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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (26/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 281096 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 octubre de 2004, se tiene que el último día hábil para la pre- sentación del recurso de reconsideración fue el 9 de noviem-bre del 2004. 3.3 Por lo expuesto, al haber FUDDECOVES presentado su recurso de reconsideración el día 12 de noviembre último,se ha excedido del plazo establecido para su presentación entres días hábiles, por lo cual el mismo deviene en extemporá-neo y, en consecuencia, debe ser declarado inadmisible. De conformidad con lo establecido por el numeral 5) del artículo 3º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia ySimplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tari-fas, el numeral 207.2 del artículo 207º de la Ley Nº 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, y el ítem k)del Anexo A del Procedimiento para la Fijación de Tarifasen Barra de la norma "Procedimientos Para Fijación dePrecios Regulados", aprobada por Resolución de ConsejoDirectivo OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Re- consideración interpuesto por el Frente Unitario de Defen-sa y Desarrollo de la Comunidad de Villa El Salvador-FUDDE-COVES, por los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Ordenar publicación de la presente resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 21423 Disponen acumular procedimientos administrativos referidos a la impugna- ción de la Res. N” 281-2004-OS/CD, que fijó Tarifas en Barra aplicables alperíodo noviembre 2004 - abril 2005 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 311-2004-OS/CD Lima, 23 de noviembre de 2004 Que, con fecha 18 de octubre de 2004, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (en adelante "OSI-NERG") publicó la Resolución de Consejo Directivo Nº 281-2004-OS/CD, de fecha 13 de octubre de 2004, que fijó lasTarifas en Barra para el período comprendido entre no-viembre 2004 - abril 2005, contra la cual se han interpuesto24 recursos de reconsideración idénticos en materia y for-ma, siendo objeto del presente acto administrativo el trata-miento que deberá seguirse para su debida atención; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal c) del artículo 43º y en los artículos 45º y siguientes de la Leyde Concesiones Eléctricas (en adelante "LCE"), DecretoLey Nº 25844, así como en el artículo 22º, inciso h) delReglamento de dicha Ley (en adelante "Reglamento de laLCE"), aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM,OSINERG tiene el encargo de regular las Tarifas en Barra; Que en cumplimiento de la mencionada función regulatoria, OSINERG expidió la Resolución de Consejo Directivo Nº 281-2004-OS/CD, de fecha 13 de octubre de 2004, fijando las Tarifasen Barra para el período noviembre 2004 - abril 2005, la mismaque ha sido impugnada mediante 29 recursos de reconsidera-ción presentados por personas naturales y jurídicas; Que de los recursos impugnativos, 24 han sido inter- puestos por las siguientes personas naturales: 1. Jhony Alexander Peralta Cruz 2. Pedro Sulca Chacón3. Henry Jesús Campana Mendoza4. Alejandro Dionisio Lucana Chipana5. Haydeé Lezama Rojas6. Juan Sánchez Espinoza7. Javier Augusto Donayre Rojas8. Alejandro Jesús Alzamora Agüero9. Pascual Germán Ayma Quispe10. Gonzalo Vega Porras 11. Miguel Vicente Pahuacho Huaringa12. Susana Malpartida Salas13. Pablo Abel Reyes Calderón14. Eugenio Sánchez Cahuana15. Alejandro Mamani Puma16. Guadalupe Chavez Salazar17. Simplicio Ceferino Carhuaricra Elguera18. Ceferino Cuba Gonzáles19. Juan Carlos Chavieri Chavez20. Macedonio Flores Bendezu21. Jorge Antonio Mendoza Caruzo22. Jorge Luis Mendoza Gómez23. Julio Polo Burga24. Víctor Yauri Huincho Que los 24 recursos impugnativos resultan ser idénticos tanto en la materia como en la forma, de modo tal que, deconformidad con lo dispuesto por el artículo 149º de la Leydel Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, laautoridad responsable de la instrucción puede disponer deoficio, mediante resolución irrecurrible, la acumulación delos procedimientos en trámite que guarden conexión; Teniendo en consideración el Informe Legal OSINERG- GART-2004-161 de la Asesoría Legal Interna de la Geren-cia Adjunta de Regulación Tarifaria; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº054-2001-PCM, y en la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, Ley Nº 27444; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acumúlense los siguientes 24 procedimien- tos administrativos referidos a la impugnación de la Resolu-ción de Consejo Directivo Nº 281-2004-OS/CD, de fecha13 de octubre de 2004, que fijó las Tarifas en Barra aplica-bles al período comprendido entre noviembre 2004 - abril2005, debiendo continuarse con el trámite correspondiente: 1. Jhony Alexander Peralta Cruz 2. Pedro Sulca Chacón3. Henry Jesús Campana Mendoza4. Alejandro Dionisio Lucana Chipana5. Haydeé Lezama Rojas6. Juan Sánchez Espinoza7. Javier Augusto Donayre Rojas8. Alejandro Jesús Alzamora Agüero9. Pascual Germán Ayma Quispe10. Gonzalo Vega Porras11. Miguel Vicente Pahuacho Huaringa12. Susana Malpartida Salas13. Pablo Abel Reyes Calderón14. Eugenio Sánchez Cahuana15. Alejandro Mamani Puma16. Guadalupe Chavez Salazar17. Simplicio Ceferino Carhuaricra Elguera18. Ceferino Cuba Gonzáles19. Juan Carlos Chavieri Chavez20. Macedonio Flores Bendezu21. Jorge Antonio Mendoza Caruzo22. Jorge Luis Mendoza Gómez23. Julio Polo Burga24. Víctor Yauri Huincho Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en lapágina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 21419 PROMPEX Autorizan contratar servicios de publicidad en medios impresos deEE.UU. mediante proceso de adjudica-ción de menor cuantía COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 138-2004-PROMPEX/DE Lima, 12 de noviembre del 2004