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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (18/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G35/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de noviembre de 2004 del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 03026- 2004 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que mediante el Oficio Nº 097-2004-PP/ED el Procu- rador Público del Sector Educación solicita que este Mi- nisterio emita la Resolución Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra la Sra. Milagros Alania Zegarra, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsi- ficación de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Solicitud que se funda- menta en las responsabilidades determinadas en el In- forme Especial Nº 018-2003-2-0984 de fecha 10 de no- viembre del 2003, emitido por el Órgano de Control Ins- titucional de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM); Que conforme lo establecido en el Informe Especial Nº 018-2003-2-0984 y demás actuados, la Sra. Alania Zegarra presentó ante la DRELM el título profesional de Licenciada en Educación Inicial supuestamente expedi- do por el Instituto Pedagógico Nacional "Monterrico", para su autenticación; Que con Oficio Nº 0320-03-IPNM/SG de fecha 7 de mayo del 2003, el Director General del Instituto Pedagógico Nacional "Monterrico", informa que la Sra. Alania Zegarra no ha realizado estudios en dicha ins- titución; Que existiendo claros indicios de la presunta comi- sión de delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos por parte de la Sra. Alania Zegarra; al haber presentado a la DRELM un título presuntamente falso, con la finalidad de obtener un be- neficio individual; deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública del Ministerio de Educación para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o pena- les) pertinentes para procesar al antes mencionado por el perjuicio que le causara al Estado; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1600-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Es- tado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales (civiles y/o penales) que posibiliten procesar a la Sra. Milagros Alania Zegarra, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en su modalidad de Falsifica- ción de Documentos, ilícito previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente Resolución, para su conoci- miento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Edu- cación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 20880 ENERGÍA Y MINAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G61/G64/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G74/G61 /G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G65/G6E/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G71/G75/G65/G2D/GF1/G6F/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G6F/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G67/G6E/G61/G63/G69/G6F/G20/G49/G20/G45/G74/G61/G2D /G70/G61/G2C/G20/G49/G49/G20/G46/G61/G73/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 471-2004-MEM/DM Lima, 12 de noviembre de 2004CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, es el encargado de la ejecución y/o coordinación de proyectos electromecáni- cos que conforman el Plan Nacional de Electrificación Ru- ral - PER, prioritariamente en las áreas rurales y zonas de extrema pobreza con el fin de ampliar la frontera eléctrica; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal g) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 068-97-EM/SG del 26 de febrero de 1997, el Director Ejecutivo de Proyectos tiene la facultad de suscribir convenios y contratos con orga- nismos nacionales e internacionales para la ejecución de los proyectos a su cargo, previa autorización del Ministro de Energía y Minas; Que, con fecha 17 de diciembre de 2003, se suscribió la Carta de Entendimiento entre la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional - USAID, el Plan Bi- nacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecua- dor y la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, para el financiamiento de la construcción del Pequeño Sistema Eléctrico San Ignacio I Etapa, II Fase, a ejecutarse en el departamento de Cajamarca; Que, mediante Oficio Nº 406-04-MEM/DEP del 13 de octubre de 2004, el Director Ejecutivo de Proyectos so- licita la ampliación del plazo de la citada carta, toda vez que las actividades necesarias para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental han tomado mayor tiempo del previsto, por lo que es necesario la extensión del plazo hasta el 30 de setiembre de 2005; Que, es necesario autorizar al Director Ejecutivo de Proyectos, a efectos que proceda a la suscripción de la Adenda a la Carta de Entendimiento, denominada Carta de Ejecución Nº 02, con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional - USAID, el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador y la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, para el financiamiento de la construcción del Pe- queño Sistema Eléctrico San Ignacio I Etapa, II Fase; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el literal g) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; y el Decreto Supre- mo Nº 021-93-EM/DEP; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Director Ejecutivo de Pro- yectos de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, a suscribir con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional - USAID y el Plan Bina- cional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, la Adenda a la Carta de Entendimiento, denominada Carta de Ejecución Nº 02, para el financiamiento de la construcción del Pequeño Sistema Eléctrico San Ignacio I Etapa, II Fase, a ejecutarse en el departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 20806 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G6E/G74/G61/G20/G70/G6F/G72 /G53/G75/G62/G61/G73/G74/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G56/G65/G6E/G74/G61/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G51/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73 /G44/G65/G63/G6F/G6D/G69/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G54/G49/G44/G2C/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G72/G20/G6C/G61/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G71/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2417-2004-IN/1101 Lima, 17 de noviembre de 2004