Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2004 (08/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 277942

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de octubre de 2004

dos de la eleccion y proclamando a los candidatos elegidos. h) Elaborar el informe final y enviar un ejemplar del Acta al Director de la Institucion Educativa y a la Unidad de Gestion Educativa Local respectiva, quedando un ejemplar de la misma en el archivo de la APAFA. i) Resolver, en MORDAZA instancia, los reclamos que sobre el MORDAZA electoral puedan presentar los asociados o veedores. Articulo 29º.- El Comite Electoral elabora por duplicado el padron electoral que contiene los siguientes datos: a) Apellidos y nombres del padre, tutor o apoderado, b) Documento de identidad, c) Grado y seccion del estudiante, d) Espacio para la firma o huella digital del padre, tutor o apoderado. Articulo 30º.- Las listas de candidatos para el Consejo Directivo y el Consejo de Vigilancia son independientes una de otra. En ningun caso, una lista para Consejo Directivo debe contener los candidatos para el Consejo de Vigilancia. Articulo 31º.- En las Instituciones Educativas Publicas son obligatorias las elecciones, asegurandose la participacion de por lo menos dos listas completas de candidatos, las que deben contener la relacion nominal de los candidatos para el Consejo Directivo y el Consejo de Vigilancia en forma independiente, asi como la propuesta de Gestion. En los casos que estimen necesario, el Comite Electoral puede solicitar el asesoramiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Articulo 32º.- Excepcionalmente, en caso de presentarse una sola lista de candidatos al MORDAZA electoral, el Comite Electoral prorroga por 7 dias utiles mas el plazo de inscripcion de listas. Vencido el mismo, las elecciones se realizan con lista unica. En las Instituciones Educativas Unidocentes, por su naturaleza, el Comite de Aula asume las funciones de la APAFA. El Comite Electoral envia un ejemplar del Acta al Director de la Institucion Educativa y a la Unidad de Gestion Educativa Local respectiva, quedando un ejemplar de la misma en el archivo de la APAFA. Articulo 33º.- No pueden integrar la lista de candidatos: a) Los miembros del Consejo Directivo saliente. b) Los padres de familia, tutores y apoderados que laboran en la misma Institucion Educativa. c) Los padres de familia que tengan antecedentes policiales y penales, que se encuentren inhabilitados en sus derechos o, en caso hayan sido directivos, no acrediten haber presentado y aprobado el balance economico. d) Los funcionarios o servidores publicos del sector educacion, el personal docente o administrativo en actividad. e) Los padres de familia, tutores y apoderados que no se encuentren al dia en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias establecidas por la APAFA. Articulo 34º.- El MORDAZA electoral debe ejecutarse en el plazo comprendido entre el 1 de setiembre y el 30 de noviembre. Comprende las siguientes fases:
Nº FASES RESPONSABLE - Consejo Directivo APAFA vigente - Consejo de Vigilancia - Director de la Institucion Educativa Comite Electoral 1. Asamblea para la formacion del Comite Electoral 2. Instalacion del Comite Electoral, elaboracion de su Reglamento, publicacion de la convocatoria y cronograma de elecciones

Las votaciones, en todos los casos, se efectuan en forma directa, universal y secreta. Articulo 35º.- El Comite Electoral en coordinacion con el director de la Institucion Educativa facilita los ambientes donde se realiza el acto electoral. Articulo 36º.- El Comite Electoral elige, por sorteo, a los miembros de mesa entre los padres de familia que figuren en el libro padron de asociados. Se eligen tres miembros titulares y tres miembros suplentes por cada mesa de sufragio. Cada mesa atiende hasta un MORDAZA de cien padres de familia. Las listas que participan en la eleccion pueden opcionalmente acreditar un representante en cada mesa de sufragio. Articulo 37º .- Los miembros de mesa son responsables de: a) Presentarse treinta minutos MORDAZA del inicio de la votacion para la instalacion de la mesa mediante acta. b) Recibir del comite electoral las anforas, padron electoral, cedulas de votacion y los materiales que MORDAZA necesarios para el acto electoral. c) Colocar dentro de la camara secreta las listas de candidatos para el Consejo Directivo y Consejo de Vigilancia. d) Iniciar y conducir el acto de votacion. En caso de ausencia de algun titular este es sustituido por un miembro suplente. e) Concluida la votacion, llenar el acta de sufragio respectiva y entregar los resultados de su mesa, asi como el material utilizado al Comite Electoral. Articulo 38º.- Durante la votacion los padres de familia electores deben observar lo siguiente: a) Presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) al Presidente de Mesa. b) Comprobar que su nombre figure en lista de electores. c) Recibir la cedula de votacion e ingresar a la camara secreta a fin de ejercer su derecho a voto. d) Colocar su MORDAZA en el anfora respectiva y su firma y huella digital en el padron electoral. Articulo 39º.- Los miembros de mesa, una vez concluida la votacion, efectuan el conteo de votos registrandolos en una hoja borrador. Acto seguido, transcriben los resultados al acta de escrutinio y lo entregan al Comite Electoral. Articulo 40º.- El Comite Electoral efectua el consolidado de las actas remitidas por las mesas e votacion y anuncia los resultados el mismo dia de la eleccion CAPITULO VI DEL REGIMEN DE ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DE LA APAFA Articulo 41º.- Los recursos de la APAFA son los siguientes: a) La cuota anual ordinaria, las cuotas extraordinarias y las multas que se impongan a sus miembros, debidamente aprobadas por la Asamblea General. b) Los fondos que recauden en las actividades realizadas que se encuentren en el Plan Operativo Anual articulado con el Plan Anual de Trabajo de la Institucion Educativa. c) Los muebles y materiales que se adquieran para el trabajo de la APAFA. d) Las donaciones y legados. e) Otros recursos que le MORDAZA asignados o que procedan de otras fuentes. Los fondos recaudados cuya finalidad no MORDAZA sido contemplada en el presente Reglamento, solamente pueden ser destinados al mejoramiento del servicio educativo que brinda la Institucion Educativa. Articulo 42º.- La Asociacion de Padres de Familia es responsable de la administracion directa o a traves de concesionarios de los Kioscos escolares. Los fondos que genera son destinados, en coordinacion con la Direccion de la Institucion Educativa, unica y exclusivamente para gastos de renovacion y mantenimiento de mobiliario y mantenimiento, ampliacion de infraestructura educativa.

3. Acto Electoral: Votacion, Escrutinio y Acta Comite Electoral Electoral, Proclamacion de la lista ganadora 4. Juramentacion en Acto Publico transferen- - Comite Electoral cia de cargos y documentacion del Consejo - Presidente del Consejo Directivo Directivo saliente al Consejo Directivo saliente entrante - acta) - Presidente del Consejo Directivo entrante 5. Informe del Comite Electoral al Director de Comite Electoral la Institucion Educativa e instancia inmediata superior del Ministerio de Educacion sobre el MORDAZA electoral y el resultado final, adjuntandose MORDAZA del Acta Electoral

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.