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PÆg. 277933 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 c) La aceptación de la solicitud producirá la incorpora- ción del profesor al Colegio con los derechos y obligacio-nes que se señalan en el capítulo precedente. d) La denegación deberá ser notificada al interesado, con la especificación de los motivos en que se sustenta. Artículo 13º.- Son motivos para denegar la colegiación: a) No cumplir con la acreditación del título profesional de Profesor o de Licenciado en Educación otorgado en el país o la revalidación conforme a ley si el título ha sidootorgado por universidad extranjera. b) Estar cumpliendo sanción disciplinaria de suspen- sión del ejercicio de la profesión. c) Haber sido sancionado con separación definitiva o destitución de la carrera docente. c) Alguna otra causal que suponga incumplimiento de normas legales y éticas. Artículo 14º.- La condición de Miembro Ordinario del Colegio se pierde: a) A petición propia, solicitada por escrito al Decano del Colegio, siempre que no se tengan obligaciones profe- sionales pendientes de cumplimiento; b) Por fallecimiento;c) Por sentencia judicial firme, incompatible con el ejer- cicio de la profesión; d) Por incurrir en infracción muy grave al Código de Éti- ca y Deontología Profesional del Colegio; y, e) Por otras causales debidamente establecidas en el presente Estatuto. Artículo 15º.- El incumplimiento de las obligaciones con- templadas en el Estatuto del Colegio, según los términosestablecidos por acuerdos válidamente adoptados, da lu- gar a la suspensión de los derechos del colegiado, por par- te de la Junta Directiva Regional que corresponda. LosMiembros Ordinarios del Colegio que no residen en el país por un período mayor de seis meses consecutivos pueden solicitar la suspensión del pago de sus cotizaciones pordicho período. CAPÍTULO VI NORMAS ÉTICAS Y DEONTOLÓGICAS Artículo 16º.- Las normas éticas y deontológicas inspi- ran y guían la conducta de los colegiados, según lo estableci- do en el Código de Ética y Deontología Profesional del Cole- gio. Dichas normas guardan correspondencia con los debe-res y derechos precisados en el presente Estatuto y son: a) La convicción de que el profesor está al servicio del estudiante y la sociedad. b) La prioridad absoluta del precepto constitucional de pleno respeto a los derechos humanos. c) La necesaria contribución del profesor al fortaleci- miento del clima institucional, prodigándose en el desarro- llo de sus capacidades, valores y actitudes personales yprofesionales mediante la práctica efectiva de las relacio- nes interpersonales y democráticas dentro y fuera de su centro laboral. d) El desarrollo constante de una relación respetuosa, cordial y proactiva entre los colegiados, y con los diversos sujetos y agentes del proceso educativo, de modo que laconducta profesional contribuya a elevar el nivel de res- ponsabilidad y calidad de la función docente. e) La seguridad de que el profesor colegiado que ocupe un cargo directivo en el Colegio de Profesores del Perú o de confianza en la Administración Pública ejercerá sus fun- ciones con el más alto grado de responsabilidad y eficien-cia, contribuyendo con carácter sostenido a la consolida- ción del prestigio institucional. TÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO I ESTRUCTURA DEL COLEGIO Artículo 17º.- El Colegio tiene la estructura orgánica siguiente:a) Órganos de Gobierno: a.1) Consejo Nacional del Colegio a.2) Junta Directiva Nacional a.3) Junta Directiva Regional b) Órganos Deontológicos: b.1) Tribunal de Honor b.2) Comité Nacional de Ética y Defensa Profesional c) Órgano Electoral - Comité Electoral Nacionald) Comisiones Nacionales CAPÍTULO II CONSEJO NACIONAL DEL COLEGIO Artículo 18º.- El Consejo Nacional del Colegio de Profesores del Perú es el órgano supremo de la Orden. Está presidido por el Decano Nacional y lo conformanlos demás miembros de la Junta Directiva Nacional y los Decanos de los Colegios Regionales. Se reúne en se- sión ordinaria dos veces al año: en el mes de noviembrepara aprobar el presupuesto del ejercicio del año siguien- te y en el mes de marzo para recibir y aprobar la memo- ria anual y el balance general del año anterior. Tambiénse reúne en sesión extraordinaria, a convocatoria del De- cano Nacional, por acuerdo del Consejo Directivo Na- cional para tratar una agenda específica de acuerdo asus atribuciones. El Consejo Nacional se llevará a cabo con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros en primera citación; y en segunda citación con los queasistan. Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes. Artículo 19º.- El Consejo Nacional Ordinario del Cole- gio tiene las siguientes atribuciones, además de las seña- ladas en el artículo 18º: a) Ratificar el Código de Ética y Deontología Profesio- nal del Colegio, a propuesta del Decano Nacional, previo acuerdo de la Junta Directiva Nacional; b) Aprobar la memoria anual de la Junta Directiva Na- cional; c) Aprobar el balance y la cuenta anual del Colegio;d) Aprobar el Plan de Desarrollo Institucional así como el Plan Operativo Anual, a propuesta de la Junta Directiva Nacional; e) Designar a los miembros del Tribunal de Honor del Colegio; y, f) Nombrar a los miembros honorarios del Colegio a pro- puesta de la Junta Directiva Nacional. Artículo 20º.- El Consejo Nacional Extraordinario del Colegio se reúne a convocatoria del Decano Nacional, por acuerdo de la Junta Directiva Nacional y con agenda espe- cífica. Tiene las siguientes atribuciones: a) Aprobar, con el voto favorable de cuando menos los 3/4 del total de sus miembros, las modificaciones del Esta-tuto del Colegio, a propuesta de la Junta Directiva Nacio- nal. b) Tratar asuntos de interés institucional, regional o na- cional que sean sometidos a su consideración por el De- cano Nacional o la Junta Directiva Nacional. c) Decidir la compra, venta o enajenación de bienes propios del Colegio, con valor superior a cincuenta unida- des impositivas tributarias, cuando dicha operación no hu- biera sido considerada o aprobada en el Plan de Desarro-llo Institucional. d) Cubrir las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva Nacional, según lo establecido en el presenteEstatuto y en el Reglamento Interno, a excepción del De- cano y Vicedecano que serán reemplazados según la pre- lación que señala el presente Estatuto; CAPÍTULO III JUNTA DIRECTIVA NACIONAL Artículo 21º.- La Junta Directiva Nacional es el órgano ejecutivo superior del Colegio. Está compuesto por nueve