Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2004 (14/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 2004

ministrativos Disciplinarios para Funcionarios de la Municipalidad de Chaclacayo, con diez (10) folios utiles; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 13 de octubre del 2003 la Sociedad Auditora "Valdez y Asociados S.C." Contadores Publicos ­ Auditores-Consultores, hace entrega al Despacho de Alcaldia, tres ejemplares de los informes Cortos, Informe Especial de la Informacion Presupuestaria de informe Largo, resultado de la Auditoria Financiera Operativa practicada a la Municipalidad de Chaclacayo, por los periodos 1996,1997, 1998 y 2002. en la que se muestran 39 observaciones que senalan incumplimiento de Normas Internacionales de Contabilidad, Normas de Control Interno, Normas Generales del Sistema de Abastecimiento, Edicto Municipal Nº 001-96 ­ del 24.06.96; Art. 21º, del D.L. Nº 276 y D.S. Nº 005-90 PCM, del 17.01.90; Que, en merito a lo expuesto en dichos informes y con el proposito de contribuir a una adecuada Gestion Municipal en la Entidad, la Sociedad Auditora formulo 40 recomendaciones al Sr. MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para su implementacion; Que, con Memorandum Nº 049-2004-SG/MDCH, la Secretaria General remitio 13 tomos anillados de los informes Financieros y Presupuestales emanados por la Empresa MORDAZA y Asociados SC. , de los anos 1996,1997, 1998 y 2002, solicitando su pronunciamiento; Que, mediante Informe Nº 001-04-CPPAD/MDCH de fecha 15 de MORDAZA de 2004, Informe Nº 002-04-CPPAD/ MDCH del 18 de MORDAZA de 2004, Informe Nº 003-04CPPAD/MDCH de fecha 2 de MORDAZA de 2004, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, pone a disposicion del Despacho de Alcaldia la Evaluacion de los 39 Casos , indicando que los Funcionarios involucrados en las Observaciones contenidos en los Informes de Auditoria realizados por la Sociedad Auditora MORDAZA y Asociados S.C. han incurrido en falta administrativa, que amerita se instaure MORDAZA Administrativo Disciplinario a Funcionarios y ex Funcionarios por inobservar las Normas contenidas en el Art. 21º Incs. a) y b) del D. Leg. Nº 276 por tal motivo ponen a disposicion de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios los 39 Casos para su calificacion; Que, con carta S/N de fecha 23 de MORDAZA de 2004 la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, remite a la Presidenta de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios, todo lo actuado por la Sociedad Auditora MORDAZA y Asociados SC; para la calificacion y pronunciamiento de la Comision; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, concluye su trabajo emitiendo el Informe Nº 001-04-CEPPAD/MDCH, recomendando aperture Procesos Administrativos Disciplinarios a los siguientes Funcionarios: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casos Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39. 2. Coll Santillana, MORDAZA MORDAZA Casos Nº 03, 05, 06, 09, 13, 16, 19, 20 3. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LizandroCaso Nº 03, 4. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casos Nº 09, 16, 32 5. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casos Nº 10, 17, 28 6. MORDAZA Marinos , MORDAZA MORDAZA Casos Nº 10, 17, 28, 29 7. MORDAZA Duenas MORDAZA MORDAZA Caso Nº 29 8. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Casos Nº 33, 34 9. Mieses MORDAZA, MORDAZA Casos Nº 33, 34 10. Urquieta MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casos Nº 36, 37, 38 11. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Casos Nº 13, 20 Por los considerandos siguientes: Que, en el Caso Nº 01; los anexos de los Estados Financieros de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo

por el periodo de 1996 presentados a la Contaduria Publica de la Nacion carecen de analisis y detalle de su composicion de cuentas importantes, limitando el alcance y evaluacion de los mismo; debido a la falta de disposicion y negligencia de Jefe del Area Administrativa (contador) para efectuar los analisis de las Cuentas del Balance; Que, en el Caso Nº 02; los Rubros existencias, activo Fijo e infraestructura Publica reflejan saldos por importes de S/. 5'026,591 (89.95%) de los activos totales) al 31. dic. 1996 que carece del soporte de un inventario fisico restando confiabilidad al saldo reflejado a esa fecha, ocasionado por falta de disposicion de los Funcionarios responsables para controlar las existencias y bienes patrimoniales mediante inventarios fisicos y sus respectivos conciliaciones con Libros Contables; Que, en el Caso Nº 03 el rubro de cuentas por cobrar de la Municipalidad por el periodo 1996 no refleja en su totalidad las cuentas pendientes de cobro a esa fecha, encontrandose el saldo subestimado en S/. 420,026.69. Esto se debe a la falta de conciliacion y registro de Cuentas por cobrar del periodo examinado que afecto la MORDAZA razonable de los Estados Financieros; Que, en el Caso Nº 04; Inconsistencias entre el saldo contable, los anexos del saldo y la informacion de Unidad de Personal con relacion al rubro de provision para beneficios sociales al 31 de diciembre de 1996, restando confiabilidad al referido saldo, ocasionado por deficiencia en el Control y supervision de la Cuanta de Provision de Beneficios Sociales y falta de conciliacion; Que, en el Caso Nº 05; La Municipalidad no ha efectuado al 31 de diciembre de 1996 el registro de Cuentas por Cobrar asi como de provision Tecnico de Cuentas Incobrables de los usuarios morosos que superan el ano de antiguedad por servicios de agua, debido a la falta de coordinacion entre la Unidad de Contabilidad y la Direccion de Rentas y areas administrativas encargadas del control de las Cuentas por Cobrar asi como falta de supervision para efectuar control y registro de operaciones y provision en el Caso de morosidad de los usuarios, lo que conlleva a que no presentan saldos razonables al cierre del ejercicio determinandose que S/. 82,508.48 Nuevos Soles quedaron sin provision por incobrables; Que, en el Caso Nº 06; el rubro de Cuentas por Cobrar al Personal presentan diferencias en un importe de S/. 10,973.58 entre saldo Contable y el informe de la Unidad de Personal por el periodo 1996, ocasionado por diferencias en el control y supervision de las Cuentas por Cobrar al Personal y falta de conciliacion entre el area Contable con la Unidad de Personal. El Saldo mostrado no tiene soporte, es inconsistente y poco confiable; Que, en el Caso Nº 07; los anexos de los estados Financieros de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo por el periodo de 1997 presentados a la contaduria Publica de la Nacion carecen de analisis y detalle de su composicion de cuentas importantes, limitando el alcance y evaluacion de los mismos, por falta de disposicion y negligencia del Jefe del Area Administrativa, a traves de la Unidad de Contabilidad; Que, en el Caso Nº 08; Los rubros existencias, activo Fijo e infraestructura Publica reflejan saldo al 31 diciembre de 1997 por importes de S/. 5,975,251 (84.95%), que carece del soporte de un inventario fisico restando confiabilidad de los saldos reflejados a esa fecha, debido a la falta de disposicion de los Funcionarios para adoptar acciones de Control y conciliacion con los Libros Contables; Que, en el Caso N° 09; Al 31 de diciembre de 1997 el rubro de Cuentas por Cobrar de la Municipalidad no refleja en su totalidad las Cuentas pendientes de cobro a esa fecha encontrandose el saldo subestimada en S/. 795,668.38, debido a la falta de coordinacion entre la Administracion a traves de la Unidad Contable con la Direccion de Rentas asi como falta de disposicion para efectuar un efectivo control, registro y conciliacion de las Cuentas por Cobrar, conllevando a que la cuanta o presente saldos razonables; Que, en el Caso Nº 10; Al 31 de diciembre de 1997, la Municipalidad no ha provisionado ni revelado notas a los

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