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PÆg. 281101 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 683-2004-GR.CAJ-GRI/SGSL, del Subge- rente de Supervisión y Liquidaciones, Ing. WILLIAM RUIZLEIVA; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 402-2004- GR.CAJ/P, de fecha 7 de setiembre de 2004, se declaró enSituación de Urgencia la Actividad Agraria en la RegiónCajamarca, para la ejecución del "Programa de Rehabilita-ción 2004", a cargo de la Dirección Regional de Agricultu-ra, exonerándose del Proceso de Licitación Pública, parala adquisición de semillas por un monto referencial deSEISCIENTOS SIETE MIL UNO CON 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 607,001.00); Que, la Resolución referida en el considerando que antecede obvió consignar la Fuente de Financiamiento del"Programa de Rehabilitación 2004", así como precisar laEntidad encargada de las adquisiciones exoneradas, omi-siones que es necesario subsanar; Con la visación de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Dirección Regional de Administración, Direc-ción Regional de Asesoría Jurídica, Dirección de DefensaCivil y conformidad de Gerencia General Regional; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi-cada por la Ley Nº 27902; Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado porD.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INTEGRAR el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 402-2004-GR.CAJ/P, enlos términos siguientes: "FUENTE DE FINANCIAMIENTO" : "DONACIONES Y TRANSFEREN- CIAS" "DEPENDENCIA ENCARGADA DELA ADQUISICIÓN EXONERADA" : DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRI- CULTURA DE CAJAMARCA Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano y remisiónde la misma e informes a las instituciones llamadas por ley. Regístrese y comuníquese.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 21306 Integran el Artículo Primero de la Res. N” 435-2004-GR.CAJ/P , que exoneró de proceso de licitación pœblica la adquisición de guano de las islas RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 488-2004-GR.CAJ/P Cajamarca, 22 de noviembre de 2004 VISTO:El Oficio Nº 677-2004-GR.CAJ-GRI/SGSL, de fecha 3 de noviembre de 2004, del Subgerente de Supervisión yLiquidaciones, Ing. WILLIAM RUIZ LEIVA; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 435-2004- GR.CAJ/P, de fecha 27 de setiembre de 2004, se aprobó laExoneración del Proceso de Licitación Pública para la ad-quisición de 751.75 TM. de Guano de las Islas, por elmonto referencial de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEISMIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 496,155.00) para que la Dirección Regional deAgricultura Cajamarca, encargada de la adquisición paracumplir con la ejecución del "Programa de Rehabilitación2004";Que, la Resolución referida en el considerando que antecede obvió consignar la Fuente de Financiamiento del"Programa de Rehabilitación 2004", omisión que es nece-sario subsanar; Con la visación de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Dirección Regional de Administración, Direc-ción Regional de Asesoría Jurídica, Dirección de DefensaCivil y conformidad de Gerencia General Regional; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi-cada por la Ley Nº 27902; Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado porD.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INTEGRAR el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 435-2004-GR.CAJ/P defecha 27 de setiembre de 2004, en los términos siguientes: "FUENTE DE FINANCIAMIENTO" : "DONACIONES Y TRANSFERENCIAS" Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano y remisiónde la misma e Informes a las Instituciones llamadas por ley. Regístrese y comuníquese.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 21307 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Declaran prioridad de la consolidación de la primera y segunda etapas delProyecto Especial Chavimochic, asicomo la ejecución de los demÆs compo- nentes de la Tercera Etapa ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD Nº 090-2004-CR/R-LL Trujillo, 25 de octubre del 2004Visto:En Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el señor Gerente General del Proyecto Especial CHA-VIMOCHIC del Gobierno Regional de La Libertad, señorAndrés Calderón Casana, referente a la priorización de laconsolidación de la primera y segunda etapa del Proyectoen mención, así como la ejecución de los demás compo-nentes de la Tercera Etapa de dicho Proyecto; CONSIDERANDO:Que en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso s) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública, referente a la propuestaformulada por el Presidente Regional sobre las obras delProyecto Especial CHAVIMOCHIC; Que, mediante Ley Nº 27293, se crea el Sistema Nacio- nal de Inversión Pública, con el objeto de optimizar el usode Recursos Públicos destinados a la inversión, medianteel establecimiento de principios, procesos, metodologías ynormas técnicas relacionadas con las diversas fases de losProyectos de Inversión; Que, es política del Gobierno Regional de La Libertad, ejecutar e impulsar la realización de proyectos que permi-tan permanentemente mejorar la calidad de vida para be-neficio de la comunidad liberteña; Que, el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVI- MOCHIC, en sesión de fecha 30 de setiembre del 2004,acordó solicitar a la Presidencia del Gobierno Regional ladeclaración de urgencia por efectos de la sequía en los