TEXTO PAGINA: 14
PÆg. 277936 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 g) Diseñar, elaborar y mantener el portal de internet del Colegio. h) Las demás que señalen el presente Estatuto y los reglamentos del Colegio o aprueben los órganos de go- bierno de la Orden. CAPÍTULO IV ÓRGANOS Y COMISIONES NACIONALES Artículo 36º.- El Tribunal de Honor es el órgano deon- tológico de última instancia, en el ámbito nacional, encar-gado de conocer, investigar, y resolver aquellos casos ex- cepcionales relacionados a transgresiones del Código de Ética y Deontología Profesional del Colegio. Emite resolu-ción para los asuntos que son de su competencia y sólo para las faltas consideradas muy graves. Está integrado por cuatro miembros: Un presidente, dos vocales y un fis-cal, que son designados por resolución del Decano Nacio- nal previo acuerdo del Consejo Nacional del Colegio. El Reglamento Interno del Colegio establecerá los requisitosy procedimientos para su nominación. Se renueva cada tres (3) años. Artículo 37º.- El Comité Nacional de Ética y Defensa Profesional es el órgano encargado de conocer, investigar y dictaminar, como segunda instancia y respetando las normas legales y el debido procedimiento, los asuntos re-lacionados a transgresiones del Código de Ética y Deonto- logía Profesional del Colegio que hubieran sido previamente resueltos en el nivel del Colegio Regional. Sus dictámenessirven de sustento para la resolución del Decano Nacional. Está presidido por el Vicedecano Nacional y lo integran, además, dos (2) miembros designados por el Decano Na-cional con acuerdo de la Junta Directiva Nacional. Se re- nueva cada dos (2) años. Su organización y funcionamien- to serán establecidos en el Reglamento Interno del Cole-gio. Artículo 38º.- Al Comité Nacional de Ética y Defensa Profesional compete: a) Proponer acciones, disposiciones o normas referi- das a ética y defensa profesional; b) Elaborar y ejecutar el plan de supervisión a los Co- mités Regionales de Ética y Defensa Profesional; c) Conocer, investigar y dictaminar, en segunda instan- cia, las acciones y sanciones impuestas por los Colegios Regionales, quedando agotada la vía administrativa a nivel del Colegio de Profesores del Perú, salvo los casos excep-cionales que corresponde conocer al Tribunal de Honor. Son casos que corresponde conocer, investigar y dic- taminar al Comité Nacional de Ética y Defensa Profesionallos siguientes: (c.1) Violaciones al Código de Ética y Deontología Pro- fesional, a las leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y nor- mas del Sector Educación por parte de los colegiados. (c.2) Agresiones a colegiados.(c.3) Atentados contra los bienes patrimoniales del Co- legio y el Sector Educación. (c.4) Transgresiones al ejercicio profesional.(c.5) Ejercicio ilegal de la profesión. (c.6) Denuncias presentadas por ciudadanos ante los medios de prensa sobre presuntas faltas graves de loscolegiados. (c.7) Otros que establezca el Reglamento Interno del Colegio. Artículo 39º.- Las Comisiones Nacionales se encar- gan de estudiar y ejecutar acciones específicas sobre asun-tos de relevancia, encomendadas por los órganos de go- bierno del Colegio. Tienen una duración determinada de acuerdo a los términos de su designación. CAPÍTULO V JUNTA DIRECTIVA REGIONAL Artículo 40º.- La Junta Directiva Regional es el órgano desconcentrado del Colegio y su ámbito se circunscribe ala región a la que pertenece. Está conformado por nueve miembros ordinarios, elegidos por un período de tres años mediante voto secreto, directo, universal y obligatorio. Los cargos del Consejo Directivo Regional son: 1) Decano Regional.2) Vicedecano Regional. 3) Director Secretario Regional.4) Director Regional de Asuntos Académicos y Profe- sionales. 5) Director Regional de Asuntos Administrativos y Jurí- dicos. 6) Director Regional de Economía y Finanzas. 7) Director Regional de Previsión y Bienestar Social.8) Director Regional de Coordinación Magisterial. 9) Director Regional de Prensa, Eventos y Publicacio- nes. Artículo 41º.- Las atribuciones y funciones de la Junta Directiva Regional y de cada uno de los cargos que la con-forman se adecuarán, dentro del ámbito de su competen- cia regional, al articulado correspondiente del Capítulo III del presente Título Segundo, y deberán ser aprobadas porla Junta Directiva Nacional. TÍTULO TERCERO DEL REGIMEN ELECTORAL CAPÍTULO I COMITÉ ELECTORAL Artículo 42º.- El Comité Electoral estará conformado por cuatro miembros ordinarios hábiles: Un presidente, un secretario y dos vocales. El cargo de miembro del ComitéElectoral es irrenunciable, salvo por causas debidamente justificadas. Los miembros del Comité Electoral están im- pedidos de ser candidatos. Artículo 43º.- El Decano Nacional, por acuerdo de la Junta Directiva Nacional, convoca a elecciones generales de los órganos de gobierno del Colegio, con una anticipa-ción no menor de ciento veinte (120) días a la finalización del período para el que fue elegido. En esta convocatoria el Decano Nacional fijará fecha y hora para el sorteo, en actopúblico, de los integrantes del Comité Electoral, con pre- sencia de un notario público y al que asisten como invita- dos representantes de la Defensoría del Pueblo y del Mi-nisterio Público. Artículo 44º.- El Comité Electoral Nacional elabora el reglamento general del proceso en concordancia con elEstatuto del Colegio, teniendo en cuenta que el acto de votación se efectuará en una sola fecha a nivel nacional y podrá contar con el asesoramiento y apoyo de la OficinaNacional de Procesos Electorales. CAPÍTULO II PROCESO ELECTORAL Artículo 45º.- La elección de los miembros de la Junta Directiva Nacional y de la Junta Directiva Regional, me- diante sufragio directo, universal, secreto y obligatorio de los colegiados hábiles, se realizará de acuerdo con lo pre-visto en el presente Estatuto y teniendo en cuenta que en cada proceso electoral se renueva la totalidad de los car- gos a nivel nacional. No está permitida la reelección inme-diata, razón por la cual los miembros salientes de los órga- nos de gobierno regional y nacional no podrán postular a ser elegidos en el período inmediato siguiente en el mismocargo o en cargo distinto al que vienen ejerciendo. Artículo 46º.- Las elecciones se realizan mediante lis- tas completas, las que deben publicarse treinta días antesde las elecciones y deben ser respaldadas por un mínimo de tres por ciento (3%) de colegiados activos a nivel nacio- nal. Las listas regionales deberán ser respaldadas tambiénpor el tres por ciento (3%) de los colegiados de la respec- tiva jurisdicción. Con la lista de candidatos a la Junta Di- rectiva Nacional podrán ser inscritas también las listas paralas Juntas Directivas Regionales de todo el país. También puede ser inscrita una lista que sólo postule a una Junta Directiva Regional. El formato para la lista de adherentesque respalden las listas de candidatos será establecido por el Comité Electoral. Artículo 47º.- El Comité Electoral Nacional, en coordi- nación con cada Comité Electoral Regional, determinará el número y ubicación de las mesas electorales de las cir- cunscripciones regionales. La especificación y detalle delos mecanismos del proceso eleccionario serán materia del Reglamento de Elecciones que apruebe y publique el Co- mité Electoral Nacional. Por su parte, el Comité Electoral