Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

renta y Nueve Nuevos Soles con Ochenta Centimos), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA para adquirir los bienes requeridos mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo dispone el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias calendario a su aprobacion segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 18473

- Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 18395

Incorporan definiciones en el Procedimiento de Adjudicacion de Mercancias
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000478-2004/SUNAT/A

Callao, 7 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000454-2003/SUNAT/A del 13 de octubre del 2003, se aprobo el "Procedimiento de Adjudicacion de Mercancias" INA-PG.15 - Version 02; Que, en el MORDAZA de la mejora continua de los procedimientos, este ha sido revisado y; como resultado de ello, se ha visto por conveniente hacerle algunas modificaciones a fin de mejorar la dinamica para la salida de las mercancias en los diferentes almacenes de Aduanas; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar en el numeral 1. DEFINICIONES del Rubro VI DISPOSICIONES GENERALES del "Procedimiento de Adjudicacion de Mercancias" INAPG.15 - Version 02, la siguiente definicion: "1.7 MERCANCIA DISPONIBLE: Mercancia que se encuentra sin impedimento legal o administrativo para ser adjudicada." Articulo 2º.- Sustituir lo establecido en el numeral 7 ADJUDICACION DE MERCANCIAS CON AUTO APERTORIO, del Rubro VI DISPOSICIONES GENERALES del "Procedimiento de Adjudicacion de Mercancias" INAPG.15 Version 02, por lo siguiente: "7. ADJUDICACION DE MERCANCIAS CON AUTO APERTORIO La Division Penal de la Gerencia Procesal y Administrativa de la Intendencia Nacional Juridica, notificada de la apertura de un MORDAZA penal durante la vigencia de la Ley Nº 28008, comunica de ello en forma inmediata, a las Intendencias de Aduana que se encuentran dentro de la jurisdiccion de MORDAZA y Callao y a la Gerencia de Almacenes de la Intendencia Nacional de Administracion. Del mismo modo, los Representantes Legales de las Intendencias de Aduanas ubicadas fuera de la jurisdiccion de MORDAZA y Callao, comunican de tal hecho al Jefe del Almacen de la Renta, en la fecha que MORDAZA conocimiento de ello. Dictado el auto apertorio, el Intendente Nacional de Administracion o el Intendente de Aduana, segun corresponda, adjudicara directamente las siguientes mercancias: a. Aquellas necesarias para atender los requerimientos en casos de emergencia, urgencia o necesidad nacional, debidamente justificados, a favor del Estado, los Gobiernos Regionales o Municipales.

SUNAT
Designan Fedatarios Titular y Alterno de la Secretaria General de la SUNAT
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 235-2004/SUNAT

MORDAZA, 11 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 127º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios en las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1) que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que asimismo, el numeral 2º del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la MORDAZA presentada, la fidelidad del contenido de esta MORDAZA para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que de acuerdo a la propuesta formulada por la Secretaria General, se ha estimado conveniente designar a un Fedatario Titular y uno Alterno para dicha dependencia; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Fedatarios Administrativos de la Secretaria General de la SUNAT, a los siguientes trabajadores: Titular: - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alterno:

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