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PÆg. 281235 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de noviembre de 2004 Pasajes aéreos US$ 398,10 Viáticos US$ 950,00Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional pre-sentará al Despacho Contralor, con copia a la Gerencia deCooperación Técnica, un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je, así como un ejemplar del material técnico pertinente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos de ninguna clase odenominación al profesional cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 21608 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan viaje de funcionarios a Guatemala, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 798-2004-JEF/RENIEC Lima, 26 de noviembre de 2004 Vista la carta de fecha 16 de noviembre del 2004, remitida por la Coordinadora General de la Asistencia Técnica Electoral de la Or-ganización de Estados Americanos, solicitando la cooperación dedos funcionarios del RENIEC para apoyar y asesorar el procesode formación de una nueva institución de identificación y la legisla-ción correspondiente, así como en la implementación del nuevo documento de identificación, la Hoja de Estudio Nº 369-2004-ATEC/ RENIEC emitida por la Asesoría Técnica y el Informe Nº 1307-2004-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídicadel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 183º de la Constitu- ción Política del Estado, es función del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, entre otras, organizar ymantener el registro único de identificación de las perso-nas naturales, emitir los documentos que acreditan su identidad, e inscribir los hechos vitales y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, con Resolución Jefatural Nº 344-2004-JEF/ RENIEC del 14 de junio del 2004 se aceptó la invitaciónde la OEA al evento internacional “La Gestión de Regis-tro Civil y la emisión de Documentos de Identidad Ciudadana en Centro América” desarrollado los días 17 y 18 de junio del presente año, en la ciudad de Guatema-la, República de Guatemala, habiéndose autorizado elviaje de dos funcionarios de la Entidad; Que, en el mes de agosto del mismo año en curso, por solicitud del Presidente de la Comisión de Asuntos Electora- les del Congreso de la República de Guatemala, quien mani- festó encontrar relevante la experiencia del RENIEC en elPerú, merced a las exposiciones sustentadas en dicho even-to, por los representantes del RENIEC, modelo institucionaly técnico cercano al consenso de dicha Comisión, se acep-tó la visita a las instalaciones de la Entidad por un grupo de Congresistas y Representante de la OEA; Que, el asesoramiento solicitado por la Asesoría Técni- ca de la Organización de Estados Americanos, para elviaje de dos funcionarios que apoyen y asesoren el proce-so de formación de una nueva Institución, armonización dela ley e implementación del nuevo documento de identidad, así como la divulgación y socialización de la modernización del régimen del sistema de identificación de dicho país; nosólo fortalecerá los vínculos con el hermano país de Gua-temala, sino que generará una importante experiencia queredundará en beneficio de nuestra Entidad; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, el inciso h) del Artículo 11º del Regla-mento de Organización y Funciones y, contando con la opinión favorable de la Jefatura de Asesoría Técnica yde la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la invitación cursada por la Coordinadora General de la Asistencia Técnica Electoral de la Organización de Estados Americanos para la participación dedos funcionarios del RENIEC en el proceso de formación de lanueva institución, la legislación correspondiente y su armoni-zación legal, así como en el asesoramiento en el proceso dedivulgación y socialización del régimen de identificación; autori- zando el viaje a la República de Guatemala del Licenciado Francisco Ignacio Medina Rospigliosi, Gerente de Imagen Ins-titucional del 13 al 18 de diciembre de 2004, y del abogadoJorge Félix Balarezo Rengifo, Asesor Técnico del 29 de no-viembre al 18 de diciembre del 2004. Artículo Segundo.- Los gastos que demande los via- jes autorizados por el artículo anterior, no cubiertos por la Organización de Estados Americanos, lo serán con car-go al Presupuesto del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, de acuerdo al siguiente detalle: Licenciado Francisco Ignacio Medina Rospigliosi: - Visa a Guatemala : US$ 25.00 - Tarifa por uso de aeropuerto : US$ 28.24 Abogado Jorge Félix Balarezo Rengifo: - Visa a Guatemala : US$ 25.00 - Tarifa por uso de aeropuerto : US$ 28.24 Artículo Tercero.- En el término de 15 días hábiles, con- tados a partir del retorno al país, los comisionados emitiránun informe describiendo las actividades desarrolladas.. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 21489 S B S Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compaæía de Seguros y Reaseguros el traslado de agencia ubicada en la provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 1888-2004 Lima, 18 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por El Pacífico Peruano Sui- za Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se leautorice el traslado de su agencia ubicada en pasajeBelén Nº 107, distrito de Vallecito, provincia y departa- mento de Arequipa a la Av. Bolognesi Nº 301, distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.1.1 de la Circular S- 0609-2004 la empresa solicitante ha cumplido con co- municar previamente a esta Superintendencia el trasla- do de su agencia; Que mediante Resolución SBS Nº 730-97 del 23 de octubre de 1997, esta Superintendencia autorizó a dichaaseguradora la apertura de su agencia ubicada en pa-saje Belén Nº 107, distrito de Vallecito, provincia y departa- mento de Arequipa; Estando a lo informado por el Departamento de Aná- lisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", medianteInforme Nº 152-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del