinstitucional por la suma de VEINTIO- CHO MILLONES DE DOLARES (US$ 28 000 000,00); Que, el 17 de junio del 2004, en el marco del Acuerdo de Gestión antes citado, se ha suscrito el “Convenio de Financiamiento Fondo de Desarrollo Perú – Canadá Nº002-2004-EF/68.01”, entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable yAlcantarillado de Puno S.A. – EMSAPUNO, para finan- ciar con recursos del Fondo de Desarrollo Perú-Canadá la Contrapartida Local requerida en el Contrato de Prés-tamo celebrado entre el Gobierno del Perú y la Kredi- tanstalt fur Wiederaufbau (KFW), que financia la ejecu- ción del Proyecto Agua Potable y Alcantarillado de laciudad de Puno hasta por la suma de US$ 1 395 801,00, equivalente al monto de S/. 4 969 052,00; Que, la Dirección Nacional de Saneamiento, median- te Memorando Nº 838-2004/VIVIENDA/VMCS-DNS, de fecha 26 octubre último, informa que la EPS EMSAPU- NO ha programado para financiar la contrapartida localdel presente año, el uso de recursos por el monto de US$ 122 640,00, equivalente a la suma de S/. 436 598.00 Que, es necesario que el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento incorpore en su presupuesto la suma de S/. 436 598,00 equivalente a US$ 122 640,00 a fin de efectuar la respectiva transferencia de recursos ala EPS EMSAPUNO en el marco del Acuerdo de Gestión Institucional del Fondo de Desarrollo Perú-Canadá. Ade- más en el numeral 1.7 de la Cláusula Primera del Acuer-do antes citado, se señala que la Unidad Ejecutora 003: Construcción y Saneamiento del MVCS será la encar- gada de cumplir entre otras, con incorporar los recursosde la donación en el presupuesto y transferirlos a la EPS EMSAPUNO; Que el artículo 9º de la Ley Nº 28129 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, a incorporar ensus respectivos presupuestos, mediante la resolución correspondiente, los mayores ingresos respecto a los previstos, entre otros, los provenientes de las fuentesde financiamiento distintas a las de “Recursos Ordina- rios” y “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito” que se produzcan durante el año fiscal; Que, de acuerdo al literal d) del numeral 5 del artículo 16º de la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2004, hace referencia que lasdonaciones dinerarias provenientes de instituciones na- cionales o internacionales, públicas o privadas, serán aprobadas por resolución del Titular del Pliego, la mismaque consignará la fuente donante y el destino de estos recursos. Dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supe-re las cinco Unidades Impositivas Tributarias; Con las opiniones favorables de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General deAsesoría Jurídica, y con el Visto Bueno del responsable de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 28129 Ley de Equilibrio Fi-nanciero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, y la Directiva N° 001-2004-EF/76.01 Direc- tiva para la Aprobación, Ejecución y Control del ProcesoPresupuestario del Sector Público del Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1° .- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministe-