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PÆg. 278456 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 pangal”, “Mariscal Castilla”, “Codo de Aypena 1”, “Codo de Aypena 2”, “Leoncio Prado”, “Cerro Km. 30”;“San Antonio”, "Sinaragua”, “Alfonso Ugarte”, "Cha- cra Quemada”, "Shamboyacu 1”, "Shanboyacu 2”, "Mirador de Barranquita” y “Cerro Cedropampa”, ubi-cados en la provincia de Picota, departamento de San Martín. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueolo- gía de la Dirección del Instituto Nacional de Cultura San Martín la elaboración del Expediente Técnico (Pla- no, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva) de los sitiosarqueológicos mencionados en el artículo 1º de la pre- sente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológicodeclarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cul- tura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales co- rrespondientes, COFOPRI, autoridades políticas, ci-viles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18606 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a complejo arqueológico ubicadoen el departamento de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 963/INC Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTO, El Acuerdo Nº 0468, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 26 de fecha 9 de setiembre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsa-ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0468 de fecha 9 de setiem- bre de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na-cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Complejo Arqueológico "La Encantada", ubicado en el caserío La Encantada, distrito de Chulucanas, pro-vincia de Morropón, departamento de Piura y aprobar los planos de la delimitación del citado Complejo Arqueo- lógico conformado por las áreas siguientes: - Plano de la "Poligonal de Intangibilización Sitio Ar- queológico La Encantada I" con un área total de 3,660.54m2 y un perímetro de 269.99 ml., escala 1/500 de fecha junio del 2004. - Plano de la "Poligonal de Intangibilización Sitio Ar- queológico La Encantada II", con un área total de 7.12 Hectáreas y un perímetro de 1,228.75 m.l., escala 1/ 1,250 de fecha junio del 2004.Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología, y de la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decre- to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Complejo Arqueológico La Encantada, ubicadoen el caserío La Encantada, distrito de Chulucanas, pro- vincia de Morropón, departamento de Piura. Artículo 2º.- Aprobar los planos de la delimitación del citado Complejo Arqueológico y sus respectivas fichas técnicas y memorias descriptivas), conformado por las áreas siguientes: - Plano de la "Poligonal de Intangibilización Sitio Ar- queológico La Encantada I" con un área total de 3,660.54m2 y un perímetro de 269.99 ml., escala 1/500 de fecha junio del 2004. - Plano de la "Poligonal de Intangibilización Sitio Ar- queológico La Encantada II", con un área total de 7.12 Hectáreas y un perímetro de 1,228.75 m.l., escala 1/ 1,250 de fecha junio del 2004. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de losBienes de Propiedad Estatal (SINABIP), la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º y de los planos referidos enel Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Piura, inicie las gestiones de protec-ción del Complejo Arqueológico La Encantada", ante las autoridades judiciales, comunales, políticas y municipa- les a fin de asegurar su protección. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18594 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a monumentos arqueológicos ubi-cados en los departamentos de Puno,Ancash y Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 970/INC Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTO, El Acuerdo Nº 0469, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 26 defecha 9 de setiembre del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con per-