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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G35/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de noviembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G72/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0582-2004-ED Lima, 17 de noviembre de 2004 Vistos el Oficio Nº 100-2004-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 03018- 2004 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que mediante el Oficio Nº 100-2004-PP/ED el Procurador Público del Sector Educación solicita que este Ministerio emita la Resolución Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinen- tes contra la Sra. Noemí Elizabeth García Avilés, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsificación de Documentos, ilí- cito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Solicitud que se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe Espe- cial Nº 019-2003-002-0984 de fecha 27 de noviem- bre del 2003, emitido por el Órgano de Control Insti- tucional de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM); Que conforme a lo establecido en el Informe Es- pecial Nº 019-2003-002-0984 y demás actuados, la Sra. García Avilés presentó ante la DRELM el título profesional de Técnica en Secretariado Bilingüe su- puestamente expedido por el Instituto Superior Tec- nológico "CEPEA", para su visación; Que con Oficio Nº 396-DG-CEPEA-2003 de fecha 7 de octubre del 2003, el Director General del Institu- to Superior Tecnológico Privado "CEPEA", informa que el título presentado por la Sra. García Avilés es falso; Que existiendo claros indicios de la presunta co- misión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos por parte de la Sra. García Avilés; al haber presentado a la DRELM un título presuntamente falso, con la finalidad de obte- ner un beneficio individual; deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública del Ministe- rio de Educación para que inicie las acciones judicia- les (civiles y/o penales) pertinentes para procesar al antes mencionado por el perjuicio que le causara al Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, mediante el Informe Nº 1591-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitu- ción Política del Estado y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es- tado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) que posibiliten procesar a la Sra. Noemí Elizabeth García Avilés, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsifica- ción de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conoci- miento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Edu- cación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 20878RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0583-2004-ED Lima, 17 de noviembre de 2004 Vistos el Oficio Nº 098-2004-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 03030- 2004 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que mediante el Oficio Nº 098-2004-PP/ED el Procu- rador Público del Sector Educación solicita que este Mi- nisterio emita la Resolución Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra la Sra. María Riveros Neyra, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsifica- ción de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Solicitud que se funda- menta en las responsabilidades determinadas en el In- forme Especial Nº 016-2003-2-0984 de fecha 10 de no- viembre del 2003, emitido por el Órgano de Control Ins- titucional de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM); Que conforme a lo establecido en el Informe Especial Nº 016-2003-2-0984 y demás actuados, la Sra. Riveros Neyra presentó ante la DRELM el título profesional de Profesora de Educación Primaria supuestamente expedi- do por el Instituto Superior Pedagógico Público "Manuel González Prada", para su autenticación; Que con Oficio Nº 743-D-ISPP-MGP-2003 de fecha 20 de mayo del 2003, el Director General del Instituto Superior Pedagógico Público "Manuel González Prada", informa que la Sra. Riveros Neyra no es alumna titulada de la institución (Informe Nº 217-SA-ISPP-MGP-2003); Que existiendo claros indicios de la presunta comi- sión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos por parte de la Sra. Riveros Neyra; al haber presentado a la DRELM un título presuntamente falso, con la finalidad de obtener un be- neficio individual; deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o pena- les) pertinentes para procesar al antes mencionado por el perjuicio que le causara al Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1599-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es- tado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) que posibiliten procesar a la Sra. María Riveros Neyra, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsificación de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conoci- miento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Edu- cación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 20879 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0584-2004-ED Lima, 17 de noviembre de 2004 Vistos el Oficio Nº 097-2004-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales