Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2004 (08/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de octubre de 2004

Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 135-2004-EF, se ha autorizado la emision internacional de bonos soberanos por parte de la Republica del Peru hasta por los montos establecidos en la Ley Nº 28130 para apoyar la Balanza de Pagos, en tanto se encuentren dentro de las autorizaciones otorgadas en virtud al Decreto Supremo Nº 035-2000-EF para el presente caso, los cuales seran fijados a traves de Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el articulo 3º del referido Decreto Supremo dispuso que el prospecto suplementario y los contratos que se deriven de una colocacion, serian aprobados por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que, para la implementacion de la MORDAZA colocacion de bonos soberanos a realizarse al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 135-2004-EF, se requiere aprobar el texto del prospecto suplementario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 135-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto del prospecto suplementario correspondiente a la MORDAZA colocacion de bonos soberanos a realizarse al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 135-2004-EF, referida en la parte considerativa de esta MORDAZA legal. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 18218

En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico en concordancia con el articulo 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar los plazos para la remision de la informacion presupuestal de los Gobiernos Locales, a que se refieren los numerales 35.5 y 35.6 del articulo 35º de la Directiva Nº 013-2004-EF/76.01, Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 025-2004EF/76.01, conforme a lo siguiente: a) Hasta el 18 de octubre de 2004, el plazo para que los Alcaldes Distritales remitan sus Proyectos de Presupuesto Institucionales a su correspondiente Municipalidad Provincial, a la cual se vinculan geograficamente. b) Hasta el 25 de octubre de 2004, el plazo para que los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remitan a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico el Aplicativo Informatico que contiene el Consolidado a nivel Provincial de los Proyectos de Presupuestos Institucionales, asi como la informacion detallada por cada Municipalidad Distrital, debiendo adjuntarse los formatos, anexos y modelos (nivel distrital y provincial), a que hace referencia el articulo 30º de la Directiva Nº 013-2004-EF/76.01. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (e) Direccion Nacional del Presupuesto Publico 18160

EDUCACION
Aprueban Estatuto del Colegio de Profesores del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 017-2004-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 25231 crea el Colegio Profesional de Profesores del Peru como institucion autonoma de derecho publico interno, con personeria juridica, representativa de los Profesionales de la Educacion y autoriza para establecer colegios regionales los que estaran regulados por el Estatuto respectivo; disponiendo que la colegiatura es requisito indispensable para el ejercicio de la profesion magisterial; Que por Ley Nº 28198 se modifica la Ley Nº 25231, disponiendo crear el Colegio de Profesores del Peru, con la misma naturaleza juridica de la anterior, referida en el considerando precedente; considerando ademas, que para ser miembro del Colegio se requiere poseer el titulo correspondiente otorgado por Escuelas Normales, Instituto Superior Pedagogico o por una Universidad del MORDAZA o, de ser el caso, revalidado de acuerdo a ley, si el titulo ha sido otorgado en el extranjero; asimismo, que el Colegio, en coordinacion con el Ministerio de Educacion y en Convenio con las Universidades e Institutos Superiores Pedagogicos, promueve a los docentes en servicio, el acceso al titulo profesional de educacion, toda vez que la colegiacion para estos sera exigible a partir del MORDAZA ano de vigencia de la Ley; Que la Primera Disposicion Transitoria de la acotada Ley modificatoria dispone se constituya una Comision encargada de elaborar el Estatuto del Colegio de Profesores del Peru, para ser aprobada por decreto supremo, la misma que quedo confor MORDAZA con Resoluciones Ministeriales Nº 0157-2004-ED y Nº 03032004-ED;

Prorrogan plazos para remision de informacion presupuestal de los Gobiernos Locales a que se refiere el Art. 35º de la Directiva Nº 013-2004-EF/76.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 047-2004-EF/76.01 MORDAZA, 6 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 025-2004-EF/ 76.01 se aprobo la Directiva Nº 013-2004-EF/76.01, Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005; Que, la citada Directiva, en los numerales 35.5 y 35.6 del articulo 35º, fijo el 7 de octubre de 2004 y el 15 de octubre de 2004, los plazos para que los Alcaldes Distritales remitan sus Proyectos de Presupuesto a la Municipalidad Provincial, a la cual se vinculan geograficamente; y, para que los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remitan a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico el Aplicativo Informatico para su consolidacion y MORDAZA, debiendo adjuntarse los formatos, modelos y anexos senalados por la Directiva; Que, resulta necesario prorrogar los plazos para la remision de la informacion presupuestal de los Gobiernos Locales a que se refiere el considerando precedente, atendiendo a las solicitudes presentadas por los Pliegos que conforman el nivel de Gobierno Local; De conformidad con la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/ 13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y normas modificatorias; y,

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