TEXTO PAGINA: 20
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G35/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de noviembre de 2004 preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamien- to es obligatorio. Artículo 3º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embar- cación pesquera SAN FERNANDO de matrícula CO- 16401-CM, solicitada por PACIFIC FISHING BUSINESS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a GRUPO DE NEGO- CIOS PAITA S.A. (GRUNEPA S.A.), a través de la Re- solución Ministerial Nº 467-96-PE de fecha 3 de se- tiembre de 1996 y Resolución Ministerial Nº 819-97-PE de fecha 24 de diciembre de 1997 para operar las em- barcaciones pesqueras denominadas GRUNEPA 1 de matrícula Nº CO-5070-PM, GRUNEPA 2 de matrícula Nº CO-5071-PM, GRUNEPA 3 de matrícula Nº CO- 5069-PM, y CHIMBOTE 1 de matrícula CO-16647-PM, respectivamente. Artículo 5º.- Excluir a GRUPO DE NEGOCIOS PAI- TA S.A. (GRUNEPA S.A.) como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones GRUNEPA 1 de matrícula Nº CO-5070-PM, GRUNE- PA 2 de matrícula Nº CO-5071-PM, GRUNEPA 3 de ma- trícula Nº CO-5069-PM y CHIMBOTE 1 de matrícula CO-16647-PM , del Anexo I, Literal A y Literal J, respec- tivamente, de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRO- DUCE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 6º.- Incorporar a PACIFIC FISHING BUSSI- NESS S.A. como titular de los permisos de pesca otor- gados para operar las embarcaciones pesqueras GRU- NEPA 1 de matrícula Nº CO-5070-PM, GRUNEPA 2 de matrícula Nº CO-5071-PM, GRUNEPA 3 de matrícula Nº CO-5069-PM y CHIMBOTE 1 de matrícula Nº CO-16647- PM, así como la presente Resolución al Anexo I, Literal A y Literal J de la Resolución Ministerial Nº 284-2003- PRODUCE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y a las Direc- ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito- ral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 20803 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G38/G34/G2D/G39/G36/G2D/G50/G45/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F /G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G2D /G71/G75/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 268-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 13 de octubre de 2004 Visto el escrito de registro Nº 004519 de fecha 13 de mayo del 2004, presentado por el señor UBALDO LEO- NARDO EMMA SERNA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 184-96-PE de fecha 22 de marzo de 1996, se otorgó permiso de pesca, entre otros, a UBALDO LEONARDO EMMA SERNA para operar la embarcación pesquera “FRAN- CISCO” de matrícula CE-10376-PM de 220 toneladas de capacidad de bodega, para dedicarse a la extrac- ción de recursos hidrobiológicos con destino al consu- mo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm);Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establece que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel (Tra- churus picturatus murphy ) y caballa ( Scomber japoni- cus peruanus ) serán destinados para el consumo hu- mano directo; Que a través del escrito del visto el señor UBALDO LEONARDO EMMA SERNA, solicita modificación de la Resolución Ministerial Nº 184-96-PE por cambio de nom- bre de la embarcación pesquera “FRANCISCO” con matrícula CE-10376-PM, por el de “ANTARES III”; con- forme consta en el Certificado Compendioso de Dominio y en el Certificado de Matrícula presentados; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos procedimentales exigidos en el procedimiento Nº 19 - A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Su- premo Nº 035-2003-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos exigidos por la normativa vigente, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 249-2004-PRO- DUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 19 - A del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 184-96-PE, en el extremo referido al nom- bre de la embarcación pesquera “FRANCISCO” con matrícula CE-10376-PM, que en adelante se denomi- nará “ANTARES III”. Artículo 2º.- Incorporar el nombre de la embarca- ción “ANTARES III” en el literal A) del Anexo I de la Reso- lución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, asimismo excluyendo el nombre de “FRANCISCO”. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispues- to por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Pro- ducción, a las Direcciones Regionales Sectoriales, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 20804 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 023-2004-PRODUCE Mediante Oficio Nº 379-B-2004-SCM-PR, la Secreta- ría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE, publicado en nuestra edición del día 6 de noviembre de 2004. En el artículo 2º, último párrafo del literal b)