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PÆg. 281227 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de noviembre de 2004 PRODUCE Autorizan realización de la "Encuesta para Empresas del Sector Textil - Con- fecciones" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2004-PRODUCE Lima, 26 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante el Acuerdo sobre Salvaguardias en la Organización Mundial de Comercio se establece un mecanismo para la aplicación de medidas de salvaguar-dia, el mismo que prevé en su artículo 6º que, en circuns-tancias críticas, en las que cualquier demora entrañaríaun perjuicio difícilmente reparable, un miembro de la OMCpodrá adoptar una medida de salvaguardia provisional; Que, el Ministerio de la Producción, mediante Oficio Nº 582-2004/PRODUCE/DM solicitó al Instituto Nacio-nal de Defensa de la Competencia y de la Protección dela Propiedad Intelectual – INDECOPI, considerar un pro-cedimiento de investigación correspondiente a una sal-vaguardia general en el marco de la OMC a las confec- ciones textiles; Que, mediante Resolución Nº 054-2004/CDS-INDE- COPI, se dispuso iniciar de oficio el procedimiento deinvestigación para la aplicación de las salvaguardias alas importaciones de confecciones textilescorrespondientes a las subpartidas arancelarias com- prendidas en los capítulos 61, 62 y 63 del Arancel de Aduanas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2004-MIN- CETUR del 12 de octubre del 2004, se estableció laaplicación de una salvaguardia provisional a las impor-taciones de confecciones textiles, la misma que tendrá una duración de doscientos días calendario contados a partir del 14 de octubre del 2004; Que, el INDECOPI mediante los Oficios Nº 067-2004/ CDS-INDECOPI y Nº 113-2004/CDS-INDECOPI ha so-licitado información oficial al Ministerio de la Producciónpara la elaboración de un estudio técnico que fundamen- te la decisión del gobierno de aplicar salvaguardias ge- nerales a la importación de textiles; Que, para satisfacer las necesidades de información solicitada por el INDECOPI es necesario el levantamien-to de una Encuesta Extraordinaria que recoja informa-ción necesaria para la elaboración del respectivo infor- me que sustente la decisión de la adopción de las salvaguardias generales; Con el visado de las Oficinas Generales de Adminis- tración, Desarrollo y Planeamiento Estratégico y Aseso-ría Jurídica y el Despacho del Viceministro de Industria; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo y modifi- catorias, Ley Nº 27789 – Ley de Organización y Funcio-nes y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 002-2002-PRODUCE modificado por Decreto Supre-mo Nº 006-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta para Empresas del Sector Textil – Confecciones", dirigi-da con carácter de obligatoriedad a las personas natu-rales y jurídicas a nivel nacional que desarrollen activi- dades industriales de manera principal o secundaria comprendidas en las clases 1711, 1712, 1721, 1729,1730 y 1810 de la Clasificación Industrial InternacionalUniforme - CIIU Rev. 3; la misma que será ejecutada porla Oficina General de Tecnología de la Información yEstadística. Artículo 2º.- Aprobar el formulario para la referida encuesta y que forma parte integrante de la presenteresolución, así como los respectivos manuales de Jefede Equipo y Encuestador, cuya distribución se efectuaráa todas las empresas consideradas a ser entrevistadasa partir del 29 de noviembre del presente año. Artículo 3º.- Establecer como plazo máximo de devolución del formulario debidamente diligenciado, hastalos cinco (5) días hábiles, posteriores a la fecha de surecepción; el cual deberá contener datos veraces quereflejen la situación real de la empresa y tendrá carácter de Declaración Jurada. Artículo 4º.- Las personas naturales y jurídicas que incumplan en la presentación en los términos y plazos establecidos en el artículo 3º del presente dispositivo, serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto en el D.SNº 073–84–ITI/IND. Artículo 5º.- Las multas serán canceladas en el Banco de la Nación en la cuenta abierta para tal propósito. Losrecursos recaudados por concepto de multas se destina- rán para fines de mejoramiento de la información esta- dística. Artículo 6º.- Los gastos que demande la realización de la Encuesta que se aprueba en el artículo 1º de lapresente Resolución, serán atendidos con cargo al Pre-supuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Función 11: Industria, Comercio y Servicios, Programa 039: Industria, Subprograma 0105: Promoción Indus-trial, Actividad 1.00467: Servicios a la Producción Indus-trial y Artesanal, Componente 3.00895: Normar, Contro-lar, Supervisar y Promover las Actividades Industrialesy Artesanales, Meta 00004: 01775 Censo Nacional de Empresas Manufactureras, Artesanales y de Servicio Turístico, fuentes de financiamiento: Recursos Ordina-rios y Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2 004;hasta por un monto de Ciento Doce Mil OchocientosSesenta y Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 112866,00). Artículo 7º.- Autorizar a los Directores Generales de las Oficina General de Administración y de Desarrollo yPlaneamiento Estratégico, a efectuar las acciones co-rrespondientes, en el ámbito de su competencia, paracontribuir al desarrollo de la citada Encuesta. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 21553 Modifican permiso de pesca otorgado a Corporación del Mar S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 279-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 20 de octubre del 2004 Visto los escritos con registro Nº 00983002 del 21 de enero y 5 febrero del 2004, presentado por CORPORA-CION DEL MAR S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 373-2003-PRODU- CE/DNEPP de fecha 22 de octubre del 2003, se otorgó aCORPORACIÓN DEL MAR S.A., vía sustitución de laembarcación pesquera CAMILA de matrícula CO-12525-CM con 104.00 m 3 de capacidad de bodega, autoriza- ción de incremento de bodega, estableciéndose en la autorización de incremento de flota y de permiso de pes- ca de la embarcación pesquera BAHIA de matrícula CO-15314-PM, como su capacidad de bodega actual 343.70m 3, para la extracción de los recursos anchoveta y sar- dina con destino al consumo humano directo e indirecto,asimismo, se otorgó un plazo de tres (3) meses conta- dos a partir de la expedición de la citada resolución, para que la recurrente solicite la modificación del permiso depesca de la embarcación pesquera BAHIA, sólo en losextremos referidos a la capacidad de bodega para an-choveta y sardina con destino al consumo humano di-recto e indirecto; Que mediante los escritos del visto, CORPORACION DEL MAR S.A. solicita la modificación del permiso depesca de la embarcación pesquera BAHIA, de matrículaCO-15314-PM, en el extremo referido a la capacidad debodega de la embarcación en mención, para que se es-tablezca como su actual capacidad de bodega en 343.70 m 3, conforme a la autorización de incremento de bodega concedida por la Resolución Directoral Nº 373-2003-PRODUCE/DNEPP; Que el artículo 107º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece quecualquier administrado con capacidad jurídica tiene de-