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PÆg. 278312 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de octubre de 2004 cia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y con la visación de la Oficina Regional deAdministración y Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Lambayeque; Que, en ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales y en aplicación de lo establecido en el artículo 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Pú- blico Regional del Gobierno Regional Lambayeque, Dr. Feliciano Vásquez Molocho, a iniciar las acciones lega-les pertinentes contra la profesora BLANCA DEISI SAM- PÉRTEGUI OLIVERA y los Drs. REMIGIO CABREJOS CARMONA y FELIPE GRANADOS CARRANZA, y losque resulten responsables por la presunta comisión del Delito contra la Fe Pública en la figura de falsificación de documentos, tipificado en el Art. 431º C.P. Artículo Segundo.- Remitir todos los antecedentes del presente caso a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional Lambayeque, transcribiéndose lapresente Resolución Ejecutiva Regional para su conoci- miento y fines pertinentes, además de publicarse en el Portal Electrónico del Gobierno Regional. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 18389 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen transferir terrenos para vivienda de propiedad del GobiernoRegional a personas discapacitadas yde la tercera edad ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesión Extraordi- naria de fecha 31 de agosto del 2004, ha aprobado laOrdenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, establece que el Consejo Regional como órgano normativo del Gobierno Regional; tiene la atribución denormar asuntos de carácter regional; Que, una de las prioridades más importantes que tiene todo ser humano es contar con una vivienda, ypara acceder a ella se necesita un lote de terreno que cuente con la habilitación urbana y los servicios bási- cos; Que, en nuestra Región existen cientos de perso- nas entre ellas personas Discapacitadas (ciegos, sor- dos, mudos, minusvalidos, etc), y personas de la ter-cera edad; las que no cuentan con una casa propia e inclusive muchas de ellas mueren en la indigencia, o en el intento de tener un lote de terreno donde edificarsu vivienda; Que, con la finalidad de alcanzar su objetivo, se ven obligados a invadir terrenos alejados de la ciudad, losmismos que no cuentan con las condiciones óptimas para vivir, exponiendo así su salud, a contraer diversas enfermedades por su condición física en la que se en-cuentran instalando sus viviendas precarias en lugares que a simple vista se encuentran desocupados, pero posteriormente se dan con la sorpresa que pertenecena personas naturales o jurídicas, trayendo consigo una serie de problemas legales económicos entre otros; Que, el Gobierno Regional consciente de estos problemas que padece este grupo de personas, los que son muchas veces olvidados y marginados por lasautoridades locales y más aun por el Gobierno Central. Tiene como objetivo primordial, ayudar a este sector de la población con la entrega de lotes de terrenos ubica-dos en zonas urbanas o de expansión urbana que per- tenecen al Gobierno Regional los que se encuentran en diversos sectores de la Región, para que construyan suvivienda; Que, los requisitos y procedimientos para acceder a este programa serán especificados en el reglamento quese elabore; Que, la referida Ley, estipula que son funciones del Gobierno Regional en materia de vivienda y saneamien-to; formular, aprobar y evaluar los planes y políticas re- gionales en materia de vivienda y saneamiento, en con- cordancia con los planes de desarrollo de los gobiernoslocales y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales; Que, asimismo tiene como fin promover la ejecución de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizan- do los recursos públicos y privados y la utilización de los terrenos del Gobierno Regional; Que la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento territorial en su Dictamen Nº 024-2004-CR.CODS y Dictamen Nº 025-2004-CR-COPP y AT, recomendó lo siguiente: a) Tiene que cum- plirse los requisitos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendenciade Bienes Nacionales, por no existir normas legales re- gionales, como se tiene conocimiento del Consejo Re- gional de Descentralización, viene transfiriendo compe-tencias de acuerdo a un plan anual de manera progresi- va y se cuenta con la autorización del Consejo Regional en base a Ley. b) Respecto a la transferencia de terre-nos es procedente siempre y cuando se acredite y/o justifique la necesidad a través de la Gerencia de Desa- rrollo Social, así como la opinión favorable de la Comi-sión de Adjudicaciones de Terrenos. c) Se debe tener en cuenta que el Gobierno Regional de Tacna ha celebrado un convenio de Cooperación con la Municipalidad Distri-tal de Calana y la ONG. ASBEVI-PERU, cuyo objeto es buscar el saneamiento de un terreno ubicado en la Av. Celestino Vargas, destinado al funcionamiento de un com-plejo que beneficiara a los programas de apoyo social del adulto mayor, organizaciones juveniles y discapacita- dos de la Región Tacna; Que, en mérito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013 - Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales, artículo 15º inciso a) y artículo 38º, elConsejo Regional aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Objeto.- Transfiérase a precio simbólico, lotes de terrenos para vivienda de propiedad del Gobierno Regional de Tacna a personas discapacitadas y de la tercera edad. Artículo Segundo.- De la Adjudicación.- La adjudicación de los lotes se hará en documento público, en mérito al cual procede la inscripción respecti-va ante los Registros Públicos, previo procedimiento y cumplimiento de los requisitos señalados en el regla- mento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Reglamentación y Ejecución.- Encargar a la Gerencia Regional la reglamentación y ejecución de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Publicación.- Dispone que la Dirección Regional de Administra- ción efectúe la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la Oficina de SoporteInformático realice la publicación en el portal de la Re- gión.