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PÆg. 277926 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Autorizan a procurador pœblico interpo- ner denuncia contra presunto responsa-ble de la comisión de ilícito penal RESOLUCIÓN Nº 018-2004-2005-P/CR Lima, 7 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el día de hoy, 7 de octubre de 2004, el señor Cé- sar Arturo Fernández Bazán ingresó a las instalaciones del Congreso de la República, como una de las tantas per-sonas que ingresan al Palacio Legislativo para realizar las visitas guiadas; Que, estando en las instalaciones parlamentarias ges- tionó un pase para ingresar a las galerías del hemiciclo donde se desarrollaba la correspondiente sesión del Pleno del Congreso; Que mientras se desarrollaba dicha sesión plenaria, aproximadamente hacia las 14.13 horas, el señor César Ar- turo Fernández Bazán, desde la galería donde se ubicaba,comenzó a gritar y proferir improperios contra los parlamen- tarios que en ese momento estaban sesionando, obligando al Presidente del Congreso de la República a suspender porbreves momentos la sesión y ordenar que el aludido ciuda- dano sea desalojado de la Sala de sesiones; Que la actitud del señor César Arturo Fernández Ba- zán constituye un hecho ilícito tipificado en el artículo 375º del Código Penal, por lo que resulta necesario disponer que el Procurador Público encargado de los asuntos judi-ciales del Poder Legislativo inicie la acción penal correspon- diente contra el señor César Arturo Fernández Bazán; De conformidad con lo establecido en el Artículo 32º del Reglamento del Congreso y en atención a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa y Repre- sentación del Estado en Juicio; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR al Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Legislativo para que, en representación del Congreso de la República,presente la denuncia correspondiente, contra el señor Cé- sar Arturo Fernández Bazán. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 18217 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Derogan el D.S. N” 040-2003-AG que creó la Autoridad Autónoma de la Cuen-ca HidrogrÆfica Tambo - Moquegua DECRETO SUPREMO Nº 037-2004-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 040-2003-AG, del 18 de diciembre de 2003, se creó la Autoridad Autónoma de laCuenca Hidrográfica Tambo - Moquegua, como máximo organismo decisorio en materia de uso y conservación de los recursos agua y suelo en su respectivo ámbito juris-diccional, que comprende las cuencas hidrográficas de los ríos Tambo y Moquegua; Que, por circunstancias adversas, derivadas principal- mente por la falta de recursos económicos, dicha Autori- dad Autónoma no ha podido entrar en funcionamiento, porlo que es conveniente dejar sin efecto su creación; En uso de las facultades previstas en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el De-creto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 040- 2003-AG, del 18 de diciembre del 2003. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 18194 DEFENSA Autorizan adquisición de repuestos y otros de aviones Macchi medianteproceso de adjudicación de menor cuan-tía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1089-2004-DE/FAP Lima, 4 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio V-70-COFA-SACFA-Nº 0218 del 25 de agosto del 2004, a través del cual el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la exoneración del procesode selección de "Licitación Pública Internacional" por la causal de "Bienes que no admiten sustitutos", para la ad- quisición de repuestos y componentes aplicables al siste-ma de fragilización de cúpula de los aviones Macchi; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Técnico Nº 0004-SEMAG-2004 de fecha 25 de agosto del 2004, del Jefe del Departamento de Abastecimiento del Servicio de Material de Guerra de la Fuerza Aérea del Perú, establece que la Fuerza Aérea delPerú cuenta con aeronaves Macchi, las mismas que cuen- tan con un sistema de fragilización de cúpula, que permite la eyección de los pilotos en caso de una emergencia, dichosistema es producido por la fábrica Goodrich Corporation de los Estados Unidos de Norteamérica, siendo necesario adquirir los repuestos y componentes detallados en el Anexoque forma parte de dicho Informe Técnico con la finalidad de dar mantenimiento y que este sistema se encuentre en ópti- mas condiciones de operación, permitiendo la realizaciónde las operaciones aéreas con seguridad; Que del referido informe técnico se aprecia que la em- presa Goodrich Corporation de los Estados Unidos deNorteamérica como empresa fabricante del sistema de fra- gilización de cúpula de los aviones Macchi, es la única fa- bricante de los bienes requeridos para los trabajos de man-tenimiento de dicho sistema, ofreciéndolos además con la característica especial e inherente de la originalidad del producto y la certificación y garantía respectivas del fabri-cante, así como de la calidad del material; Que, la fabricante Goodrich Corporation de los Esta- dos Unidos de Norteamérica, fabricante de los bienes re-queridos por la Fuerza Aérea, es la única fabricante y co- mercializadora, sin existir otra en el mercado mundial, del sistema de fragilización de cúpula aplicable al sistema deeyección de los aviones Macchi, así como de los repues-